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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de marzo de 2012 462246 Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; así como el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, para acompañar al Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores en la Visita Ofi cial que realizará a la República Oriental del Uruguay: • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Fernando Javier Rojas Samanez, Director General de Asuntos Económicos; los días 08 y 09 de marzo de 2012; • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente Ribeyro, Director General de América; los días 08 y 09 de marzo de 2012; y, • Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Adriana Lourdes Velarde Rivas, funcionaria del Despacho Ministerial, los días 09 y 10 de marzo de 2012. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 00386: Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Juan Fernando Javier Rojas Sa- manez 1,067.00 200.00 2+1 600.00 Claudio Julio De la Puente Ribeyro 1,067.00 200.00 2+1 600.00 Adriana Lourdes Velarde Rivas 1,067.00 200.00 2+1 600.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentarán ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistan. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 761411-2 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 009-2012/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 23 de febrero de 2012 Visto el Expediente Nº 014-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 22 053,56 m², ubicado al norte del Asentamiento Humano Centro Poblado 6 de Abril y de la propiedad del Estado inscrita en la Partida Nº 12424585, altura del Kilometro 34.6 de la Carretera Panamericana Norte, en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 22 053,56 m², ubicado al norte del Asentamiento Humano Centro Poblado 6 de Abril y de la propiedad del Estado inscrita en la Partida Nº 12424585, Altura del Kilómetro 34.6 de la Carretera Panamericana Norte, en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Informe Técnico Nº 3629-2011- SUNARP-Z.R.NºIX/OC, de fecha 24 de marzo de 2011, la Ofi cina Registral de Lima, señaló que el predio en consulta se visualiza en ámbito de zona de cerros donde no se cuenta con información gráfi ca de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de noviembre de 2011, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, de topografía accidentada por ser parte de ladera de cerro, de suelo arcilloso y rocoso. Asimismo, se observó que el predio se encuentra desocupado y el acceso al terreno es por las vías del Asentamiento Humano Centro Poblado 6 de abril y por la propiedad del Estado inscrita en la Partida Nº 12424565 del Registro de Predios de Lima; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 22 053,56 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la SBN, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0023-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 20 de febrero de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 22 053,56 m², ubicado al norte del Asentamiento Humano Centro Poblado 6 de Abril y de la propiedad del Estado inscrita en la Partida Nº 12424585, altura del Kilómetro 34.6 de la Carretera Panamericana Norte, en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno