Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2012 (10/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

462361

2. Carton: MORDAZA y cartones ondulados, y otros. 3. Plasticos: Todos los plasticos. 4. Metales Ferrosos: Aceros, hojalatas, latas bimetalicas. 5. Metales no Ferrosos: Latas de aluminio, papel aluminio, cobre, bronce y otros 6. Vidrio: Todos los vidrios. 7. Cauchos: todos los cauchos. 8. Telas: Todas las telas MORDAZA y calidades. 9. Organicos: Restos de frutas, verduras, de alimentos que se descomponen, restos de aves (plumas, visceras, etc.) y de la poda de Areas Verdes. Queda fuera del ambito de recoleccion de los Residuos Solidos cualquier residuo de caracter peligroso. Articulo Octavo.- EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL (EPP) PARA LOS SEGREGADORES FORMALIZADOS QUE REALIZAN SEGREGACION SELECTIVA Y COMERCIALIZACION DE RESIDUOS SOLIDOS: Los Segregadores formalizados deben contar con el siguiente equipo de proteccion personal de uso obligatorio. 1.- Guantes de cuero para manipulacion de metales y vidrios; para otros residuos guantes de nitrico o impermeables. 2.- Mascarilla con filtro recargable 3.- Lentes antiempanantes, adaptables a comodidad de cada segregador 4.- Botas de seguridad 5.- Casco o gorro 6.- Tampones auditivos, en los casos de acondicionamiento de Residuos solidos. (molido, triturado etc.) 7.- Pantalon y casaca de Dril color MORDAZA con linea de reflectores y codigo de identificacion. 8.- Fotochek a la vista. Articulo Noveno.- VEHICULO DE RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS: 9.1 Vehiculos no convencional de recoleccion selectiva y transporte de Residuos Solidos bicicletas, triciclos a pedal, coches de 2 ruedas debidamente acondicionados para Residuos Solidos reaprovechables. (Dentro del casco MORDAZA de San Luis). 9.2 Para el caso especifico de recoleccion selectiva y transporte de Residuos Solidos organicos, estos deben ser transportados en tachos cerrados de color marron con tapa hermetica y con tenor "Residuos Organicos" en vehiculos motorizados (Camionetas, camiones, similares) 9.3 Vehiculo motorizado: Moto furgon, camionetas, triciclos motorizados, para transportar residuos inorganicos reciclables desde el punto de acopio hasta el punto de comercializacion por avenidas principales (No podran ingresar a las zonas urbanas). Articulo Decimo.AREA PARA ACONDICIONAMIENTO DE RESIDUOS SOLIDOS REAPROVECHABLES: La Municipalidad de San MORDAZA promovera un estudio de seleccion de sitio para seleccionar un area en la que los segregadores acondicionen en MORDAZA sus residuos solidos reciclables asi como sus instrumentos de acopio, equipos de proteccion personal e infraestructura de higiene. Articulo Decimo Primero.CERTIFICADO SANITARIO Para la prestacion efectiva del servicio el personal que realizara la actividad de segregacion y/o reciclaje debera contar con el certificado sanitario respectivo, el mismo que debera ser renovado cada seis (06) meses. Articulo Decimo Segundo.- PROHIBICIONES 12.1 Se prohibe el uso de vehiculos motorizados dentro de las urbanizaciones en el Distrito de San MORDAZA con fines de segregacion de residuos solidos. 12.2 Se prohibe el acopio de residuos solidos peligrosos los que se rigen por la Ley 27314 Ley general de residuos solidos, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM y demas normas que se dicten sobre la materia. 12.3 Se prohibe la actividad de segregacion de residuos

solidos sin el uso de la indumentaria completa por parte de los segregadores. Articulo Decimo Tercero.FACULTADES REGULADORAS Y FISCALIZADORAS DE LA MUNICIPALIDAD Es facultad exclusiva y excluyente de la Municipalidad, realizar el reordenamiento, zonificacion y determinacion de los sectores en donde se brindara la actividad de segregacion y/o reciclaje, conforme a la realidad y necesidad de cada MORDAZA, a fin de evitar conflictos entre las personas juridicas autorizadas para tal efecto y de mantener el orden en el distrito. La Municipalidad esta facultada a cancelar o suspender las actividades de los segregadores, por interes colectivo de la comunidad, en concordancia con las facultades reguladoras y fiscalizadoras establecidas en a Ley 27972 ­ Ley organica de Municipalidades. Articulo Decimo SANCIONES Cuarto.MULTA EN % UIT 4

INFRACCIONES

Y

CODIGO

INFRACCION Por segregar los residuos solidos sin estar registrado. Por segregar los residuos solidos sin contar con el fotochek emitido por la Municipalidad. Por manipular residuos solidos urbanos en la via publica y esparcirlos en la misma. Por no usar el atuendo completo para su labor. Por segregar residuos solidos peligrosos. Por derrames de liquidos de residuos organicos en la via publica Por reciclar, recolectar y/o transportar por la via publica residuos solidos en vehiculos menores no motorizados (triciclos, bicicletas o vehiculos menores o similares) o motorizados no autorizados. Por usar recipientes inapropiados para residuos organicos. Por reciclar y/o segregar residuos sin contar con el certificado sanitario.

SANCION NO PECUNIARIA Decomiso y retencion del vehiculo utilizado para reciclar Decomiso y Retencion de Vehiculo

4

4

Decomiso.

2 4 Decomiso y/o retencion del vehiculo segregador /cancelacion de su registro. Decomiso y/o retencion del vehiculo segregador

4

4

Decomiso y/o retencion del vehiculo segregador

4

Retencion del vehiculo utilizado de los recipientes y/o retencion del vehiculo segregador/cancelacion de su registro.

2

La reincidencia de las infracciones descritas en el Cuadro precedente, MORDAZA lugar a la Revocatoria de la Autorizacion municipal y cancelacion del registro de la persona juridica.

DISPOSICIONES FINALES
Primera: Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia reglamente la presente ordenanza y realice las precisiones que MORDAZA necesarias, de ser el caso. Segunda: Encarguese a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, Sub Gerencia de Seguridad Vecinal y Defensa Civil, Sub Gerencia de Limpieza publica y Saneamiento Ambiental y Sub Gerencia de Fiscalizacion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera: En tanto no se incluya en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la entidad, el procedimiento para el "Registro Municipal de Organizaciones de recicladores autorizados para la recoleccion selectiva y comercializacion de residuos

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