Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2012 (10/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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recaera en el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental OEFA, la misma que sera tambien responsable de la convocatoria, coordinacion y sistematizacion de resultados en apoyo a la gestion de la Presidencia del Grupo Tecnico. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de noviembre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA ALPACA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de noviembre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Respaldan a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en gestiones destinadas a obtener la habilitacion y/o recuperacion del derecho de via de principales vias metropolitanas de interes local ubicadas en el distrito de La MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2012
La MORDAZA, 1 de marzo de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 01 de Marzo del 2012, el Dictamen Nº 02 -2012 (29.02.12) de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Promocion Comercial y el Dictamen Nº 04-2012 (01.03.12)de la Comision de Asuntos Juridicos, sobre propuesta de Respaldo a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para la habilitacion y/o recuperacion del derecho de via por necesidad publica, de las principales vias metropolitanas de interes local aprobadas por Ordenanza Metropolitana Nº 341, ubicadas dentro de la jurisdiccion del distrito de La Molina. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º. de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con Autonomia Politica, Economica y Administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Informe Nº 010-2012-MDLM-GDUPC de fecha 27.01.2012, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Promocion Comercial, recomienda se declare de necesidad publica la apertura y recuperacion de las vias metropolitanas de interes local aprobadas mediante

Ordenanza Nº 341-MML, precisando que actualmente presentan discontinuidad y estancamiento en ciertos tramos que impiden cumplir eficientemente su funcion arterial y a la vez ocasionan MORDAZA problemas de congestionamiento; Que, mediante Informe Nº 037-2012-MDLMGDUPC/SGPUC de fecha 27.01.2012, la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro remite el Informe Nº 046-2012/JGP mediante el cual se detalla las vias metropolitanas ubicadas en la jurisdiccion del Distrito de La MORDAZA y que fueran aprobadas por Ordenanza Nº 341MML; asimismo, se precisa que las vias Metropolitanas, segun el Sistema Vial Metropolitano, establecen secciones de via que aun a la fecha no se han adecuado en muchos tramos, por cuanto es necesaria la intervencion y la recuperacion respectiva; Que, mediante Informe Nº 030-2012-MDLM-GDUPC/ SDC de fecha 31.01.2012, la Sub Gerencia de Defensa Civil remite el Informe Nº 011-2012-MDLM-GDUPC/SDC/ AL por el cual se menciona que una respuesta frente a desastres implica rehabilitar las vias que permitan el acceso hacia los lugares afectados en una probable situacion de emergencia, por lo que concluye que al MORDAZA de la nueva Ley del Sistema Nacional de Gestion de Desastres - Ley Nº 29664 y de conformidad con el Plan de Emergencia de la Municipalidad de La MORDAZA aprobado por Resolucion de Alcaldia Nº 076-2007-MDLM, resulta necesario se ejecuten trabajos de apertura de las vias faltantes; Que, con Informe Nº 022-2012/MDLM-GSC-SGTT de fecha 01.02.2012, la Sub Gerencia de Transporte y MORDAZA, remite el Informe Nº 004-2012/MDLM-GSCSGTT-dms, a traves del cual se describe los trabajos en las vias de acceso y salida que actualmente posee el distrito de La MORDAZA, detallando la problematica existente como el congestionamiento por el incremento del flujo vehicular, asi como los accidentes de MORDAZA producto de dicho congestionamiento, resultando necesaria la ejecucion de proyectos viales que reduzcan dichos perjuicios, entre los cuales se recomienda la apertura de aquellas vias, de acceso y salida al distrito, que presentan discontinuidad; Que, mediante Informe Nº 016-2012-MDLM-GOP/ SGEP de fecha 15.02.2012, la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos realiza un analisis de las caracteristicas fisicas y operacionales de las vias metropolitanas mas importantes del distrito de La MORDAZA, concluyendo en la necesidad de ejecutar proyectos que prioricen la intervencion en dichas vias a fin de dar soluciones a la problematica que cada una de estas presenta; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 2.2 del articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el mismo que incluye entre los servicios publicos locales el "transito, circulacion y transporte publico", lo senalado por la Sub Gerencia de Transporte y MORDAZA respecto a la problematica de la congestion vehicular y de los accidentes ocasionados por este debido -entre otras razones- a vias que presentan discontinuidad y estancamiento en ciertos tramos, resulta ser un tema prioritario de atender, MORDAZA si el numeral 4.1 del Articulo 79º la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, incluye como funcion especifica compartida de las municipalidades distritales "Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de las obras de infraestructura MORDAZA o rural que MORDAZA indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario, la produccion, el comercio, el transporte y la comunicacion en el distrito, tales como pistas o calzadas, vias, puentes, parques, mercados, MORDAZA de irrigacion, locales comunales, y obras similares, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva"; Que, en cuanto a lo precisado por la Sub Gerencia de Defensa Civil, respecto a los riesgos que existen en el distrito por la dificultad de acceso (tanto de ingreso como de salida) en algunas vias, se debe tener en cuenta que dentro de las funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales previstas por el numeral 3.2 del Articulo 85º de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley 27972-, se encuentran las " (...) acciones necesarias para la atencion de las poblaciones damnificadas por desastres naturales o de otra indole", por lo que con la finalidad de que este gobierno local cumpla con dichas funciones ante un eventual desastre de cualquier MORDAZA, resulta necesario que existan vias de acceso rapido al distrito; Que, es necesario precisar que de conformidad con lo senalado por el Articulo X del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen por objeto "(...) propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion.", por lo que

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