Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2012 (10/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de marzo de 2012

solidos" y no sea ratificado por la Municipalidad Metropolitana de Lima; los requisitos y derechos administrativos que se deberan cumplir para la Autorizacion, inscripcion y registro de las Organizaciones de Recicladores, seran aquellos establecidos en el procedimiento previsto en el vigente MORDAZA de la Municipalidad, aprobado por la Ordenanza Nº 103MDSL, denominado "Registro y Reconocimiento de Organizaciones Sociales"; consecuentemente a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se suspende el articulo 6º de la misma. Cuarta: Encarguese a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informatica las acciones tecnico administrativas conducentes a la inclusion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del procedimiento para la "Autorizacion, Inscripcion y Registro Municipal de Organizaciones de Recicladores autorizados para la recoleccion selectiva y comercializacion de residuos solidos", conforme a lo regulado en los articulos 5º y 6º de la presente Ordenanza y concordante con el articulo 39º del reglamento de la Ley Nº 29419 ­ Ley que regula la actividad de los recicladores. Quinta: La Municipalidad podra realizar convenios de cooperacion interinstitucional con las personas juridicas dedicadas a la actividad de segregacion y/o reciclaje con el objetivo de optimizar la limpieza, orden y demas en el distrito y en la entidad municipal. Sexta: Incorporese en el Cuadro de Infracciones de la Municipalidad de San MORDAZA, las infracciones y sanciones descritas en el articulo 14º de la presente Ordenanza. Septima: Encarguese a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica su publicacion en el MORDAZA Institucional y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y empresas ­ PSCE. Octava: La presente Ordenanza regira a partir del dia siguiente de su publicacion. Novena: En lo no previsto en la presente Ordenanza se aplicara supletoriamente lo establecido y regulado en la Ley Nº 29419 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

gobierno local, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la empresa Promotora MORDAZA SAC, mediante Expediente Nº 6297-11 de fecha 16 de Diciembre de 2011, ha solicitado la aprobacion del planeamiento integral del predio ubicado frente a la carretera que une el Balneario de MORDAZA MORDAZA y la Carretera Panamericana Norte ­ Km 42; Que, el 18 de MORDAZA de 1957, mediante Resolucion Ministerial Nº 636, del Ministerio de Fomento y Obras Publicas, se aprobo la Parcelacion Semirustica con fines de vivienda "Campomar", sobre un terreno eriazo de 200,000 m2, posteriormente, el 1 de MORDAZA de 1983, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 2382-MML, se aprobo, en vias de regularizacion, la recepcion de obras, correspondiente a seis manzanas con un total de 65 lotes con areas superiores a 2,500 m2., cada uno, con un area util total de 174,228.00 m2; y un area de 25,772.00 m2, cedida en calidad de vias publicas. El proyecto como la recepcion de obra de la Habilitacion MORDAZA se encuentra debidamente registrado en la SUNARP en la Partida Nº 49071779; Que, el 26 de Octubre de 2007, frente al nulo desarrollo y venta de la parcelacion "Campomar", la Municipalidad de MORDAZA, mediante Ordenanza 1085-MML, aprobo el cambio de zonificacion por la de Otros Usos (OU) sobre la totalidad del predio, autorizandose el funcionamiento del Autodromo MORDAZA MORDAZA "Henry Bradley", para la realizacion de competencias automovilisticas; posteriormente, el 28 de MORDAZA de 2011, la Municipalidad de MORDAZA, mediante Ordenanza 1524-MML, aprobo el cambio de zonificacion de Otros Usos (OU) por Residencial Densidad Media (RDM); Que, el planeamiento integral es un instrumento tecnico-normativo mediante el cual se complementan lo dispuesto por el PDM y/o el PDU, en los procesos de habilitacion MORDAZA y en la parcelacion o independizacion de terrenos rusticos. Comprende la red de vias y los usos de la totalidad del predio, asi como una propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, y segun lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones ­RNE Que, el numeral 3.6.6 del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades establece que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, "Las demas funciones especificas establecidas de acuerdo a los planes y normas sobre la materia" Que, los numerales 23.2 y 23.3 del Articulo 23º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, establece que: "23.2.- Los planeamientos integrales son aprobados por las Municipalidades Distritales, en los casos que establece el Reglamento Nacional de Edificaciones-RNE, como condicion previa para la aprobacion de los proyectos de habilitaciones urbanas establecidas en la Ley Nº29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y sus reglamento. 23.3.- En las localidades que carezcan de PDU, el planeamiento integral debera proponer la zonificacion y vias. Solo en estos casos debera aprobarse, mediante Ordenanza Municipal, por la Municipalidad Provincial correspondiente..." Consecuentemente, de las normas expuestas anteriormente y teniendo en cuenta que nuestra Capital cuenta con el Plan de Desarrollo Metropolitano, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 127 del 21.Set.1992: la evaluacion y aprobacion el planeamiento integral solicitado por la empresa resulta de competencia de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Rosa. Que, la empresa PROMOTORA MORDAZA SAC viene solicitando la Habilitacion MORDAZA del terreno ubicado frente a la carretera que une el Balneario de MORDAZA MORDAZA y la Carretera Panamericana Norte ­ Km 42, con un area de 200,000 m2, la cual se desarrollara por etapas, por lo que en cumplimiento del Articulo 37º de la MORDAZA GH.20, del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, es necesaria la elaboracion y aprobacion del planeamiento integral. Dicha aprobacion tambien, es requerida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, tal como se desprende del Certificado de Zonificacion y Vias Nº 7362011-MML-GDU-SPHU, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones MORDAZA de la mencionada Entidad Edil;

761742-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban el Planeamiento Integral de Vias, Aportes y Futuro Desarrollo MORDAZA de la Lotizacion Campomar
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 340-2012-MDSR
MORDAZA MORDAZA, 2 de febrero de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 02 de Febrero de 2012, el Informe Nº 001-2012-MDSR/CDU de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Dictamen Nº 001-2012 de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Informe Nº 014-2012MDSR/GM, emitido por la Gerencia Municipal, Informe Nº 005-2012-GDU/MDSR, de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA e Informe Nº 020-2012-MDSR, de la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades como organos de

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