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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de marzo de 2012 462773 al impacto que ocasiona la aplicación de la Resolución de Consejo Directivo Nº 062-2011-SUNASS-CD en el nivel de generación de recursos propios por la EPS. DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA SEPARACION DE METAS DE GESTION DE LA ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE CHAVÍN S.A., ASI COMO LA MODIFICACION DE LOS PORCENTAJES A TRANSFERIR AL FONDO DE INVERSIONES. Informe Nº 016-2012-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que presenta la propuesta de modifi cación de las metas de gestión según correspondan a proyectos fi nanciados con las diversas fuentes de fi nanciamiento, comprendidos dentro de los alcances de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EPS Chavín. En el citado informe, también se explican los motivos por el cual debe ser modifi cado el nivel del Fondo de Inversiones para el cuarto y quinto año regulatorio. 764990-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad ORDENANZA Nº 147-2012/MLV La Victoria, 13 de marzo de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 002-2012-CPPPAL-CPAFSFC/MLV emitido por las Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales y de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley Nº 27972–, las municipalidades son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico. Asimismo, el numeral 1) del artículo 195° de la Carta Magna, reconoce a los gobiernos locales la competencia para aprobar su organización interna; Que, la Ley Nº 27972 establece en su artículo 9º numerales 3) y 8) que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, así como aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas. Asimismo, el artículo 40º de la citada norma señala que las Ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación de la administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (en adelante ROF), señalando en el artículo 5º que éste es un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, el cual contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades. Asimismo, el artículo 7º de la misma norma señala que la conducción del proceso de elaboración y formulación del ROF de las entidades estará a cargo del órgano responsable de las funciones de planeamiento, racionalización o quien haga sus veces; Que, el artículo 28º del referido Decreto Supremo indica que se requiere la aprobación del ROF, entre otros casos, para optimizar o simplifi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones. Asimismo, dicha norma establece en su artículo 34º que el ROF deberá ser aprobado mediante Ordenanza en el caso de Municipalidades; Que, en atención a lo expuesto mediante Ordenanza Nº 124-2011/MLV se aprobó el ROF de la Municipalidad de La Victoria y en consecuencia la estructura orgánica de la entidad, siendo publicada en el diario ofi cial El Peruano el 9 de febrero de 2011; Que, en virtud de las normas legales glosadas la Gerencia Municipal y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto han propuesto la modifi cación de la denominación del Órgano Consultivo Comité Municipal de los Derechos del Niño y del Adolescente y del Adulto Mayor, en la estructura orgánica de la Municipalidad, por el de “Comité Municipal por los Derechos del Niño y del Adolescente –COMUDENA –”; Que, habiéndose determinado que la aprobación del ROF de la entidad debe efectuarse mediante Ordenanza Municipal, cuya vigencia está condicionada a su publicación en el diario ofi cial El Peruano corresponde citar la Ley Nº 29091 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, que modifi can el artículo 38º de la Ley Nº 27444 –Ley de Procedimiento Administrativo General–, estableciendo que en el caso de los instrumentos de gestión tales como el ROF o el CAP la publicación en el diario El Peruano no incluirá el texto de los mismos, sino únicamente de los dispositivos legales que los aprueben, modifi quen o deroguen; Estando a los fundamentos expuestos, a las normas legales glosadas y en virtud de los pronunciamientos emitidos por la Gerencia Municipal mediante Memorándum Nº 245-2012-GM-MDLV, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 40-2012-GPP-SGPR/ MLV, de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 68-2012-GAJ-MLV, de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización mediante Informe Nº 017-2012-GPP- SGPR/MLV, y de la Gerencia de Desarrollo Social mediante Memorándum Nº 134-2012-GDS-MLV; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades– el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente Ordenanza: MODIFICAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Artículo 1º.- Modifi car la denominación del Órgano Consultivo Comité Municipal de los Derechos del Niño y del Adolescente y del Adulto Mayor, que forma parte de la estructura orgánica de la Municipalidad, aprobada mediante Ordenanza Nº 124-2011/MLV, por la de: “Comité Municipal por los Derechos del Niño y del Adolescente –COMUDENA–”, conforme se detalla en los Anexos que integran la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza y sus Anexos en el portal institucional www. munilavictoria.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 765497-1