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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de marzo de 2012 462769 señala en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO RELACIÓN DE PREDIOS AFECTADOS POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA AYACUCHO - ABANCAY, TRAMO IV: KM. 154+000 AL KM. 210+000, UBICADOS EN LOS DISTRITOS DE CHINCHEROS Y ANCO-HUALLO, PROVINCIA DE CHINCHEROS, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC ÍTEM CÓDIGO VALOR COMERCIAL ($) 1 T-V-0068 4 534,74 2 T-V-0074 4 500,05 3 T-V-0075 168,07 4 T-V-0077 17 378,29 5 T-V-0079 5 123,04 6 T-V-0085 3 385,34 7 T-V-0086 9 958,49 8 T-V-0096 3 751,26 9 T-V-0097 4 819,20 10 T-V-0099 9 485,70 11 T-V-0100 5 281,20 12 T-V-0101 22 377,99 13 T-V-0102 11 791,67 14 T-V-0104 7 992,96 15 T-V-0105 2 456,64 16 T-V-0106 15 693,19 17 T-V-0107 10 895,80 18 T-V-0112 3 129,91 19 T-V-0117 161,28 765465-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 133-2012-MTC/02 Lima, 15 de marzo de 2012 Visto: La Nota de Elevación Nº 088-2012-MTC/20, de fecha 15 de febrero de 2012 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitiendo la solicitud de aprobación de once (11) tasaciones que corresponden a predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo IV: Km. 154+000 al Km. 210+000, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2° y 3° de Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en tanto que, por Resolución Ministerial Nº 010-2007- VIVIENDA, se dispuso que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, será el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutadas por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL, y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección Nacional de Construcción, en adelante DNC, suscribieron el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional Nº 037-2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboración y la suma de esfuerzos institucionales en benefi cio del desarrollo nacional, en aplicación de lo dispuesto en las Leyes Nos. 27117- Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, y con la fi nalidad de que la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, así como los ejecutados por los Contratos de Concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al Sector Privado bajo concesión o cualquier otra forma contractual que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo; Que, al amparo del mencionado Convenio Marco, PROVIAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento suscribieron el Convenio Específi co Nº 52, con fecha 25 de marzo de 2011, con el objeto de que la DNC efectúe la valuación comercial de cincuenta y un (51) viviendas afectadas por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Andahuaylas, Tramo IV: Km. 154+000 al Km. 210+000, ubicadas en los distritos de Chincheros y Anco-Huallo, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac”; Que, mediante Ofi cio Nº 1244-2011/VIVIENDA-VMCS- DNC de fecha 07 de noviembre de 2011, la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante DNC, remitió los informes técnicos de tasación de los predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo IV: Km. 154+000 al Km. 210+000; Que, a través del Memorándum Nº 219-2012-MTC/20.6 de fecha 23 de enero de 2012, la Unidad Gerencial de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL remitió el Informe Nº 003-2012-MTC-20.6.3/DMMA, de la Especialista legal en la implementación de Planes de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI(s), mediante el cual se sustentó la necesidad de gestionar la aprobación de once (11) tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo IV: Km. 154+000 al 210+000; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe Nº 00095-2012- MTC/20.3, de fecha 08 de febrero de 2012, considera procedente efectuar el trámite para la aprobación de las tasaciones señaladas en el considerando precedente; Que, con la Nota de Elevación Nº 088-2012-MTC/20 de fecha 15 de febrero de 2012, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remitió la solicitud formulada por la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL mediante Memorándum Nº 219-2012-MTC/20.6, para la aprobación de las tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a once (11) predios afectados por la ejecución