Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2012 (20/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de marzo de 2012 462779 Artículo 6°.- Refrendo. La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo Encargado del Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo 766194-10 DEFENSA Designan representantes de la Sanidad de las Instituciones Armadas y de la Policía Nacional del Perú a fin de conformar el “Comité Central de Prevención y Control del VIH/SIDA de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú” (COPRECOS) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 117-2012-DE/ Lima, 19 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0171 DE/ CCFFAA de fecha 4 de mayo de 1993, se resolvió reconocer en vía de regularización, al “Comité Central de Prevención y Control del VIH/SIDA a nivel Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú” (COPRECOS), autorizándose su funcionamiento y estableciendo que los miembros de dicho Comité serán designados a propuesta de cada Institución; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del precitado Comité, aprobado por Resolución Suprema Nº 0480 DE/CCFFAA de fecha 15 de noviembre de 1993, establece en su artículo 9º que el COPRECOS está conformado por dos (2) representantes de la Sanidad de cada Institución de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 15º del aludido Reglamento señala que el cargo de Presidente del COPRECOS se desempeña por el período de dos (2) años en forma rotativa por el representante de mayor antigüedad del Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú, Fuerza Aérea del Perú y Policía Nacional del Perú; Que, por Resolución Suprema Nº 219-2009 DE/SG de fecha 23 de junio de 2009, se designó con efi cacia anticipada al 1 de enero de 2009, a los representantes de la Sanidad de las Instituciones Armadas y de la Policía Nacional del Perú que conforman el “Comité Central de Prevención y Control del VIH/SIDA a nivel Fuerzas Armadas y Policía Nacional” (COPRECOS); presidido por el Coronel FAP Ernesto Soto Brito; Que, mediante Ofi cio Nº 015 Y-6.1.a/15.00 de fecha 6 de enero de 2011 del Ejército del Perú, Ofi cio G.500- 5929 de fecha 29 de diciembre de 2010 de la Marina de Guerra del Perú, Ofi cio NC-160-SGFA-COPE-Nº 0017 de fecha 4 de enero de 2011 de la Fuerza Aérea del Perú y Ofi cio Nº 178-2011-DIRSAL PNP/SEC de fecha 17 de enero de 2011, de la Policía Nacional del Perú, designan a sus representantes para conformar el “Comité Central de Prevención y Control del VIH/SIDA a nivel Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú” (COPRECOS); Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la