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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de marzo de 2012 462791 Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago del aporte anual al Grupo Internacional de Estudio del Cobre (GIEC), con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar el pago de € 26,920.00 (VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS VEINTE y 00/100 EUROS) al Grupo Internacional de Estudio del Cobre (GIEC), correspondiente a la contribución del año 2012. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 766194-18 Autorizan al Ministerio de Energía y Minas a efectuar pago de contribución del año 2012 al Grupo Internacional de Estudio del Plomo y Zinc (GIEPZ) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 089-2012-RE Lima, 19 de marzo de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 003-2012-MEM-OGP, de fecha 3 de enero de 2012, del Ministerio de Energía y Minas, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la contribución del año 2012 al Grupo Internacional de Estudio del Plomo y Zinc (GIEPZ); CONSIDERANDO: Que, el Artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago del aporte anual al Grupo Internacional de Estudio del Plomo y Zinc (GIEPZ), con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo establecido en el Artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar el pago de € 21,062.00 (VEINTIUN MIL SESENTIDOS y 00/100 EUROS) al Grupo Internacional de Estudio del Plomo y Zinc (GIEPZ), correspondiente a la contribución del año 2012. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 766194-19 Autorizan a la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) efectuar pago correspondiente a la cuota del año 2012 a la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV-IOSCO) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 090-2012-RE Lima, 19 de marzo de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 042-2012-SMV/02, de fecha 10 de febrero de 2012, de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2012, a la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV-IOSCO); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, el pago de la cuota a la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV-IOSCO) por parte de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) está previsto en el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2012 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago de la cuota correspondiente al año 2012, a la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV-IOSCO), con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV); De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) a efectuar el pago de € 16,000.00 (DIECISEIS MIL y 00/100 EUROS), a la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV-IOSCO), correspondiente a la cuota del año 2012. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 766194-20