Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2012 (20/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de marzo de 2012

fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con lo previsto en el numeral 4 del articulo 11º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, y lo establecido por el articulo 9º de la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29334, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2007-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluidas con eficacia anticipada al 31 de diciembre de 2010, las designaciones efectuadas mediante Resolucion Suprema Nº 219-2009 DE/SG de fecha 23 de junio de 2009, que designo a los representantes de la Sanidad de las Instituciones Armadas y Policia Nacional del Peru que conformaron el "Comite Central de Prevencion y Control del VIH/SIDA de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru" (COPRECOS). Articulo 2º.- Designar con eficacia anticipada al 1 de enero de 2011, como representantes de la Sanidad de las Instituciones Armadas y de la Policia Nacional del Peru, a fin de conformar el "Comite Central de Prevencion y Control del VIH/SIDA de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru" (COPRECOS), a los siguientes Oficiales Superiores:
Policia Nacional del Peru - MORDAZA SPNP MORDAZA TAMAYO Zumaeta - MORDAZA SPNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Presidente)

Fuerza Aerea del Peru - MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Vocal Administrador) - Mayor FAP MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ejercito del Peru - MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Mayor EP MORDAZA MORDAZA Minano MORDAZA de MORDAZA del Peru - Capitan de Navio AP MORDAZA KOGA MORDAZA - Capitan de Fragata AP MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa MORDAZA E. MORDAZA CASAPIA Ministro del Interior

Turismo - MINCETUR, para que los utilice exclusivamente en el desarrollo de las actividades y proyectos a que se refiere el articulo 1° de la citada Ley N° 27889, a traves de la Comision de Promocion del Peru (hoy Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU) y el Proyecto Especial Plan COPESCO; Que, el Reglamento de la Ley N° 27889, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2003-MINCETUR, establece que el Fondo para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional esta destinado a financiar exclusivamente las actividades y proyectos destinados a la promocion y desarrollo del turismo nacional, contenidos en el Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional aprobado por el MINCETUR; Que, por Resolucion de Secretaria General Nº 151-2011PROMPERU/SG, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, a nivel de Sector, Pliego, Unidad Ejecutora, Categoria Presupuestal, Actividad, Funcion, Division Funcional, Grupo Funcional, Fuente de Financiamiento, Categoria de Gasto y Generica del Gasto; Que, el literal c) del articulo 6º de la Ley Nº 29813 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que se incorporan en los presupuestos institucionales, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector respectivo, los mayores ingresos recaudados y los no utilizados en anos anteriores producto de la aplicacion de la Ley Nº 27889 a favor de los Pliegos 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo y 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el Informe Nº 04-2012-PROMPERU/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PROMPERU, senala la existencia de saldos en el Fondo para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional por CIENTO DOCE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 112 238 739,00); Que, en ese sentido, la Secretaria General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, mediante Oficio Nº 174-2012-MINCETUR/SG, solicita se autorice la incorporacion de recursos a favor del Pliego PROMPERU, a traves de un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), a fin de reforzar las actividades de promocion turistica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29813 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), a favor del Pliego Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo, para el desarrollo de las actividades y proyectos destinados a la promocion y desarrollo del turismo nacional, de conformidad con el articulo 12° de la Ley N° 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS En Nuevos Soles

766194-5

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario a favor del pliego Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012
DECRETO SUPREMO Nº 042-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º de la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional, senala que los ingresos provenientes de la recaudacion del referido impuesto, luego de deducido el porcentaje que conforme a ley corresponda a la SUNAT, seran transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 1. Ingresos Presupuestarios 1.1 : Impuestos y Contribuciones Obligatorias 1.1.4 : Impuesto sobre el Comercio y las Transacciones Internacionales 1.1.4.2 : Otros Impuestos sobre el Comercio y las Transacciones Internacionales 1.1.4.2.1 : Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional 1.1.4.2.1.1 : Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional 50 000 000,00 --------------------TOTAL INGRESOS 50 000 000,00 ============

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