Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2012 (20/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de marzo de 2012

Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar pago a la Union de Naciones Suramericanas (UNASUR)
RESOLUCION SUPREMA Nº 091-2012-RE
MORDAZA, 19 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuotas a diversos organismos internacionales de acuerdo y en funcion a la disponibilidad de la MORDAZA Fiscal; De conformidad con lo establecido en el articulo 67°, numeral 67.1 de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con lo establecido en el Anexo B: Cuotas Internacionales-Ano Fiscal 2012 de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, y su modificatoria; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de US$100,000.00 (CIEN MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), a la Union de Naciones Suramericanas (UNASUR). Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente sera con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: 00 Recursos Ordinarios, Categoria Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos (APNOP), Producto 3.999999: Sin Producto, Actividad 5.001915: Cuotas y Contribuciones a Organismos Internacionales, Funcion 02: Relaciones Exteriores, Division Funcional 002: Servicio Diplomatico, Grupo Funcional 0002: Servicio Diplomatico, Meta 00565: Cuotas y Contribuciones a Organismos Internacionales, Generica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Especifica de Gasto 2. 4. 1 2.1 99: A Otros Organismos Internacionales, del Presupuesto del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al Ano Fiscal 2012. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

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SALUD
Autorizan viaje de profesionales de la Direccion General de Medicamentos e Insumos y Drogas a Corea, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 007-2012-SA
MORDAZA, 19 de marzo del 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° de la Ley N° 29459 - Ley de los Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y

Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer politicas y, dentro de su ambito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley, implementando un sistema de administracion eficiente sustentado en estandares internacionales; Que, el articulo 11° de la precitada Ley N° 29459, senala que el Certificado de Buenas Practicas de Manufactura emitido por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID, como Autoridad Nacional de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios; constituye requisito previo para la inscripcion y reinscripcion de dichos productos en el Registro Sanitario; Que, asimismo, el articulo 22° de la acotada ley dispone que las personas naturales o juridicas, publicas y privadas que se dedican para si o para terceros a la fabricacion, la importacion, la distribucion, el almacenamiento, la dispensacion o el expendio de productos farmaceuticos, dispositivos medicos y productos sanitarios deben cumplir con los requisitos y condiciones sanitarias establecidas en el Reglamento respectivo y en las Buenas Practicas de Laboratorio, Buenas Practicas de Distribucion, Buenas Practicas de Almacenamiento, Buenas Practicas de Dispensacion y Buenas Practicas de seguimiento Farmacoterapeutico y demas aprobados por la Autoridad Nacional de Salud, a propuesta de la Autoridad Nacional de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, segun corresponda, y contar con la certificacion correspondiente en los plazos que establece el Reglamento; Que, de acuerdo a lo senalado por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID, mediante Memorando N° 349-2012-DIGEMID-DG-DCVS-ECVE/ MINSA, de fecha 17 de febrero de 2012, la drogueria SANOFI-AVENTIS DEL PERU S.A., ha solicitado la certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL) del Laboratorio Zhejiang Handok Pharmaceuticals Co. Ltd., ubicado en la Republica de Corea; Que, la inspeccion solicitada para la obtencion del Certificado de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL), se llevara a cabo del 02 al 06 de MORDAZA de 2012, en la provincia de Chungcheongbuk de la Republica de Corea; Que, la drogueria SANOFI-AVENTIS DEL PERU S.A., ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); en tal sentido, los costos por concepto de pasajes y viaticos estan cubiertos por la empresa solicitante; Que, con Memorando Nº 395-2012-OGA-OE/MINSA, de fecha 21 de febrero de 2012, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud informa que el viaje de los Quimicos Farmaceuticos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Isasi MORDAZA, a la Republica de Corea, para que realicen la certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL) del Laboratorio Zhejiang Handok Prarmaceuticals Co. Ltd., cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta 363 de la Unidad Ejecutora N°001 - Administracion Central, del Pliego 011 del Ministerio de Salud, precisando que los pasajes seran en tarifa economica; Que, la inspeccion para la certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL), se realizara del 02 al 06 de MORDAZA de 2012, sin embargo dado que el Laboratorio Zhejiang Handok Pharmaceuticals Co. Ltd., se encuentra ubicado en el continente asiatico, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, ha otorgado disponibilidad presupuestal para los gastos de instalacion por dos dias adicionales, en atencion a lo dispuesto en el articulo 8° del Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, mediante Memorandum N° 294-2012-OGGRH/ MINSA, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, opina favorablemente por el viaje de los Quimicos Farmaceuticos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Isasi Rosas; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el viaje de los profesionales que estaran a cargo de efectuar la

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