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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2012 (23/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de marzo de 2012 462973 de queja de los expedientes en liquidación y adecuación de la Provincia de Mariscal Nieto y General Sánchez Cerro, así como los juicios orales en giro de los procesos ordinarios tramitados con el Código de Procedimientos Penales; Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1564-2009-MP-FN de fecha 29 de octubre del 2009, se dispuso que la Primera Fiscalía Superior Penal de Moquegua, continúe conociendo los procesos que se tramitan bajo la vigencia del nuevo Código Procesal Penal, teniendo competencia en la Provincia de Mariscal Nieto, General Sánchez Cerro e Ichuña; y, la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua, continúe conociendo los procesos en estado de liquidación que se vienen tramitando bajo la vigencia del Código de Procedimientos Penales, con competencia en todo el Distrito Judicial de Moquegua; Que, a través del Ofi cio Nº 0437-2011MP-PJFST-DJM, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Moquegua, remitió el Proyecto denominado “Fortalecimiento de la capacidad resolutiva en Segunda Instancia de las Fiscalías Superiores de Mariscal Nieto, aplicando el Nuevo Código Procesal Penal”, con el que sustenta su solicitud de ampliación de competencia de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua, para que en adición a sus funciones, conozca los casos en recurso de queja provenientes de los Despachos de Decisión Temprana de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto; los casos en recurso de queja provenientes de la Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro; y, los casos en recurso de queja provenientes de la Fiscalía Provincial Mixta de Ichuña; asimismo, para que continúe conociendo los procesos en estado de Liquidación que se vienen tramitando bajo la vigencia del Código de Procedimientos Penales; Que, de los documentos que se anexan al Ofi cio mencionado, se advierte que la Primera Fiscalía Superior de Moquegua, viene afrontando un signifi cativo incremento de carga procesal, en atención a los casos que conoce con la aplicación del nuevo Código Procesal Penal, mientras que la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua, viene alcanzando las metas de producción, reduciendo considerablemente su carga procesal; Que, el Fiscal de la Nación, como Titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las medidas pertinentes para brindar un servicio fi scal efi ciente y oportuno en el Distrito Judicial de Moquegua; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64º del Decreto Legislativo 052, “Ley Orgánica del Ministerio Público”; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua, en adición a sus funciones, conozca los casos en recurso de queja provenientes de los Despachos de Decisión Temprana de las Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, de la Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro y de la Fiscalía Provincial Mixta de Ichuña; asimismo, continúe conociendo los procesos en estado de Liquidación que se tramitan bajo la vigencia del Código de Procedimientos Penales. Artículo Segundo.- DISPONER que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Moquegua, conforme a lo establecido en el artículo 77º literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067- 2009-MP-FN de fecha 23 de enero del 2009, disponga las medidas adecuadas destinadas a regular la carga procesal de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua, con la fi nalidad que, de manera progresiva, asuma los casos derivados en recurso de queja provenientes de los Despachos de Decisión Temprana de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, la Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro y la Fiscalía Provincial Mixta de Ichuña: Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Moquegua, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Moquegua, Fiscal Superior Coordinador del Distrito Judicial de Moquegua, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 767866-4 Disponen rotación de magistrada a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Huamanga RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 733-2012-MP-FN Lima, 22 de marzo de 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 685-2012-MP-FN de fecha 16 de marzo del 2012, se aceptó la renuncia formulada por el doctor Erwin Ary Rojas Trujillo, al cargo de Fiscal Provincial Especializado en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, así como su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas - Sede Huamanga; Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2487-2011-MP-FN de fecha 15 de diciembre del 2011, se dispuso la rotación, a partir del 01 de enero del 2012, de los señores Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas a nivel nacional; Que, en el numeral 9) del artículo primero de la resolución antes citada, se dispuso la rotación de la doctora Luz Mery Zuzunaga Silva, Fiscal Provincial Provisional Antidrogas, a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas - Sede Mazamari; siendo conveniente, por necesidad del servicio, rotar a la citada Magistrada al Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas - Sede Huamanga; Que, el Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fi scal efi ciente y oportuno; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el numeral 9) del artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2487-2011-MP-FN de fecha 15 de diciembre del 2011. Artículo Segundo.- Disponer la rotación de la doctora Luz Mery Zuzunaga Silva, Fiscal Provincial Provisional Antidrogas, a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Huamanga. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministerio del Interior, Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de Ayacucho y Junín, Fiscal Superior - Jefe de la Ofi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 767866-5