Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2012 (11/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2012

cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el titular del predio de 120,00 m², constituido por el Lote 17 de la Manzana F del Asentamiento Humano Senor de Luren, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P02209314 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 15012 correspondiente al Libro de Lima; Que, el senor MORDAZA Madueno Auris, mediante escrito ingresado a la SBN con fecha 31 de agosto de 2010, solicita la adjudicacion en venta directa por causal del predio descrito en el MORDAZA considerando, por encontrarse en posesion del mismo con anterioridad al 12 de MORDAZA de 2006; Que, mediante Informe Nº 00086-2011/SBN-DGPESDDI, de fecha 17 de febrero de 2011, con la conformidad de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario, se considera factible dar inicio al tramite de adjudicacion en venta directa por causal del predio descrito en el MORDAZA parrafo, a favor del senor MORDAZA Madueno Auris, al haberse determinado que dicha persona se encuentra en posesion plena sobre la totalidad del predio, en el que se aprecia una edificacion de tres pisos que viene siendo utilizada parte del primer piso para comercio ­ tienda y los niveles superiores como vivienda; asimismo, con la documentacion presentada acredita la posesion con anterioridad al 12 de MORDAZA de 2006, razon por la cual la solicitud se enmarca en el supuesto establecido en el literal c) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, el articulo 75.2º del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion tecnica de la SBN; Que, conforme al literal a) del articulo 48º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, corresponde a la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario sustentar y emitir los actos administrativos de disposicion de bienes estatales que se encuentren bajo competencia y administracion de la SBN, previa conformidad del Superintendente Nacional de Bienes Estatales; Que, con fecha 05 de agosto de 2011, la empresa Corporacion Nacional de Tasadores S.A.C., remitio el informe de valuacion comercial de fecha 04 de agosto de 2011, del predio que nos ocupa, estableciendo un valor de US $ 9,840.00 (Nueve Mil Ochocientos Cuarenta con 00/100 Dolares Americanos); el mismo que fue ratificado con escrito de fecha 02 de febrero de 2012; Que, a traves del escrito s/n de fecha 12 de setiembre de 2011, el senor MORDAZA Madueno Auris, manifesto su aceptacion expresa respecto al valor de la tasacion del predio materia de venta; Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y numeral 3.10 del punto 3 de la Directiva N° 003-2011/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la venta directa por causal de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad" aprobada por Resolucion N° 020-2011/SBN, se publicaron con fecha 28 de setiembre de 2011, en el Diario Oficial El Peruano y el Diario La Primera, asi como en la pagina Web de esta Superintendencia, los avisos que publicita el valor de tasacion comercial del predio MORDAZA descrito, con la finalidad de que cualquier interesado pueda por unica vez y dentro del plazo de diez (10) dias utiles, presentar una mejor oferta para la compra; Que, mediante Memorandum N° 13447-2011/SBNSG-UTD, de fecha 13 de octubre de 2011, la Unidad de Tramite Documentario de esta Superintendencia informa

que no se han presentado mejores ofertas a la valorizacion consignada en el aviso publicado en los diarios referidos en el considerando anterior; Que, mediante el Informe Tecnico Legal N° 00082012/SBN-DGPE-SDDI, de fecha 16 de marzo de 2012, la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario opina favorablemente por la adjudicacion en venta directa por causal del citado predio a favor del senor MORDAZA Madueno Auris, dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el literal c) del articulo 77º del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; Que, de otro lado, mediante Memorandum Nº 92312011/SBN-OAJ, de fecha 20 de MORDAZA de 2011, ratificado mediante Memorandum Nº 9503-2011/SBN-OAJ, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica emite opinion respecto a que las funciones y competencias materia de administracion y adjudicacion de terrenos urbanos y eriazos del Estado continuan bajo competencia de la SBN, dada la necesidad de seguir con la defensa judicial y gestion administrativa de dichos predios y sobre todo debido a que no puede existir vacio legal en materia de competencias; Que, mediante Memorandum Nº 09259-2011/SBNSG, de fecha 21 de MORDAZA de 2011, ratificado con Proveido Nº 530-2011/SBN-SG, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Secretaria General de esta Superintendencia dispone que la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal y sus respectivas areas continuen ejerciendo las funciones asignadas conforme a la interpretacion realizada en el documento del parrafo anterior; Que, mediante Memorandum Nº 10363-2011/SBNDGPE, de fecha 16 de agosto de 2011, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal, en su condicion de superior jerarquico de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario y organo de linea de ambito nacional encargado de planificar, dirigir, coordinar y controlar la adecuada administracion de los bienes estatales a cargo de la SBN, tambien ha ratificado la competencia de esta Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario para seguir ejecutando las funciones de su competencia hasta el momento en que se efectivice la transferencia de competencias a los Gobiernos Regionales; Que, mediante Memorandum Nº 297-2012/SBNDGPE, de fecha 26 de marzo de 2012, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal ha dado su conformidad respecto a la venta por causal del predio que se describe en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 0138-2012/SBNOAJ, de fecha 30 de marzo de 2012, la Oficina de Asesoria Juridica emite la conformidad de la venta directa por causal del predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 0030-2012/SBN, de fecha 02 de MORDAZA de 2012, el Superintendente Nacional de Bienes Estatales, ha dado su conformidad a la venta por causal, de conformidad a lo dispuesto en el literal n) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones-ROF de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29151 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y su modificatoria aprobada por el Decreto Supremo N° 002-2009-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, la Directiva N° 0032011/SBN aprobada por la Resolucion Nº 020-2011/SBN y Decreto de Urgencia N° 071-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa por causal de posesion, a favor del senor MORDAZA Madueno Auris, del predio de 120,00 m², constituido por el Lote 17 de la Manzana F del Asentamiento Humano Senor de Luren, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P02209314 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 15012 correspondiente al Libro de Lima.

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