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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de mayo de 2012 466061 sanción económica, a los proveedores, participantes, postores, contratistas y expertos independientes, según corresponda para cada caso, por infracción de las disposiciones contenidas en la Ley y su Reglamento; Que, el artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, establece que el Tribunal de Contrataciones del Estado, es un órgano autónomo e independiente en la emisión de sus resoluciones y pronunciamientos, sin perjuicio de depender administrativamente de la Presidencia Ejecutiva del OSCE; Que, mediante Decreto Supremo Nº 189-2011-EF se aprobó el procedimiento para el Concurso Público de evaluación y selección de los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, el cual fue modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 045-2012-EF, a fi n de optimizar dicho procedimiento; Que, mediante Resolución Suprema Nº 032-2012- EF, de fecha 04 de mayo de 2012, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 05 de mayo de 2012, se designó a 5 Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, conforme a lo dispuesto en la Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, el segundo párrafo del artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, establece que los cargos de Presidente del Tribunal y Presidentes de Salas, así como la distribución de los Vocales que las componen, son establecidos por el Consejo Directivo; Que, mediante Acuerdo Nº 001-005-2012/OSCE-CD, de fecha 08 de mayo de 2012, el Consejo Directivo acordó designar al Presidente del Tribunal, a los Presidentes de Sala, así como estableció la distribución de los Vocales por Sala; Que, el literal u) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE dispone que es competencia de la Presidencia Ejecutiva la expedición de los actos administrativos que le corresponda, entre los cuales se encuentra el acto que formaliza los acuerdos del Consejo Directivo; Que, en concordancia con el artículo antes citado, el artículo 6º y el inciso 8) del artículo 7º, del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo, aprobado mediante Acuerdo Nº 0012-003 del 08 de mayo de 2009 y modifi cado mediante Acuerdo Nº 003- 002, del 19 de febrero de 2010, el Presidente del Consejo Directivo es el Presidente Ejecutivo del OSCE y tiene entre sus funciones formalizar los acuerdos del Consejo Directivo a través de la emisión de la Resolución cuando corresponda; Estando a lo expuesto mediante Acuerdo Nº 001- 005-2012/OSCE-CD, y de conformidad con el literal u) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, en concordancia con el artículo 6º y el numeral 8) del artículo 7º del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE, y con las visaciones de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la señora María del Guadalupe Rojas Villavicencio de Guerra, como Presidenta del Tribunal de Contrataciones del Estado. Artículo Segundo.- Conformar las Salas del Tribunal de Contrataciones del Estado, de la siguiente manera: Primera Sala: • Héctor Marín Inga Huamán, quien la presidirá. • María Hilda Becerra Farfán. • Víctor Manuel Villanueva Sandoval. Segunda Sala: • María del Guadalupe Rojas Villavicencio de Guerra, quien la presidirá. • María Elena Lazo Herrera. • Víctor Manuel Villanueva Sandoval. Artículo Tercero.- La presente resolución tiene vigencia desde la fecha de su expedición. Artículo Cuarto.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, para su difusión y conocimiento. Regístrese y comuníquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 787017-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Amplían plazo de redistribución de expedientes del 15º, 18º, 28º, 35º y 38º Juzgados Civiles de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 317-2012-P-CSJL/PJ Lima, 7 de mayo del 2012 VISTOS: Resolución Administrativa Nº 274-2012-P-CSJLI/PJ y documento de fecha 04 de mayo último ingresados con registro Nº 30630; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 274-2012- P-CSJLI/PJ publicada el 24 de abril último, se dictaron medidas relativas a facilitar el proceso de conversión de los Juzgados Civiles de Lima dispuesto mediante Resolución Administrativa Nº 047-2012-CE-PJ. Que, entre tales medidas se ordenó la redistribución de los expedientes procedentes del 15º, 18º, 28º, 35º y 38º Juzgados Civiles de Lima, labor que se cumpliría durante el período comprendido del 23 de abril al 08 de mayo del presente año. Que, mediante el documento de vistos, el doctor Juan Pablo Rengifo Santander, Juez del 18º Juzgado Civil de Lima, solicita se disponga la ampliación del plazo arriba indicado, en mérito a la huelga de trabajadores iniciado el tres de mayo último. Que, efectivamente, como es de público conocimiento, con fecha tres de mayo último se ha iniciado una huelga nacional indefi nido de trabajadores del Poder Judicial, medida de fuerza que se viene ejecutando hasta la fecha y que defi nitivamente ha afectado la medida de redistribución ordenado; por lo que resulta razonable la ampliación solicitada. Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR, hasta el 31 DE MAYO DEL PRESENTE AÑO el plazo de redistribución de expedientes del 15º, 18º, 28º, 35º y 38º Juzgado Civiles de Lima, dispuesto en el artículo cuarto de la Resolución Administrativa Nº 274-2012-P-CSJLI/PJ. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,