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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de mayo de 2012 466180 PODER EJECUTIVO DEFENSA Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 497-2012-DE/SG Lima, 9 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 338 de fecha 24 de abril de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América ingresará a territorio nacional del 15 de mayo al 15 de junio del 2012, para participar en la Conferencia de Planeamiento Final del Entrenamiento de Intercambio Combinado Conjunto (JCET) de Guerra Naval Especial, con la Marina de Guerra del Perú, Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 15 de mayo al 15 de junio de 2012, para participar en la Conferencia de Planeamiento Final del Entrenamiento de Intercambio Combinado Conjunto (JCET) de Guerra Naval Especial, con la Marina de Guerra del Perú. 1. Teniente Primero Daniel KOBZA 2. Teniente Primero Brian TROTTER 3. Teniente Segundo Thomas GIUMARRA 4. Técnico Segundo Tony NOSER 5. Técnico Segundo Greg LINCOLN 6. Técnico Tercero Adam LIVERMORE 7. Técnico Tercero Chapman KOSMAN Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 787741-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 529-2012-DE/SG Lima, 10 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 398 de fecha 10 de mayo de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América ingresará a territorio nacional del 15 de mayo al 01 de septiembre de 2012, con la fi nalidad de participar en el Ejercicio de Nuevos Horizontes; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 15 de mayo al 01 de septiembre de 2012, con la fi nalidad de participar en el Ejercicio Nuevos Horizontes. 1. Técnico de Primera Jessica Poppineau Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 787740-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 530-2012-DE/SG Lima, 10 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 357 de fecha 27 de abril de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América, ingresara a territorio nacional del 15 de mayo al 15 de junio del 2012, para llevar a cabo un estudio para la construcción de pistas de aterrizaje en el Aérodromo del Distrito de Pichari, provincia de La Convención, departamento del Cuzco, Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de