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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de mayo de 2012 466182 Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la citada Ley, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil debe efectuar la supervisión permanente de las operaciones aéreas de los explotadores bajo su control, a fi n de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al público, un servicio de transporte aéreo comercial seguro y fi able; Que, la Ley Nº 28404, Ley de Seguridad de la Aviación Civil, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil está facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviación y es responsable de la elaboración, puesta en ejecución, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14 establece que los inspectores debidamente identifi cados a que se refi ere la Ley, son competentes según su especialidad, para verifi car las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y efi ciencia de las operaciones aéreas, se verifi ca, entre otras formas, a través de inspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicados en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar los viajes de los Inspectores de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil designados mediante el Informe Nº 187-2012-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas de vigilancia a que se contraen las Ordenes de Inspección Nº 967-2012-MTC/12.04; Nº 968-2012-MTC/12.04; Nº 1035-2012-MTC/12.04, Nº 969- 2012-MTC/12.04, Nº 970-2012-MTC/12.04; Nº 971-2012- MTC/12.04 y Nº 972-2012-MTC/12.04; Que, los gastos por concepto de viáticos, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el 11 de abril de 2012, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto emitió la Certifi cación del Crédito Presupuestario Nº 01289, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley Nº 29812, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes de inspección técnica de vigilancia de los señores Jorge Segundo Amoros Jiménez, Alejandro Alberto Alva Panduro, Segundo Alejandro Rubio Castillo, Jorge Humberto Maza Rodríguez, Raúl Fernando Mendives Rodríguez, César Hernán Carassa Nole y Luis Alberto Zavala Sierra, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 14 al 17 de mayo del 2012, a la ciudad de Córdoba, República Argentina, del 14 al 18 de mayo de 2012 a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 14 al 17 de mayo de 2012, a la ciudad de Santafé de Bogotá, República de Colombia, del 15 al 18 de mayo de 2012, a la ciudad de Santiago, Republica de Chile, del 04 al 07 de junio de 2012, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 04 al 07 de junio de 2012, a la ciudad de Punta Cana, República Dominicana, del 26 al 29 de junio de 2012, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 187-2012-MTC/12.04, y Nº 113-2012-MTC/12.04. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, deberán presentar dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - LEY N° 27261. COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 14 DE MAYO AL 29 DE JUNIO DE 2012 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 113-2012-MTC/12.04 Y Nº 187-2012-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) SOLICI- TANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE 967-2012-MTC/12.04 14-May 17-May US$ 600.00 MTC Amoros Jimenez, Jorge Segundo Córdoba Argentina Inspección técnica de estación de línea de la empresa Lan Perú S.A. según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales 968-2012-MTC/12.04 14-May 18-May US$ 800.00 MTC Alva Panduro, Alejandro Alberto Rio de Janeiro Brasil Inspección técnica de estación de línea de la empresa Taca Perú según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 1035-2012-MTC/12.04 14-May 17-May US$ 800.00 MTC Rubio Castillo, Segundo Alejandro Bogotá Colombia Inspección técnica del TMA-E N° 004 “CMR - Centro de Mantenimiento y Reparaciones de Helicópteros”, según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 969-2012-MTC/12.04 15-May 18-May US$ 800.00 MTC Maza Rodriguez, Jorge Humberto Santiago Chile Inspección técnica de estación de línea de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 970-2012-MTC/12.04 04-Jun 07-Jun US$ 600.00 MTC Mendives Rodriguez, Raúl Fernando Asunción Paraguay Inspección técnica de estación de línea de la empresa Taca Perú según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 971-2012-MTC/12.04 04-Jun 07-Jun US$ 960.00 MTC Carassa Nole, Cesar Hernán Punta Cana Republica Dominicana Inspección técnica de estación de línea de la empresa Lan Perú S.A. según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales 972-2012-MTC/12.04 26-Jun 29-Jun US$ 880.00 MTC Zavala Sierra, Luis Alberto Miami EUA Inspección técnica de estación de línea de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 787401-1