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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de mayo de 2012 466187 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 231-2012-MTC/02 Lima, 8 de mayo de 2012 Visto: La Nota de Elevación Nº 056-2012-MTC/20, de fecha 30 de enero de 2012 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitiendo la solicitud de aprobación de las once (11) tasaciones que corresponden a un (01) predio y diez (10) mejoras y/o plantaciones de la Comunidad Campesina de Marcapata Ccollana afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 2: Urcos - Puente Inambari, Segunda Etapa; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en tanto que, por Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, se dispuso que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, será el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutadas por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL, y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección Nacional de Construcción, en adelante DNC, suscribieron el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional Nº 037-2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboración y la suma de esfuerzos institucionales en benefi cio del desarrollo nacional, en aplicación de lo dispuesto en las Leyes Nos. 27117- Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, y con la fi nalidad de que la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, así como los ejecutados por los Contratos de Concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al Sector Privado bajo concesión o cualquier otra forma contractual que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo; Que, mediante Ofi cio Nº 059-2012/VIVIENDA-VMCS- DNC de fecha 16 de enero de 2012, la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante DNC, remitió los informes técnicos de tasación de los predios afectados de la Comunidad Campesina de Marcapata Ccollana por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 2: Urcos - Puente Inambari, Segunda Etapa; Que, a través del Memorándum Nº 243-2012-MTC/20.6 de fecha 24 de enero de 2012, la Unidad Gerencial de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL remitió el Informe Nº 005- 2012-SOV, de la asesora en el desarrollo del proyecto PCRA - Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario y Adquisición de Predios, del Corredor Vial Interoceánico del Sur, mediante el cual se sustentó la necesidad de gestionar la aprobación de once (11) tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a un (01) predio y diez (10) mejoras y/o plantaciones de la Comunidad Campesina de Marcapata Ccollana afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 2: Urcos - Puente Inambari, Segunda Etapa; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe Nº 00058-2012- MTC/20.3, considera procedente efectuar el trámite para la aprobación de las tasaciones señaladas en el considerando precedente; Que, con la Nota de Elevación Nº 056-2012-MTC/20 de fecha 30 de enero de 2011, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remitió la solicitud formulada por la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL mediante Memorándum Nº 243-2012-MTC/20.6, para la aprobación de once (11) tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a un (01) predio y diez (10) mejoras y/o plantaciones de la Comunidad Campesina de Marcapata Ccollana afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 2: Urcos - Puente Inambari, Segunda Etapa; señalando además, su conformidad a la misma; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nos. 27628 y 29370, así como por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la tasación elaborada por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente a un (01) predio y diez (10) mejoras y/o plantaciones de la Comunidad Campesina de Marcapata Ccollana afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 2: Urcos - Puente Inambari, Segunda Etapa, ubicados en el distrito de Marcapata, provincia de Quispicanchi, Departamento del Cusco; conforme al siguiente detalle: ÍTEM CÓDIGO VALOR COMERCIAL ($) 1 T2-CCMARCCO-01 11 648,40 2 T2-CCMARCCO-02 875,03 3 T2-CCMARCCO-03 325,67 4 T2-CCMARCCO-04 84,02 5 T2-CCMARCCO-05 316,00 6 T2-CCMARCCO-06 493,87 7 T2-CCMARCCO-07 2 009,28 8 T2-CCMARCCO-08 448,71 9 T2-CCMARCCO-09 3 978,00 10 T2-CCMARCCO-10 357,44 11 T2-CCMARCCO-11 103,68 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 787405-4 Aprueban valuaciones comerciales de predio y cultivos afectados por derecho de vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 229-2012-MTC/02 Lima, 8 de mayo de 2012 VISTO: La Nota de Elevación Nº 119-2012-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación de valuaciones comerciales de predios afectados por el derecho de vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo N° 4: Azángaro - Puente Inambari, Segunda y Tercera Etapas; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición