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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2012 (14/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de mayo de 2012 466186 desarrollo del proyecto PCRA - Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario y Adquisición de Predios, del Corredor Vial Interoceánico del Sur, mediante el cual se sustentó la necesidad de gestionar la aprobación de dos (02) tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a dos (02) predios de propiedad de la Comunidad Campesina de Jullicunca afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 2: Urcos - Puente Inambari, Segunda Etapa; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe Nº 057-2012-MTC/20.3, de fecha 25 de enero de 2012, considera procedente efectuar el trámite para la aprobación de las tasaciones señaladas en el considerando precedente; Que, con la Nota de Elevación Nº 052-2012-MTC/20 de fecha 26 de enero de 2012, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remitió la solicitud formulada por la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL mediante Memorándum Nº 241-2012-MTC/20.6, para la aprobación de las tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a dos (02) predios afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 2: Urcos - Puente Inambari, Segunda Etapa; señalando además, su conformidad a la misma; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nos. 27628 y 29370, así como por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la tasación elaborada por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente a dos (02) predios afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 2: Urcos - Puente Inambari, Segunda Etapa, ubicado en el distrito de Ocongate, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco; conforme al siguiente detalle: ÍTEM CÓDIGO VALOR COMERCIAL ($) 1 T2-CCJULLI-01 39 208,58 2 T2-CCJULLI-02 101 882,70 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 787405-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 230-2012-MTC/02 Lima, 8 de mayo de 2012 Visto: La Nota de Elevación Nº 176-2012-MTC/20, de fecha 23 de marzo de 2012 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitiendo la solicitud de aprobación de dos (02) tasaciones que corresponden a predios afectados por el Derecho de Vía de la Red Vial Nº 6: Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2º y 3º de Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusionó el CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en tanto que, por Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, se dispuso que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante DNC, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, será el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutadas por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL y el CONATA, suscribieron con fecha 29 de agosto de 2006, el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional Nº 25- 2006-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboración y la suma de esfuerzos institucionales en benefi cio del desarrollo nacional, en aplicación de lo dispuesto en las Leyes Nos. 27117 - Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, y con la fi nalidad de que el CONATA efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por PROVIAS NACIONAL; Que, al amparo del mencionado Convenio Marco, PROVIAS NACIONAL y la DNC, suscribieron con fecha 31 de diciembre de 2008, el Convenio Específi co Nº 034, con el objeto de que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se comprometa, a través de la DNC, a efectuar la valuación comercial de trescientos noventa y dos (392) viviendas afectadas por la ejecución de la Red Vial Nº 6, Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica; Que, mediante Ofi cios Nos. 753 y 794-2009/VIVIENDA- VMCS-DNC de fechas 12 y 19 de junio de 2009, la DNC remitió los informes técnicos de tasación de los predios afectados por el Derecho de Vía de la Construcción de la Red Vial Nº 06, Puente Pucusana - Cerro azul - Ica; Que, a través del Memorándum Nº 1167-2012-MTC/20.6 de fecha 15 de marzo de 2012, la Unidad Gerencial de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitió el Informe Nº 011-2012/CSP, de la Asesora Legal de la Red Vial Nº 6, mediante el cual se sustentó la necesidad de gestionar la aprobación de dos (02) tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a predios afectados por el Derecho de Vía de la Construcción de la Red Vial Nº 6, Puente Pucusana - Cerro azul - Ica; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe Nº 212-2012-MTC/20.3, de fecha 23 de marzo de 2012, considera procedente efectuar el trámite para la aprobación de las tasaciones señaladas en el considerando precedente; Que, con Nota de Elevación Nº 176-2012-MTC/20 de fecha 23 de marzo de 2012, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remitió la solicitud formulada por la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL mediante Memorándum Nº 1167-2012-MTC/20.6, para la aprobación de dos (02) tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a predios afectados por el Derecho de Vía de la Construcción de la Red Vial Nº 6, Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27628 y 29370, así como por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la tasación elaborada por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente a dos (02) predios afectados por el Derecho de Vía de la Construcción de la Red Vial Nº 6, Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica, ubicados en los distritos de Tambo de Mora y El Carmen, provincia de Chincha, Departamento de Ica; conforme al siguiente detalle: ÍTEM CÓDIGO VALOR COMERCIAL ($) 1 11021199007 2 303,60 2 11020599021 4 200,00 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 787405-3