Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2012 (14/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
VALOR COMERCIAL (S/.) 38,75 52,33 33,17 43,90 55,73 52,67 58,05 24,37 17,60 20,97 47,15 134,28 44,56 37,78 30,49 33,51 31,62 21,81 35,10 23,20 26,81 17,02 24,14 16,31 30,30 37,18 34,71 27,75 37,90 43,97 16,69 20,52 30,99 50,29 49,89 20,41 48,46 53,45 37,59 131,82 94,34 53,48 47,00 42,32 31,11 30,90 37,64 41,31 112,12 37,95 46,15 88,30 88,87 32,08 29,54 25,80 18,47 1,50 43,29 67,58 21,84 9,93 26,10

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de MORDAZA de 2012

ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Resuelven no ratificar en el cargo a Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 004-2012-PCNM MORDAZA, 16 de enero de 2012 VISTO: El expediente de evaluacion y ratificacion de don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA De la Torre; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por Resolucion Nº 003-1994-JHM de 09 de MORDAZA de 1994, don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA fue nombrado Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima; habiendo transcurrido desde su ingreso a la MORDAZA judicial el periodo de siete anos a que se refiere el articulo 154º inc. 2) de la Constitucion Politica del Estado para los fines del MORDAZA de evaluacion y ratificacion correspondiente; Segundo.- Que, por Acuerdo adoptado por el Pleno, se aprobo la Convocatoria Nº 003-2011-CNM de los procesos individuales de evaluacion y ratificacion, entre otros, de don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA, siendo el periodo de evaluacion del magistrado desde el 09 de MORDAZA de 1994 al 17 de MORDAZA de 2002, fecha en la que fue no ratificado en el cargo y desde su reincorporacion, 14 de MORDAZA de 2011 a la fecha de conclusion del presente MORDAZA, cuyas etapas han culminado con la entrevista personal al evaluado en sesion publica de 16 de enero de 2012, habiendose garantizado el acceso previo al expediente e informe para su lectura respectiva, por lo que corresponde adoptar la decision final; Tercero.- Que, con relacion al rubro de conducta, revisados los documentos que obran en su expediente, don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA durante el periodo de evaluacion registra 5 apercibimientos y 1 multa de 2% de sus haberes, preguntado durante la entrevista las razones por las que solo declaro 3 apercibimientos; indico que no recordaba las demas sanciones, se le hizo mencion que para su MORDAZA de ratificacion en el 2002 en su declaracion jurada declaro la multa a lo que manifesto que no recordaba por el tiempo transcurrido, tampoco recordaba los motivos de estas, denotando poco interes en el MORDAZA al que ha sido objeto en esta ocasion dado que como era de su conocimiento las sanciones impuestas durante su periodo de evaluacion son parte del presente proceso; registra una denuncia via participacion ciudadana la cual fue materia de la entrevista personal contestando a satisfaccion de este Colegiado, tambien se hizo mencion a dos denuncias via participacion ciudadana pero que por la condicion de anonimas no se toma en cuenta en el presente MORDAZA, tiene un escrito de apoyo presentado por un grupo de servidores del Poder Judicial; no registra referendos ante el Colegio de Abogados de Lima; no registra tardanzas ni ausencias injustificadas; preguntado sobre su aspecto patrimonial se encontro relacion entre sus ingresos y sus obligaciones; por lo que se puede concluir que las sanciones impuestas no han sido absueltas en plenitud por su falta de interes en brindar informacion, lo que refleja falta de transparencia y rectitud en su actuar, lo que no conlleva a una renovacion de confianza; Cuarto.- Que, con relacion a su idoneidad, de las nueve resoluciones presentadas para calificar el rubro de calidad de sus decisiones, los puntajes obtenidos en cinco de ellas no alcanzo puntaje aceptable, resoluciones que fueron materia de la entrevista personal y que no fueron de satisfaccion del Pleno las respuestas brindadas, senalo que el termino para recopilar sus

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