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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de mayo de 2012 467074 4. Principio de información Los pobladores que son reasentados tienen derecho a solicitar, acceder y recibir información, de manera adecuada y oportuna, sobre el plan de reasentamiento poblacional, su cronograma y las medidas adoptadas para su cumplimiento. 5. Principio de subsidiariedad Las capacidades del gobierno en sus distintos niveles para atender problemas vinculados al reasentamiento poblacional son distintas y ello depende de las dimensiones y del alcance de la problemática que exige ser resuelta de manera efi ciente. 6. Principio de gradualidad Aun cuando se tengan determinadas las condiciones de muy alto riesgo no mitigable en la población, estas pueden variar en el nivel de urgencia para su reasentamiento con lo cual se requiere establecer prioridades para su atención progresiva. Artículo 6. Garantías Son garantías del proceso de reasentamiento poblacional las siguientes: 1. Se inicia luego de que las autoridades competentes hayan estudiado las alternativas viables para evitarlo. 2. El Estado adopta las medidas necesarias para reducir el número de pobladores a reasentar, así como sus efectos adversos. 3. Los pobladores participan de manera organizada y conjunta con el Estado en la planifi cación del reasentamiento, cuando las circunstancias lo permiten, asumiendo compromisos en el proceso a fi n de alcanzar resultados apropiados, concertados y sostenibles. 4. Se ejecuta cuando se emita norma que lo autoriza, sustentada únicamente en las causales establecidas por la Ley. 5. Los pobladores reciben ayuda del gobierno local competente para el traslado al lugar de reasentamiento, el que presta especial atención a las necesidades de los grupos en condiciones de pobreza. El gobierno regional puede colaborar con el traslado. 6. En la zona de acogida se elaboran los instrumentos de planifi cación y control que permitan su ocupación y crecimiento ordenado, respetando los aspectos culturales de los ámbitos rurales y urbanos, según las normas vigentes. Artículo 7. Tipos de reasentamiento poblacional 1. Reasentamiento voluntario. Cuando la población ubicada en zonas de muy alto riesgo no mitigable acepta ser trasladada a otra ubicación que brinda mayor seguridad. 2. Reasentamiento involuntario. Cuando la población, a pesar de conocer que se encuentra ubicada en zonas declaradas de muy alto riesgo no mitigable, no acepta ser trasladada a otra ubicación que brinda mayor seguridad. Artículo 8. Causal del reasentamiento poblacional Es causal de reasentamiento poblacional la declaración de zona de muy alto riesgo no mitigable asociada a peligros naturales, socionaturales o por causas humanas que ponen en peligro la vida de los pobladores. La zona de muy alto riesgo no mitigable es declarada por acuerdo de concejo. Artículo 9. Plan de reasentamiento poblacional El plan de reasentamiento poblacional es el documento de gestión que establece las acciones, las entidades intervinientes y sus responsabilidades, el plazo de ejecución y los costos, así como la información relacionada a la zona declarada de muy alto riesgo no mitigable, la evaluación de la población a reasentar de los predios afectados, el saneamiento físico legal de los predios a desocupar, el uso inmediato de las zonas desocupadas, la evaluación de la zona de acogida, los instrumentos disponibles para su ocupación segura, y cualquier otra información adicional que el órgano responsable estime conveniente señalar. El plan de reasentamiento poblacional debe incluir los programas que puedan apoyar el mejoramiento de las viviendas que se entreguen a los pobladores que serán reasentados. Artículo 10. Estudio técnico Corresponde a la municipalidad provincial o distrital, según corresponda, realizar el estudio técnico para la identifi cación y declaración de la zona de muy alto riesgo no mitigable, identifi car y priorizar al grupo de pobladores que requiere ser reasentado, la identifi cación de la zona de acogida y la estimación del costo del reasentamiento con apoyo del gobierno regional y las municipalidades distritales involucradas, en concordancia con las normas vigentes sobre acondicionamiento territorial y desarrollo urbano. Artículo 11. Solicitud de reasentamiento poblacional El gobierno local competente presenta la solicitud de reasentamiento poblacional al órgano técnico, luego de haber declarado mediante acuerdo de concejo la zona como de muy alto riesgo no mitigable, indicando los datos del grupo priorizado de pobladores a reasentar, los costos estimados y la identifi cación de la zona de acogida. Artículo 12. Criterios de priorización del reasentamiento poblacional Son criterios de priorización del reasentamiento poblacional los siguientes: 1. Magnitud de los riesgos identifi cados. 2. Grado de inminencia de manifestación del peligro. 3. El gobierno local presta atención especial a las necesidades de los grupos en condiciones de pobreza, sobre la base de la evaluación de elegibilidad realizada por el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh). Las acciones priorizadas de reasentamiento poblacional se incluyen en el Plan Operativo Multianual de la entidad competente. Artículo 13. Competencia 13.1 El Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred) dicta los lineamientos generales para la elaboración del estudio técnico y del plan de reasentamiento poblacional. 13.2 El Instituto de Defensa Civil, en los casos de peligro inminente, coordina con los órganos ejecutores del reasentamiento poblacional de conformidad con lo dispuesto por la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd). 13.3 En base al estudio técnico y costos estimados, se determina la entidad competente para la ejecución del reasentamiento, que está a cargo de la municipalidad distrital o provincial respectiva. Artículo 14. Entidades de colaboración Son entidades de colaboración los gobiernos regionales y el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred). Proporcionan asistencia técnica para la elaboración del estudio técnico y del plan de reasentamiento poblacional, asimismo asisten en la gestión de iniciativas para lograr el fi nanciamiento.