Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2012 (29/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 29 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

467085

auto injerto dermo epidermico de espesor parcial de tobillo MORDAZA, post operado de colgajo fascio cutaneo muslo derecho, ausencia osea de retropie MORDAZA post traumatico, como consecuencia de explosion de mina con impacto de multiples fragmentos por onda expansiva, sufrida en enfrentamiento con delincuentes terroristas el 14 de MORDAZA de 2012, segun Parte de Operaciones N° 010 /S-1/CEC N° 2/JCC, del 18 de MORDAZA de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional Ano Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 003 Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el articulo 13º del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, dispone que el Personal Militar del Sector Defensa en situacion de Actividad que contraiga una enfermedad o lesion y no logre su total recuperacion por falta de tratamiento especializado en el MORDAZA, podra ser evacuado al extranjero para ser tratado en Centros de Salud altamente especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal. Se requerira previamente un peritaje medico asi como el informe de la Junta de Sanidad de la Institucion Armada respectiva; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 7782008-DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, senala que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004; Que, la Directiva N° 001 Q-14/1/15.00-DISALE de junio 2007, establece que : "En casos excepcionales el acompanante sera un familiar, cuando el MORDAZA por evacuar no pueda valerse por si solo durante el viaje y durante su permanencia en el extranjero, la institucion solo cubrira los pasajes en clase economica"; por lo que la evacuacion del Capitan EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se realizara en compania de su senora esposa MORDAZA MORDAZA POLAR MORDAZA, identificada con DNI N° 42868981 y CIP N° 121265620; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001-2011 ­ DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 ­ Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047­2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificaciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado, al Capitan EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 43275024 y CIP N° 121265600, al JOHN'S HOPKINS HOSPITAL, de la MORDAZA de BALTIMORE, Estado de MARYLAND ­ ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA, a fin de recibir Tratamiento Medico Altamente Especializado, por un periodo de noventa (90) dias en MORDAZA, a partir del 29 de MORDAZA al 26 de agosto de 2012. Articulo 2º.- Autorizar el viaje en Comision de Servicio como medico especialista tratante, al MORDAZA EP MORDAZA

MORDAZA MORTOLA, identificado con DNI N° 43860374 y CIP N° 116176800, al JOHN'S HOPKINS HOSPITAL, de la MORDAZA de BALTIMORE, Estado de MARYLAND ­ ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA, por un periodo de cuatro (04) dias, a partir del 29 MORDAZA al 01 de junio de 2012. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora: 003-Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aereo: MORDAZA ­ Baltimore (EEUU) ­ Lima: US $. 2,500.00 x 1 persona x 3 personas Compensacion Extraordinaria Mensual Por Servicio en el Extranjero: - US$. 2,500.00/31 x 03 dias x 1 persona (29 may 31 may 2012). US$. 2,500.00 x 02 meses x 1 persona (jun a jul 2012). - US$. 2,500.00/31 x 26 dias x 1 persona (01 ago 26 ago 2012). Total a pagar : VIATICOS POR ACOMPANANTE US $. 220.00 x 4 dias x 1 persona Tratamiento Medico: US$ 100,000.00 x 1 persona (Tratamiento de Rehabilitacion) TOTAL: US$. US $. 7,500.00

US $. 241.94 US $. 5000.00 US $. 2096.77 US $. 7,338.71 US $. 880.00

-

US $. 100,000.00 US $.115,718.71

Articulo 4º.- El personal comisionado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Articulo 5º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, sera por dias reales y efectivos en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 7º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa 794288-12

Autorizan ingreso al territorio peruano de militar de los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 601-2012-DE/SG MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2012

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