TEXTO PAGINA: 11
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de mayo de 2012 467081 Ratifican compromisos asumidos por el Poder Ejecutivo y al Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el Proceso de Reasentamiento Poblacional de Morococha” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 131-2012-PCM Lima, 28 de mayo de 2012 VISTO: El Memorando Nº 0371-2012-PCM/OGCSS de la Ofi cina Gestión de Confl ictos Sociales de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el 5 de febrero de 2010, en la ciudad de Huancayo, se llevó a cabo una reunión en la cual participaron los representantes del Gobierno Regional de Junín, la Municipalidad Distrital de Morococha, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Presidencia del Consejo de Ministros, el Arzobispado de Huancayo, la Defensoría del Pueblo, la empresa Minera Chinalco Perú S.A. y los representantes de la sociedad civil de Morococha; acordando que el Gobierno Regional de Junin emitiría la respectiva resolución, que conforma la Mesa de Diálogo del Proceso de Reasentamiento de Morococha; Que, el 9 de abril de 2010, la mencionada Mesa de Diálogo fue reconocida mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 165-2010-GR-JUNIN/PR y modifi cadas por las Resoluciones Ejecutivas Regionales Nº 241 y Nº 606- 2011-GR-JUNIN/PR y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 053-2012-GR-JUNIN/PR; Que, con fechas 15 de abril, 7 y 25 de mayo, 29 de noviembre, 14 de diciembre de 2010, 3 y 21 de octubre, 16 de noviembre y 12 de diciembre de 2011, 31 de enero, 23 de febrero y 19 de abril de 2012, se llevaron a cabo las sesiones de la citada Mesa de Diálogo en las cuales participaron los miembros reconocidos en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 165-2010-GR-JUNIN/PR y sus modifi catorias; Que, en las sesiones señaladas en el considerando precedente arribaron, entre otros acuerdos, los siguientes: El representante de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza será el Secretario Técnico del citado Grupo de Trabajo, y los representantes del Arzobispado de Huancayo y del Gobierno Regional de Junín actuarán como facilitadores; asimismo, se aprobó el Reglamento del Grupo de Trabajo en mención; Que, es necesario promover una política de diálogo en nuestro país, que permita abrir espacios de trabajo conjunto entre las autoridades y la población, impulsando alternativas de solución a los problemas existentes y preservando la seguridad de las personas, el orden público y la paz social; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir una Resolución Ministerial que ratifi que los compromisos asumidos por los representantes del Poder Ejecutivo y consolidar el apoyo al proceso de diálogo iniciado en el acotado Grupo de Trabajo, formalizado mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 165-2010-GR-JUNIN/ PR y sus modifi catorias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ratifi cación de compromisos y proceso de dialogo Ratifíquese los compromisos asumidos por el Poder Ejecutivo y al Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el Proceso de Reasentamiento Poblacional de Morococha”; así como su instalación, conformación y funcionamiento; reconocida mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 165-2010-GR- JUNIN/PR y sus modificatorias; a través de los cuales se determinaron que los integrantes del acotado Grupo de Trabajo son: • Un (1) representante del Ministerio de Energía y Minas; • Un (1) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; • Un (1) representante del Ministerio del Ambiente; • Un (1) representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; • El Presidente del Gobierno Regional de Junin o su representante; • El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Yauli o su representante; • El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Morococha o su representante; • El Arzobispo de Huancayo o su representante; • Un (1) representante de la empresa Minera Chinalco Perú S.A. (titular o alterno); • Un (1) representante de la Parroquia de Yauli; • Un (1) representante de la Dirección Regional de Salud – Junín; • Un (1) representante de la Dirección Regional de Educación– Junín; • Un (1) representante de la Dirección Regional de Vivienda y Construcción-Junín; • Un (1) representante de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza – Junín; • Un (1) representante de la Mesa de Diálogo Ambiental Regional de Junín; • Un (1) representante de la Defensoría del Pueblo- Junín; • Un (1) representante del Procurador Público Regional; • Un (1) representante del Ministerio Público – Junín. Representantes de la Sociedad Civil Morococha, integrados por su titular o alterno, de las siguientes organizaciones: • Un (1) representante de la Asociación de propietarios de Morococha que negociaron sus bienes e inmuebles con la empresa Minera Chinalco Perú S.A.; • Un (1) representante de la Asociación de Vivienda Marcial Salome Ponce; • Un (1) representante de la Asociación de Expropietarios de Bienes Inmuebles del distrito de Morococha-ASEPROBIM (titular o alterno); • Un (1) representante de la Asociación de Comerciantes y Pequeños empresarios del distrito de Morococha-Yauli (titular o alterno); • Dos (2) representantes de la Asociación de Vivienda Morococha (titular o alterno); • Un (1) representante de la Asociación Civil de los Hijos Nacidos en Morococha (titular o alterno); • Un (1) representante de la Asociación de Morocochanos Residentes en Huancayo y el Valle del Mantaro (titular) y la empresa de transporte “Toro Mocho” S.A.C. (alterno); • Un (1) representante de la Junta de Vecinos Barrio “Alto Perú” y Junta Vecinal Barrio “Yanke Alto” Morococha vieja (alterno); • Un (1) representante de la Asociación de Joven Integral para el Desarrollo del distrito de Morococha (titular) y Asociación de comerciantes del mercado “La paradita” (alterno); • Un (1) representante de la población vulnerable de Morococha (titular o alterno); • Un (1) representante de la Comunidad Campesina de Pucara; • Un (1) representante de niños, niñas y adolecentes en el proceso de diálogo (titular o alterno);