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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2012 (31/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 104

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2012 467326 autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración; Que, el artículo 52º del TUO del Código Tributario, establece que, es competencia de los gobiernos locales, administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias y arbitrios, y por excepción los impuestos que la Ley les asigne; Que, constituye función de la Administración Tributaria Municipal, la lucha contra la evasión y elusión tributaria, debiendo para ello, no sólo estrechar los márgenes de control de cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino también implantar políticas de promoción de la cultura tributaria; Que, forma parte de la política de incentivo al cumplimiento del pago voluntario, la organización de sorteos que favorezcan a los contribuyentes que de manera oportuna cumplen con el pago de los tributos a su cargo; Que, resulta necesario que se establezcan mecanismos que de manera progresiva, logren el incremento del universo de contribuyentes que cumplen de manera oportuna con sus obligaciones tributarias; Que, el Concejo Municipal, es sensible a la necesidad de consolidar las políticas de gestión tributaria, considerando pertinente premiar la actitud positiva de sus contribuyentes puntuales y de esta forma ampliar la base de dichos contribuyentes; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a los Informes favorables de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Tributación Municipal y Dictamen de la Comisión de Planifi cación, Economía y Administración Municipal, contando con el visto bueno de la Gerencia Municipal y Asesoría Legal, con la aprobación unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL SORTEO POR PRONTO PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES AL CUARTO TRIMESTRE DEL 2012 Y CUMPLIMIENTO DE PAGO DE DEUDAS POR TRIBUTOS MUNICIPALES DE AÑOS ANTERIORES AL 2012 Artículo 1º.- APRUÉBESE el Reglamento de “EL SORTEO POR PRONTO PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES AL CUARTO TRIMESTRE DEL 2012 Y CUMPLIMIENTO DE PAGO DE DEUDAS POR TRIBUTOS MUNICIPALES DE AÑOS ANTERIORES AL 2012”; con la fi nalidad de reconocer el cumplimiento oportuno de los vecinos respecto de sus obligaciones tributarias municipales; el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- El costo que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza será afectado al Plan de Incentivo de Promoción Municipal. Artículo 3º.- FACÚLTESE al Despacho de Alcaldía, dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario ofi cial. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 6º.- Déjese sin efecto las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa REGLAMENTO DE ORDENANZA QUE APRUEBA EL SORTEO POR PRONTO PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES AL CUARTO TRIMESTRE DEL 2012 Y CUMPLIMIENTO DE PAGO DE DEUDAS POR TRIBUTOS MUNICIPALES DE AÑOS ANTERIORES AL 2012 Artículo 1º.- El sorteo por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales al cuarto trimestre del 2012 y por el cumplimiento de pago de deudas por tributos municipales de años anteriores a diciembre de 2012, tiene la fi nalidad de reconocer el cumplimiento oportuno de los vecinos respecto de sus obligaciones tributarias municipales. Artículo 2º.- El sorteo se realizará con la información registrada en la base computarizada de contribuyentes de la Administración Tributaria. Se tendrá en cuenta la cancelación de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial y arbitrios municipales al cuarto trimestre del 2012 y de los años anteriores al 2012. Artículo 3º.- Participarán, en el presente sorteo los contribuyentes que se encuentren al día en sus pagos por Impuesto Predial y arbitrios municipales al cuarto trimestre del año 2012 y por concepto de impuesto predial y arbitrios de los años anteriores al 2012. Artículo 4º.- Para efecto del sorteo se tendrá en cuenta los pagos realizados de los contribuyentes personas naturales que se encuentran al día en sus obligaciones tributarias de impuesto predial y arbitrios, pagados hasta el 28 de junio de 2012. Artículo 5º.- No están comprendidos dentro de los alcances del presente reglamento las personas jurídicas. Artículo 6º.- La Comisión ejecutora del sorteo, estará conformada por los siguientes miembros: 1. Gerente Municipal Presidente. 2. Gerente de Administración, Economía y Finanzas Miembro. 3. Gerente de Tributación Municipal Miembro. 4. Regidores integrantes de la Comisión de Administración Veedores. Artículo 7º.- ENCÁRGUESE a la Ofi cina de Cómputo otorgar al 09 de julio de 2012, la información a la Comisión Ejecutora, relacionada a los contribuyentes que hayan cumplido con los lineamientos establecidos en la presente Ordenanza, que participarán en el sorteo. 1. Nombre del Contribuyente. 2. Código de Contribuyente. 3. Domicilio Fiscal. 4. Las demás necesarias que le sean requeridas. Artículo 8º.- Los premios a entregarse, serán los siguientes: 1. Diez (10) ollas arroceras. 2. Cuatro (4) televisores de 32”. 3. Cinco (5) hornos microondas. 4. Tres (03) refrigeradoras. 5. Una (01) lavadora de ropa. Artículo 9º.- El contribuyente que cumpla con las condiciones para el acto del sorteo, participará a través de un cupón que se depositará en el ánfora respectiva. Artículo 10º.- El acto del sorteo contará con la presencia de notario público o representante del Ministerio del Interior, el mismo que dará la conformidad del acto. Artículo 11º.- El acto del sorteo de realizará el 26 de julio de 2012. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primero.- La Ofi cina de Relaciones Públicas se encargará de la difusión constante del presente reglamento, a través de los medios de comunicación que aseguren su mayor difusión en la población de la jurisdicción del distrito San Vicente. Segundo.- Los hechos no previstos en el presente reglamento será resuelto por la Comisión Ejecutora, en instancia única y sin lugar a reclamo a sus decisiones. Tercero.- La vigencia del presente reglamento y ordenanza que lo aprueba, quedará sin efecto después de cumplido su fi nalidad. 794409-2