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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2012 (31/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 96

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2012 467318 Sexta.- Deróguese la Ordenanza N° 272-MSB y sus modifi catorias, así como cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Séptima.- Empadronar a los adiestradores y paseadores de mascotas, debidamente acreditados, con una evaluación psicológica previa. Haciéndoles entrega de un fotocheck y chaleco de identifi cación. Octava.- El plazo de empadronamiento de los paseadores de canes será de tres (03) meses contados a partir de la aprobación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 795268-1 Prorrogan vigencia de lo establecido mediante Ordenanza Nº 482-MSB, sobre Beneficio de Regularización Tributaria a favor de contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2012-MSB-A San Borja, 30 de mayo de 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN BORJA. Vistos, el Informe N° 30-2012-MSB-GR de fecha 25.05.2012 de la Gerencia de Rentas, el Informe N°94- 2012-MSB-/GR/URT de fecha 25.05.2012 de la Unidad de Recaudación Tributaria, el Informe N°292-2012-MSB- GAJ de fecha 29.05.2012 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorandum N°435-2012-MSB-GM de fecha 29.05.2012 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando ésta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en uso de las facultades otorgadas, el Concejo Municipal aprobó la Ordenanza Nº 482-MSB publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 22 de febrero del 2012, sobre Benefi cio de Regularización Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito, con un plazo de vigencia hasta el 29 de febrero del 2012; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 482-MSB, se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la referida ordenanza, así como su prórroga; por lo cual y en uso de las facultades conferidas se prorrogó sucesivamente mediante Decreto de Alcaldía N° 004-2012-MSB-A, Decreto de Alcaldía N° 006-2012-MSB-A y Decreto de Alcaldía N° 010-2012- MSB-A, el plazo de vigencia del Benefi cio Tributario señalado anteriormente, hasta el 31 de mayo del año en curso; Que, siendo política de la actual administración brindar las máximas facilidades a los vecinos del distrito, a fi n que puedan regularizar sus obligaciones tributarias, se considera necesario prorrogar el plazo establecido para la vigencia de la referida ordenanza, lo cual tendrá una incidencia positiva en la recaudación tributaria, según lo sustentado en la documentación del visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto bueno de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio del 2012, el plazo de vigencia establecido en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 482-MSB. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y sus unidades dependientes en lo que les corresponda. Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional y Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, así como su difusión a la Gerencia de Imagen Institucional. Registrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ALVAREZ VARGAS Alcalde 795270-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva en el distrito de San Martín de Porres” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2012/MDSMP San Martín de Porres, 29 de mayo del 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El informe N° 047-2011-GSPYMA/MDSMP de la Gerencia de Servicios Públicos y Medio Ambiente, sobre aprobación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195 de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 80º que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, el artículo 10° del Decreto Legislativo Nº 1065, que modifi ca la Ley Nº 27314 - General de Residuos Sólidos, establece que el rol de las municipalidades es “Implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposición fi nal diferenciada y técnicamente adecuada”; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM que aprueba la Política Nacional del Ambiente establece en el Eje de Política 2: Gestión Integral de la calidad ambiental; componente 4. Residuos Sólidos, como un lineamiento de Política del Sector, el fortalecimiento de la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, publicado el 12 de Enero de 2012 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del nuevo Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal (PI) para el Año Fiscal 2012; Que, en el Instructivo de la Meta: Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 7% de las viviendas urbanas del distrito, se establece en el Paso Nº 4, Procedimientos 1 y 2, la elaboración y