Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2012 (31/05/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 96

467318

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2012

Sexta.- Deroguese la Ordenanza N° 272-MSB y sus modificatorias, asi como cualquier disposicion municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Septima.- Empadronar a los adiestradores y paseadores de mascotas, debidamente acreditados, con una evaluacion psicologica previa. Haciendoles entrega de un fotocheck y chaleco de identificacion. Octava.- El plazo de empadronamiento de los paseadores de canes sera de tres (03) meses contados a partir de la aprobacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 795268-1

Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas y sus unidades dependientes en lo que les corresponda. Articulo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion su publicacion en el MORDAZA Institucional y MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas, asi como su difusion a la Gerencia de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 795270-1

Prorrogan vigencia de mediante Ordenanza sobre Beneficio de Tributaria a favor de del distrito

lo establecido Nº 482-MSB, Regularizacion contribuyentes

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban el "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva en el distrito de San MORDAZA de Porres"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2012/MDSMP San MORDAZA de Porres, 29 de MORDAZA del 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El informe N° 047-2011-GSPYMA/MDSMP de la Gerencia de Servicios Publicos y Medio Ambiente, sobre aprobacion del Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 195 de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, establece en su articulo 80º que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, el articulo 10° del Decreto Legislativo Nº 1065, que modifica la Ley Nº 27314 - General de Residuos Solidos, establece que el rol de las municipalidades es "Implementar progresivamente programas de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada"; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM que aprueba la Politica Nacional del Ambiente establece en el Eje de Politica 2: Gestion Integral de la calidad ambiental; componente 4. Residuos Solidos, como un lineamiento de Politica del Sector, el fortalecimiento de la gestion de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos solidos de ambito municipal, priorizando su aprovechamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, publicado el 12 de Enero de 2012 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del MORDAZA Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal (PI) para el Ano Fiscal 2012; Que, en el Instructivo de la Meta: Implementar un programa de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos domiciliarios en un 7% de las viviendas urbanas del distrito, se establece en el Paso Nº 4, Procedimientos 1 y 2, la elaboracion y

DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2012-MSB-A San MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN BORJA. Vistos, el Informe N° 30-2012-MSB-GR de fecha 25.05.2012 de la Gerencia de Rentas, el Informe N°942012-MSB-/GR/URT de fecha 25.05.2012 de la Unidad de Recaudacion Tributaria, el Informe N°292-2012-MSBGAJ de fecha 29.05.2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum N°435-2012-MSB-GM de fecha 29.05.2012 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, en uso de las facultades otorgadas, el Concejo Municipal aprobo la Ordenanza Nº 482-MSB publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22 de febrero del 2012, sobre Beneficio de Regularizacion Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito, con un plazo de vigencia hasta el 29 de febrero del 2012; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 482-MSB, se faculta al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la referida ordenanza, asi como su prorroga; por lo cual y en uso de las facultades conferidas se prorrogo sucesivamente mediante Decreto de Alcaldia N° 004-2012-MSB-A, Decreto de Alcaldia N° 006-2012-MSB-A y Decreto de Alcaldia N° 010-2012MSB-A, el plazo de vigencia del Beneficio Tributario senalado anteriormente, hasta el 31 de MORDAZA del ano en curso; Que, siendo politica de la actual administracion brindar las maximas facilidades a los vecinos del distrito, a fin que puedan regularizar sus obligaciones tributarias, se considera necesario prorrogar el plazo establecido para la vigencia de la referida ordenanza, lo cual tendra una incidencia positiva en la recaudacion tributaria, segun lo sustentado en la documentacion del visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto MORDAZA de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio del 2012, el plazo de vigencia establecido en el articulo 10º de la Ordenanza Nº 482-MSB.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.