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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2012 467313 Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 031-2012- GATYR/MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Dictamen N° 003-2012-GATYR/MDCH de la Comisión de Rentas de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Constitución Política del Perú, en su artículo 194° modifi cado por La Ley N° 28607 — Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40° de la Ley N° 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el numeral 4 del artículo 200° de la Constitución Política del Estado y La Norma IV del Título Preliminar del Decreto Supremo N° 135-99-EF - Texto Único Ordenado del Código Tributario, el Concejo Municipal cumple su función normativa fundamentalmente a través las ordenanzas las mismas que tienen rango de Ley; Que, el artículo 41° del Texto Único del Código Tributario aprobado mediante el Decreto Supremo N° 135-99- EF, establece la deuda tributaria solo podrá ser condonada por normas expresa con rango de ley. Excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, el artículo 62° del Texto Único del Código Tributario aprobado - Decreto Supremo N° 135-99-EF, establece la facultad de fi scalización de la Administración Tributaria, por lo que es necesario incentivar a los contribuyentes para que en forma voluntaria regularicen la determinación de sus obligaciones tributarias a fi n de que las obligaciones no declaradas oportunamente las pueda efectuar con facilidades de pago; Que, en el Informe N° 031-2012-GATYR/MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas propone se profundice el trabajo de fiscalización tributaria ya que en el distrito de Chaclacayo existe un crecimiento en el desarrollo de construcciones porque es viable esta campaña que beneficiaría a los contribuyentes del distrito de Chaclacayo tener la documentación municipal debidamente registrada y así ser sujetos de crédito de las instituciones financieras para mejorar el nivel de vida y tener un adecuado desarrollo económico; Que, en el Informe N° 096-2012/MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que procede que el Concejo Municipal de Chaclacayo, en base a sus atribuciones establecidas en el inciso 9) del artículo 9° de la Ley Órgánica de Municipalidades, apruebe el proyecto de Ordenanza que Incentiva la Actualización de Declaraciones Tributarias de Predios por los Contribuyentes del Distrito de Chaclacayo; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE INCENTIVA LA ACTUALIZACION DE DECLARACIONES TRIBUTARIAS DE PREDIOS POR LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que Incentiva la Actualización de Declaraciones Tributarias de Predios por los Contribuyentes del Distrito de Chaclacayo, la misma que consta de doce (12) artículos, tres (03) disposiciones fi nales y que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Tecnología de la Información y Comunicaciones el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encárguese a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del texto completo de la presente ordenanza en la Página Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCARCEL CAHEN Alcalde 795095-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Establecen Depósito Municipal para el internamiento de vehículos de transporte de carga pesada y vehículos menores de transportes de pasajeros y carga DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2012-A-MDC Cieneguilla, 18 de Abril de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA: VISTO: La Ordenanza Municipal N° 135-2011-MDC de fecha 14 de Julio de 2011; el Informe N° 050-2012-GAFC- MDC de fecha 13 de Abril de 2012 de la Gerencia de Administración, Finanzas y Contabilidad y el Informe N° 126-2012-GAJ-MDC de fecha 18 de abril de 2012 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades cuentan con autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza N° 135-2011-MDC, de fecha 14 de julio de 2011, se aprobó el “Reglamento de Servicios de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores“, con el objeto de regular los aspectos administrativos y técnicos que norman la prestación del servicio público especial y de carga en vehículos menores, dentro del distrito de Cieneguilla, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades y conforme a lo dispuesto por el inciso a) numeral 18.1 del artículo 18º de la Ley N° 27181 y el Decreto Supremo Nº 055-2010- MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados y en todo lo previsto en la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, debido al incumplimiento de la Ordenanza Nº 116-2010-MDC la cual restringe el tránsito de vehículos de transporte de carga pesada (desmontes, material no metálico: arena gruesa, arena fi na, hormigón, piedra chancada, residuos orgánicos, sólidos, líquidos, gaseosos nocivos a la salud y medio ambiente, así como basura y malezas) provenientes de otras jurisdicciones y del propio distrito de Cieneguilla, se han venido imponiendo Resoluciones de Sanción Administrativa así como Papeletas de Infracción a los vehículos menores (mototaxis) al amparo de la Ordenanza 135-2011/MDC y su modifi catoria Ordenanza 146-2011-MDC y de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 140-2011-MDC Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA) de la Municipalidad de Cieneguilla; Que, es responsabilidad del gobierno municipal de la jurisdicción velar por el cumplimiento de sus disposiciones emitidas, así como también velar por el interés social, la seguridad e integridad física de los ciudadanos, controlar y