Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2012 (31/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

467311

08 de marzo de 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, que resuelve aprobar la Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada del Programa de Vivienda "Las Alamedas de MORDAZA Rosa", para Uso Residencial de Densidad Media-R4, del terreno de 16,500.00 m², constituido por la Parcela Nº 10219 del Ex Fundo MORDAZA MORDAZA, del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, conforme al Plano de Lotizacion Nº 016-2010-SGCyHU-GDU/MDSMP y la Memoria Descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a la empresa INVERSIONES Y CONSTRUCTORA MORDAZA SRL- INVERDIANA; y a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, para su conocimiento y fines. Articulo 3º.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 4º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA 794419-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban solicitud de desafectacion de uso de suelo de area parcial de terreno ubicado en el Asentamiento Humano "Horacio MORDAZA Gamez"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 013 Ate, 24 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de MORDAZA del 2012, el Dictamen Nº 008-2012-MDA/CDUIP de la Comision de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Publica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece que, "Los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia". La autonomia que la Constitucion Politica del Peru senala para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Articulo 7º de la Ordenanza Nº 296-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA prescribe que es funcion irrenunciable de las municipalidades procurar, conservar y administrar los bienes de uso publico local. Los bienes de uso publico local son inalienables, imprescriptibles e inembargables; Que, el articulo 27º de la Ordenanza Nº 296-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, senala que mediante la desafectacion cesa el uso publico de un bien sin que ello implique el cambio de titularidad de la propiedad del mismo; las desafectaciones podran ser totales o parciales y podran disponerse indistintamente sobre el suelo, subsuelo o el sobresuelo; Que, el articulo 29º de la Ordenanza Nº 296-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, modificado por Ordenanza Nº 786/MML de fecha 09 de junio de 2005, establece que las desafectaciones, en todos los casos, inclusive las de bienes de uso publico cuyos titulares MORDAZA las municipalidades distritales, se aprueban mediante Ordenanza expedida por el Concejo Metropolitano de MORDAZA, con los dictamenes favorables de las comisiones

de Desarrollo MORDAZA y de Asuntos Legales del Concejo Metropolitano, y previa opinion de la Municipalidad Distrital donde se ubique el bien en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario de recibido el requerimiento y, en su caso, de la absolucion y atencion de las observaciones planteadas directamente por los vecinos que se consideren afectados. De no recibir la opinion requerida en el termino establecido, se considerara el mismo como favorable para la continuacion del tramite; Que, mediante Oficio Nº 1729-2011-MML-GDUSPHU, (Documento Nº 45233-11-MDA) la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha solicitado de conformidad con lo senalado en la Ordenanza Nº 296-MML, Articulo 29º y su modificatoria Ordenanza Nº 786-MML, opinion de esta Municipalidad respecto a la Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda del area de terreno de 160.00 m² correspondiente al Lote 13 de la Manzana "B" y 151.85 m² correspondiente al Lote 14 de la Manzana "C" que forman parte del area mayor de 1,379.80 m² calificado con el uso de AREA DEPORTIVA, ubicado en la Mz "F" Lote 01 del AA.HH. MORDAZA MORDAZA Gamez, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 30-2012-MDA/GDUSGPUC la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro senala que el Asentamiento Humano "Horacio MORDAZA Grupo M, cuenta con Plano de Trazado y Lotizacion Nº 482-COFOPRI-2011-GDRP y el Predio materia de desafectacion se encuentra inscrito en los Registros Publicos con Partida Nº P02208565, como area deportiva y posee un area de 1,379.80 m2. Asimismo, el lote 13 de la Mz. B de 160 m2 y lote 14 de la Mz. C de 151.85 m2 estan incluidos en el Plano Visado Nº 21310-SGPUC-GDU/MDA aprobado con Resolucion de Sub Gerencia Nº 618-10-MDA para la obtencion de Servicios Basicos conforme a la Ordenanza Nº 216-06-MML; Que, mediante Informe Nº 048-2011-MDA/GDUSGPUC-JAVH y el Informe Nº 030-2012-MDA-GDUSGPUC la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, luego de haber evaluado tecnicamente el requerimiento formulado para la Desafectacion de Uso de Suelo, opina que ES PROCEDENTE la desafectacion solicitada; por cuanto dicha area es un Bien de Uso Publico, que puede ser desafectada por la perdida parcial de la naturaleza que justifico su inclusion en esa categoria de bienes; es decir pierde la condicion parcial a la categoria de Area Deportiva que fue asignada por COFOPRI; Que, mediante Informe Nº 061-2012-MDA/GAJ la Gerencia de Asesoria Juridica, es de la opinion que se remitan los actuados a la Comision de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Publica del Concejo Municipal, con la finalidad de que sea evaluada la propuesta de Desafectacion presentada por la Administrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y posteriormente se emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, en observancia de las consideraciones tecnicas senaladas por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, y el Informe legal, disponiendose ademas la remision de los actuados a la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, de acuerdo al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 296/MML, modificada por Ordenanza Nº 786/MML; Que, mediante Informe Nº 020-2012-MDA/GDUSGPUC-JAVH el Area Tecnica de la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, emite Informe ampliatorio con respecto al Informe Nº 048-2012-MDA-GDU/SGPUC/ JAVH, en cumplimiento al Proveido Nº 086-2012 de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, referente a la totalidad de areas a desafectar y ubicacion del: Lote 13 Mz. "B", Lote 14 Mz. "C", Area MORDAZA y Area de Vias (Jr. 15 de mayo); siendo que la distribucion se MORDAZA en el lote de area deportiva de 1,379.80 m² que se encuentran distribuidos en el Lote 13 Mz. B, a desafectar area 160.00m², Lote 14 Mz. C a desafectar Area 151.85 m²; remanente de Area MORDAZA Area 220.03 m²; Remanente de Area de Circulacion 312.27 m²; Remanente de Area Deportiva Area 535.85 m²; Que, mediante Dictamen Nº 008-2012-MDA/CDUIP de la Comision de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Publica, recomienda, aprobar mediante Acuerdo de Concejo la Desafectacion de Uso de Suelo de un area parcial de 844.15 m² del area del terreno total de 1,379.80 m²; siendo las areas a desafectar: de 160.00 m² correspondiente al Lote 13 de la Mz. "B"; 151.85 m² correspondiente al Lote 14 de la Mz. "C"; 220.03 m² de un

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