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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2012 467237 Desembarque en el Ámbito Marítimo”, hasta el 15 de octubre de 2012. Artículo 2º.- Delegar en el Viceministro de Pesquería del Ministerio de la Producción, la facultad para suscribir en representación del Ministerio de la Producción, las adendas con las empresas SGS del Perú S.A.C., y Certifi caciones del Perú S.A. (CERPER), para ampliar la vigencia de los convenios para la ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, hasta el 15 de octubre de 2012. Artículo 3º.- Autorizar a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia (DIGSECOVI) a suscribir las adendas de los Convenios de Fiel y Cabal Cumplimiento del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, conforme al modelo aprobado por Resolución Ministerial Nº 104-2011- PRODUCE, con los titulares de licencia de operación para establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano indirecto y consumo humano directo y con plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos incluidos en los listados publicados en las Resoluciones Ministeriales Nº 591-2008-PRODUCE y Nº 169-2010-PRODUCE, para cuyo caso se considera un plazo de vigencia hasta el 15 de octubre de 2012. Artículo 4º.- Como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución, el plazo de vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, cuyo modelo fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 104-2011-PRODUCE, suscritos por las empresas ejecutoras del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” y los establecimientos industriales pesqueros, para consumo humano indirecto, consumo humano directo, las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos incluidos en los listados publicados en las Resoluciones Ministeriales Nº 591-2008-PRODUCE y Nº 169-2010-PRODUCE, podrán ser modifi cados, considerando como fecha límite el 15 de octubre de 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 795427-1 SALUD Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Santa Rosa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 414-2012/MINSA Lima, 28 de mayo del 2012 Visto, el Expediente Nº 12-037470-001, que contiene el Ofi cio Nº 015-2012-SA-DS-HSR-OEPE, que contiene a su vez los Informes Nºs. 001-2012-SA-DS-HSR-OEPE y 022- 2012-DG-HSR-OAJ, del Hospital Santa Rosa, y el Informe Nº 0091-2012-OGPP-OO/MINSA, de la Ofi cina General Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1022-2007/ MINSA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Santa Rosa; Que, con Resolución Ministerial Nº 295-2011/MINSA, se aprobó la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Santa Rosa y mediante Resolución Directoral Nº 0212-2011-SA-DS-HSR-OEPE/DG, se aprobó su reordenamiento de cargos; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 595- 2008/MINSA y sus modifi catorias, se aprobó el Manual de Clasifi cación de Cargos del Ministerio de Salud; Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, precisando en su artículo 11º los criterios y disposiciones que deben seguir las Entidades en la elaboración del mencionado documento de gestión; Que, mediante Ley Nº 28498, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los profesionales de la salud no médicos cirujanos a nivel nacional que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, se encuentren prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad; Que, con Ley Nº 28560, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, se encuentren prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad, precisándose a través de la Ley Nº 28744, que el cumplimiento de aquella es por nombramiento directo de quienes ocupan las plazas a la fecha de su publicación de la referida Ley; Que, por Ley Nº 29682, se autorizó el nombramiento de los médicos cirujanos a nivel nacional -en forma progresiva, por concurso de méritos y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal-, que se encuentran prestando servicios en la condición de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema pobreza, durante dos años continuos o cuatro años no consecutivos como mínimo; Que, los literales c) y d) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establecen excepciones a las medidas de austeridad en materia del personal dispuestas por dicha norma legal, referidas al nombramiento bajo el ámbito de las Leyes Nºs. 28498, 28560 y 29682; Que, con Decreto Supremo Nº 003-2012-SA, se establecen los lineamientos para el proceso de nombramiento de personal correspondiente al año 2012, en el marco de lo establecido en las Leyes Nºs. 28498 y 28560; Que, con Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA y sus modifi catorias, se aprobó la Directiva Administrativa Nº 007-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, la cual señala en el literal c) del numeral 5.3.7 del acápite V. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS, que en el caso de los Institutos Especializados, las Direcciones de Salud y sus órganos desconcentrados, los proyectos de Cuadro para Asignación de Personal se aprueba mediante Resolución Ministerial, previo informe de la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 120-2011/ MINSA, se aprobó la Directiva Administrativa Nº 172- MINSA/OGPP-V.01 “Directiva Administrativa para la adecuación de los Cuadros para Asignación de Personal al Manual de Clasifi cación de Cargos del Ministerio de Salud”; Que, a través del Ofi cio Nº 015-2012-SA-DS-HSR- OEPE, el Hospital de Santa Rosa remitió a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud para aprobación, su proyecto de Cuadro para Asignación de Personal, sustentado en los Informes Nºs. 001-2012-SA-DS-HSR-OEPE y 022-2012-DG-HSR-OAJ; Que, con Informe Nº 0091-2012-OGPP-OO/MINSA, la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General Planeamiento y Presupuesto emitió opinión técnica favorable a la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Santa Rosa; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Santa Rosa; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, en la Directiva Administrativa Nº 007-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA y sus modifi catorias, así como en el numeral l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;