Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2012 (09/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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tecnologico en el MORDAZA de las telecomunicaciones", donde se analizan procedimientos y monitoreo de trafico de flujos de datos; Que, la participacion en esta reunion, permitira al INICTEL-UNI seguir manteniendo su presencia internacional por su activa participacion y contribucion del desarrollo de RedCLARA. Asimismo adquirir nuevos conocimientos que seran de utilidad en el beneficio de las actividades propuestas en el Plan Operativo 2012; Que, el plan de trabajo del GT-Movilidad guardan relacion con las actividades programadas en el Area de Conmutacion y Transmision (DIDT-ACT) en la Tarea 1: "Despliegue de una red piloto con servicio de movilidad en el INICTEL-UNI" de la actividad "Implementacion de Servicios de Nueva Generacion" del Producto: "Desarrollo tecnologico en el MORDAZA de las telecomunicaciones", en donde se configura e implementa los mecanismos de autenticacion y componentes de acceso de infraestructura MORDAZA en la red del INICTEL-UNI; Que, por Proveido Nº 1311-2012-INICTEL-UNI-OPP de 16 de octubre de 2012, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de INICTEL-UNI, otorga la disponibilidad presupuestal de S/. 1,087.00 en la Meta 21 Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, mediante Memorando Nº 231-2012-INICTELUNI-DE-SG de 16.10.12, se transcribe el ACUERDO Nº 001.021.2012 del Consejo Directivo del INICTEL-UNI que autoriza, la participacion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la Reunion Tecnica de RedCLARA del MORDAZA semestre del 2012, a realizarse en MORDAZA ­ Ecuador del 12 al 16 de noviembre de 2012 con un costo de S/. 1 087,00 nuevos soles; Que, la participacion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA permitira cumplir con el Plan Estrategico Institucional, por lo que dicha participacion corresponde a una Comision de Servicios, que por irrogar gastos al Estado debe ser aprobada mediante una Resolucion Rectoral; Que, la Directiva Nº 006-2009-INICTEL-UNI-DE "Procedimientos para la Programacion, autorizacion y rendicion de cuentas por viajes en Comision de Servicios del INICTEL-UNI, senala en su numeral 6.2.2 que las comisiones del servicio al exterior que irroguen gastos al presupuesto del INICTEL-UNI, seran autorizadas por Resolucion del Titular del Pliego y se publicaran en el diario oficial "El Peruano", MORDAZA del inicio de la comision de servicios; De conformidad con lo previsto en el articulo 52º literales c) y m) del Estatuto de la Universidad Nacional de la Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, en via de excepcion, el viaje en Comision de Servicios, en Mision Oficial del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Conmutacion y Transmision de la Direccion de Investigacion y Desarrollo Tecnologico del INICTEL-UNI, a la MORDAZA de MORDAZA Ecuador, del 11 al 16 de noviembre de 2012. Articulo Segundo.- Otorgar a Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el monto de S/. 1 087,00, para sufragar los gastos por concepto de viaticos y asignaciones por comision de servicios, que irrogue su participacion en el evento de la Reunion Tecnica de RedCLARA/ALICE2. Articulo Tercero.- Los gastos senalados en el articulo anterior seran financiados a traves de los Recursos Ordinarios (Meta 21) de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI. Articulo Cuarto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentara el informe detallando las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, se presentaran, la rendicion de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Articulo Quinto.- Disponer que la Oficina Central de Logistica publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo establecido por el articulo 3º de la Ley Nº 27619, con cargo a los Recursos Ordinarios del INICTEL-UN Articulo Sexto.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 863920-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Disponen inscripcion de la Asociacion Transparencia Gubernamental en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION N° 994-2012-JNE Expediente Nº J-2012-01171 MORDAZA, treinta y uno de octubre de dos mil doce VISTA la solicitud de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carreno, representante legal de la Asociacion Transparencia Gubernamental. ANTECEDENTES MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carreno, representante legal de la Asociacion Transparencia Gubernamental solicito se otorgue la inscripcion de su representada en el Registro Electoral de Encuestadoras, para lo cual, de conformidad con el articulo 6 del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, aprobado por Resolucion Nº 50112010-JNE (en adelante, Reglamento), se presento la documentacion acreditando a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carreno, licenciado en Economia, y su MORDAZA de habilitacion en el Colegio de Economistas de MORDAZA, en el que esta inscrito con el codigo Nº 08013. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los numerales 1 y 3 del articulo 178 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 5.g de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, este organo constitucional tiene la funcion de fiscalizar la legalidad del MORDAZA electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el articulo 18 de la Ley Nº 27369, Ley que modifica la Ley Organica de Elecciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras, regula los requisitos y procedimientos de inscripcion. Asimismo, establece que solo podran publicarse encuestas de personas naturales o juridicas que cuenten con inscripcion vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, en el Reglamento se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripcion de las personas juridicas o naturales que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intencion de MORDAZA, asi como lo referente a la publicacion, difusion y al procedimiento de sancion por la infraccion de estas normas. El articulo 6 del Reglamento establece que con la solicitud de inscripcion debe presentarse lo siguiente: a) nombre o razon social de la encuestadora; b) MORDAZA del documento nacional de identidad del solicitante; c) testimonio de la escritura publica de constitucion social de la empresa inscrita en los Registros Publicos, en el que conste, como parte del objeto social, la realizacion de encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intencion de voto; d) domicilio del representante y del establecimiento donde funcione la encuestadora; e) pago de la tasa correspondiente; y f) acreditacion de un profesional colegiado en Economia o especialista en Estadistica, para llevar a cabo las encuestas, de conformidad con el literal c del articulo 1 de la Ley Nº 15488, Ley del Economista, modificada por la Ley Nº 25431. Asimismo, el item 10.87 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado por Resolucion Nº 038-2009JNE, exige que se presente un compromiso de pago de publicacion de la resolucion de inscripcion. 3. De lo MORDAZA expuesto, dado que se ha cumplido con presentar los requisitos senalados en el Reglamento, acreditando a un profesional calificado, presentado el recibo por el pago de la tasa correspondiente y

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