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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de noviembre de 2012 478296 la mesa correspondiente a propiedad intelectual, la misma que versará sobre temas de recursos genéticos y conocimientos tradicionales; Que atendiendo a lo expuesto, se considera necesaria la participación de la señora Silvia Yesenia Solis Iparraguirre, Secretaria Técnica de la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN) del INDECOPI, del 5 al 7 de noviembre de 2012, a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, para dotar de respaldo técnico a la posición peruana en la Mesa de Trabajo de Propiedad Intelectual, lo que resulta de interés nacional e institucional, al tratarse de un viaje de representación que se realiza en el marco de la negociación de un acuerdo comercial; Que al tomar en cuenta que la señora Solis se encontrará en la ciudad de Bangkok durante los días previos a la Ronda Intersesional y, atendiendo a que el uso del boleto aéreo fi nanciado por el APEC representaría una considerable reducción de costos y tiempo de traslado, en caso pueda permanecer en la señalada ciudad, se estima necesaria su permanencia hasta la culminación de la Ronda Intersesional; Que los gastos que generen la permanencia y participación de la mencionada representante en la Ronda Intersesional referida serán asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012; y, el inciso g) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Silvia Yesenia Solis Iparraguirre, Secretaria Técnica de la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías y del señor Sergio Gilberto Rodríguez Soria, Sub Director de la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN) del INDECOPI, del 27 de octubre al 2 de noviembre de 2012, a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y de conformidad con el ordenamiento vigente. Artículo 2º.- Autorizar la permanencia de la señora Silvia Yesenia Solis Iparraguirre, Secretaria Técnica de la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN) del INDECOPI, del 2 al 8 de noviembre de 2012, en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y de conformidad con el ordenamiento vigente. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, correspondiente exclusivamente a la permanencia de la señora Solis en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y Apellidos Pasajes US$ (*) Viáticos por día US$ Número de días (**) Total Viáticos US$ Total US$ Silvia Yesenia Solis Iparraguirre 0 220 4+3 1.540 1.540 Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los participantes deberán presentar al INDECOPI un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 862994-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 249-2012/SUNAT Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia N° 249-2012/SUNAT3, publicada en la edición del 30 de octubre de 2012 en las páginas 477624 a 477627. En el artículo 10° DICE: Artículo 10º.- MODIFICACIÓN DEL ANEXO 2 DE LA RESOLUCIÓN Sustitúyase la defi nición de los numerales 7 y 16 del Anexo 2 de la Resolución, así como el numeral 19 de dicho anexo e incorpórese los numerales 20, 21 y 22 al citado anexo, de acuerdo a lo siguiente: (...) DEFINICIÓN DESCRIPCIÓN PORCENTAJE 22 Oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV En esta defi nición se incluye lo siguiente: a) Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 7108.11.00.00 y 7108.12.00.00. b) La venta de bienes prevista en el inciso a) del numeral 13.1 del artículo 13º de la Ley Nº 27037 - Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, y sus normas modifi catorias y complementarias, respecto de: b.1) Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 7108.11.00.00/ 7108.20.00.00. b.2) Sólo la amalgama de oro comprendida en la subpartida nacional 2843.90.00.00. b.3) Sólo los desperdicios y desechos de oro, comprendidos en la subpartida nacional 7112.91.00.00. b.4) Sólo el mineral metalífero y sus concentrados, escorias y cenizas comprendidos en las subpartidas nacionales del Capítulo 26 de la Sección V del Arancel de Aduanas aprobado por el Decreto Supremo Nº 238-2011-EF, incluso cuando se presenten en conjunto con otros minerales o cuando hayan sido objeto de un proceso de chancado y/o molienda. 5% (...) DEBE DECIR: Artículo 10º.- MODIFICACIÓN DEL ANEXO 2 DE LA RESOLUCIÓN Sustitúyase la defi nición de los numerales 7 y 16 del Anexo 2 de la Resolución, así como el numeral 19 de dicho anexo e incorpórese los numerales 20, 21 y 22 al citado anexo, de acuerdo a lo siguiente: (...)