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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (09/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 93

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de noviembre de 2012 478295 los costos unitarios, considerar los costos reportados por Cálidda; Que, al respecto, OSINERGMIN resolvió el recurso de reconsideración de Cálidda con Resolución OSINERGMIN N° 141-2012-OS/CD (en adelante “Resolución 141”), aceptando parcialmente el extremo referido, indicando que resultaba necesario establecer los costos unitarios adicionales en un proceso complementario. Dicho proceso culminó con la publicación de la Resolución OSINERGMIN N° 172-2012-OS/CD, que aprobó los costos unitarios adicionales de inversión de la TUD; Que, adicionalmente, la Resolución 141 declaró fundado, los siguientes aspectos: i) el extremo que solicita considerar los valores de la base tarifaria para el año 2013, reconociendo la inversión proyectada; ii) el extremo que solicita la corrección del error de aplicación del Alpha (Į1) para el cálculo del FA; y iii) el extremo que solicita corregir los valores base de los costos anuales de inversión; Que, el Artículo 8 de la Resolución 141 dispuso que una vez culminado el proceso de aprobación de los costos unitarios adicionales se procederá con la determinación de los Factores FA1, FA2 y FAT, que incorpore dichos costos unitarios y los extremos declarados fundados en la indicada resolución. En ese mismo sentido, el Artículo 2 de la Resolución OSINERGMIN N° 172-2012-OS/CD, dispuso que los valores aprobados de los costos unitarios se consideren en el Procedimiento de Reajuste de la TUD; Que, por lo expuesto, resulta necesario consignar las modifi caciones a los Factores de Ajuste de la Tarifa Única de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la concesión de Lima y Callao, como consecuencia de lo resuelto sobre el recurso de reconsideración contra la Resolución OSINERGMIN N° 091-2012-OS/CD y el resultado del proceso de aprobación de los costos unitarios adicionales de inversión; Que, fi nalmente, se han expedido los informes N° 513- 2012-GART y N° 514-2012-GART de la División de Gas Natural y de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, respectivamente, los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3º, numeral 4, de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifíquese los Artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución OSINERGMIN N° 091-2012-OS/CD, conforme al siguiente texto: “Artículo 1°.- Aprobar el factor FA1 en 0,7952.” “Artículo 2°.- Aprobar el factor FA2 en 0,8985.” “Artículo 3°.- Aprobar el factor FAT en 0,8912.” Artículo 2°.- Incorpórese los Informes N° 513-2012- GARTy N° 514-2012-GART, como parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano. Igualmente deberá ser publicada y consignada junto con los Informes a que se refi ere el artículo precedente en la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 863482-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Autorizan viaje de representantes del INDECOPI al Reino Unido de Tailandia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 165-2012-INDECOPI/COD Lima, 26 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, del 29 al 31 de octubre de 2012, se realizará en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, el evento denominado “Formación para capacitadores en temas de Propiedad Intelectual: Gestión y Comercialización”, organizado por el Foro de Cooperación Económica Asia- Pacífi co (APEC); Que el evento tiene por fi nalidad coordinar la gestión actual de la propiedad intelectual y los programas de comercialización con las demás economías miembros de APEC, con el objeto de mejorar su efi cacia y desarrollar en cada economía programas de alto nivel Que el evento, dirigido a mejorar la creación de capacidades de los representantes de las economías miembros de APEC para la gestión y comercialización de la propiedad intelectual, constituye una secuela del evento realizado en el año 2011, denominado “Mejora de la creación de capacidad de APEC para la protección de la propiedad intelectual y su utilización: formación de formadores”, cuyo contenido comprendió una amplia gama de aspectos sobre propiedad intelectual; Que, atendiendo a lo expuesto y considerando que durante el año 2012, la Alta Dirección de la institución aprobó la creación de la Subdirección de Soporte a la Innovación, que tendrá a su cargo articular y fortalecer los vínculos entre los actores de la innovación y los sistemas de propiedad intelectual administrados por la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN), a fi n de mejorar las cifras de patentes nacionales y consolidar la cultura de protección de los productos de la innovación y la protección de los desarrollos tecnológicos en el país, se estima conveniente la participación de la señora Silvia Yesenia Solis Iparraguirre, Secretaria Técnica y del señor Sergio Gilberto Rodríguez Soria, Sub Director, ambos de la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN) del Instituto Nacional de Defensa de Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual –INDECOPI; Que los gastos que genere la participación de los representantes del INDECOPI serán asumidos por el APEC; Que, por otro lado, del 5 al 7 de noviembre de 2012 se llevará a cabo en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, la Ronda Intersesional a realizarse en el marco de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio Perú- Tailandia; Que el titular del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante Facsímil Circular Nº 063-2012-MINCETUR/ VMCE, ha puesto en conocimiento de nuestro instituto, la próxima realización del evento antes citado, a efectos de que se decida la acreditación de representantes que participen en la referida ronda, en