Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2012 (10/11/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

478348

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2012

Articulo 2.- Fijar con eficacia anticipada al 31 de diciembre de 2011, la cuota de exportacion de llamas correspondiente al ano 2012, en 100 (cien) ejemplares como MORDAZA, considerandose los topes por especie, raza y color segun lo detallado a continuacion: Cuota de Llamas Raza Chaqu o Lanuda: Color entero Manchado* Raza K'ara o Pelada: Color entero Manchado* Limite MORDAZA Hasta Hasta Hasta Hasta 100 Ejemplares 50 ejemplares 25 ejemplares 50 ejemplares 25 ejemplares

AMBIENTE
Aprueban Cuadro de Tipificacion de Infracciones Ambientales y Escala de Multas y Sanciones aplicables a la Gran y Mediana Mineria respecto de Labores de Explotacion, Beneficio, Transporte y Almacenamiento de Concentrados de Minerales
DECRETO SUPREMO N° 007-2012-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1013, se creo el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de la fiscalizacion, la supervision, el control y la sancion en materia ambiental; Que, de conformidad con el Literal b) del Numeral 1 de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, corresponde al OEFA ejercer la potestad sancionadora en el ambito de sus competencias, aplicando las sanciones de amonestacion, multa, comiso, inmovilizacion, clausura o suspension, por las infracciones que MORDAZA determinadas y de acuerdo al procedimiento que se apruebe para tal efecto; Que, a traves de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislacion ambiental por parte de todas las personas naturales o juridicas, asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, agil y eficiente; Que, la Primera Disposicion Complementaria Final de la precita ley, dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por los Sectores involucrados, se estableceran las entidades cuyas funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, control y sancion en materia ambiental seran asumidas por el OEFA, asi como el cronograma para la transferencia del acervo documentario, personal, bienes y recursos, de cada una de las entidades; Que, con Decreto Supremo Nº 001-2010-MINAM se aprobo el inicio del MORDAZA de transferencia de las funciones de supervision, fiscalizacion y sancion en materia ambiental del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN al OEFA, transferencia que en materia de mineria se formalizo mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 003-2010-OEFA/CD, que establecio el 22 de MORDAZA de 2010, como fecha en que el OEFA asume las funciones de supervision, fiscalizacion y sancion en materia minero ambiental; Que, teniendo en cuenta que, a la fecha, las sanciones aplicables por infracciones ambientales derivadas del incumplimiento de la normativa relativa a las labores de explotacion, beneficio, transporte y almacenamiento de concentrados de minerales en la gran y mediana mineria se rigen por la Escala de Multas y Penalidades, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 353-2000-EM-VMM, asi como por otras disposiciones aplicables, resulta necesario contar con una MORDAZA actualizada en dicha materia; Que, al respecto, el Articulo 17º de la Ley Nº 29325 senala que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro del Ambiente y en via reglamentaria, se tipifican las conductas sancionables administrativamente por infracciones ambientales previstas en la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, y demas normas sobre la materia; Que, asimismo, el Numeral 19.2 del Articulo 19º de la mencionada Ley establece que el Ministerio del Ambiente, a propuesta del OEFA, aprobara la escala donde se estableceran las sanciones aplicables para cada MORDAZA de infraccion, tomando como base las sanciones establecidas en el Articulo 136º de la Ley General del Ambiente;

* La categoria "Manchado" formara parte de la cuota "color entero". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura

863829-1

Encargan la representacion del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA - SERFOR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0428-2012-AG
MORDAZA, 08 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 13º de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA se creo el Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA ­ SERFOR, como organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Agricultura, con personeria juridica de derecho publico interno; Que, asimismo determina la citada MORDAZA que el SERFOR es el ente rector del Sistema Nacional de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA ­ SINAFOR, y se constituye en su autoridad tecnico-normativa a nivel nacional, con atribuciones para dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados a su ambito; Que, el articulo 15º de la mencionada ley establece que el Consejo Directivo es el MORDAZA organo del SERFOR, el cual esta integrado por doce (12) representantes, uno de los cuales es del Ministerio de Agricultura, quien lo presidira; Que, en ese sentido, es necesario encargar la representacion del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA ­ SERFOR; De conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Encargar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA Schwartz Arias; Director de la Direccion de Promocion Forestal y de Fauna MORDAZA de la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre; la representacion del Ministerio de Agricultura, ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA ­ SERFOR, quien lo presidira. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura

864427-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.