Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2012 (10/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES
Hasta 114 UIT SPLC

478353
GRAVE

4.9

No ejecutan medidas de tratamiento de Articulo 35 RLCM. residuos que se generen con independencia del desarrollo de las actividades mineras durante la interrupcion de la ejecucion del plan de cierre de minas. OBLIGACIONES RELATIVAS A PASIVOS AMBIENTALES No contar con las autorizaciones o servidumbres Articulo necesarias para la ejecucion del Plan de Cierre RPAAM de Pasivos Ambientales Mineros. En el caso de terceros concesionarios, no Articulo cumplir con la obligacion de permitir que, dentro RPAAM de su concesion, se ejecuten las medidas necesarias para la remediacion de las areas con pasivos ambientales, salvo que asuma la responsabilidad de cierre de las mismas. 32° del

5 5.1

Hasta 1100 UIT

-

GRAVE

5.2

32°

del

Hasta 3300 UIT

-

GRAVE

5.3

Incumplir con la MORDAZA y ejecucion Articulos 14º 28°, 31, del Plan de Cierre de pasivos ambientales, 43° y 45° del RPAAM incluidas las medidas de post - cierre senaladas en dicho plan. En el caso de los generadores de pasivos Articulos 12° Y 28° ambientales, no proceder a la remediacion a del RPAAM traves de las modalidades establecidas. Incumplir con la adopcion inmediata de alguna Articulo de las medidas incorporadas en el Plan de RPAAM Cierre o de las medidas complementarias especiales de remediacion que considere necesarias la autoridad competente. Modificar el Plan de Cierre de Pasivos Articulo Ambientales Mineros sin la aprobacion RPAAM correspondiente, y sin la existencia de circunstancias sobrevinientes de caracter excepcional que afecten de manera sustantiva las condiciones bajo las cuales fue aprobado dicho Plan. No establecer ni ejecutar las medidas que Articulo resulten necesarias en el Plan de Cierre de RPAAM Pasivos Ambientales Mineros, en caso de efectuar el traslado de materiales hacia otro lugar. No cumplir con la MORDAZA ante el OEFA Articulo del informe semestral de avance de las labores RPAAM de remediacion senaladas en el Plan de Cierre aprobado y con informacion detallada respecto de la ejecucion de las medidas comprometidas para el semestre inmediato siguiente, en la forma y plazos previstos. No presentar los informes semestrales luego Articulo del cese de operaciones hasta la obtencion del RPAAM Certificado de Cierre Final. OBLIGACIONES REFERIDAS AL CUMPLIMIENTO DE LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES EMISIONES Exceder los niveles maximos permisibles Articulo 7° de los LMP establecidos en disposiciones legales vigentes - Em y Articulo 32º de sobre calidad de aire, respecto de parametros la LGA no regulados en la R.M. N° 315-96-EM/VMM No mantener la emision de material particulado Articulos 32º y 117º de o gases, dentro del limite MORDAZA permisible la LGA establecido. Articulo 5º del RPAAMM Articulos 2°, 3°, 4°, 5° y 6º de la LMP-Em No contar con puntos de control en las MORDAZA de emision, aprobados por la autoridad competente, ni con las estaciones de monitoreo aprobadas a fin de determinar la cantidad y concentracion de cada uno de los parametros establecidos en el instrumento de gestion ambiental. Eliminar o modificar puntos de control o estaciones de monitoreo u otros establecidos en el instrumento de gestion ambiental, sin contar con la aprobacion por la autoridad competente. Articulo 8º de la LMPEm Articulo 6º del RPAAMM Articulo 32º de la LGA Articulo 10º de la LMP-Em Articulo 6º del RPAAMM Articulo 32º de la LGA 35º del

Hasta 10000 UIT

-

MUY GRAVE

5.4

Hasta 10000 UIT

-

MUY GRAVE

5.5

Hasta 10000 UIT

-

MUY GRAVE

5.6

39º

del

Hasta 1100 UIT

-

GRAVE

5.7

42º

del

Hasta 3300 UIT

-

GRAVE

5.8

44º

del

Hasta 20 UIT

-

LEVE

5.9

44º

del

Hasta 20 UIT

-

LEVE

6

6.1 6.1.1

Hasta 10000 UIT

PA/SPLC

MUY GRAVE

6.1.2

Hasta 10000 UIT

PA/RA/SPLC

MUY GRAVE

6.1.3

Hasta 410 UIT

PA/RA

GRAVE

6.1.4

Hasta 50 UIT

-

LEVE

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