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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de noviembre de 2012 478356 7.2.17 No cumplir con los requisitos y las condiciones exigidas para el almacenamiento central de residuos peligrosos, en instalaciones productivas u otras. Artículo 40 RLGRS Hasta 3000 UIT PA/RA GRAVE 7.2.18 No cumplir con las condiciones para el almacenamiento de residuos peligrosos en unidades productivas. Artículo 41 RLGRS. Hasta 3000 UIT PA/RA GRAVE 7.2.19 No utilizar la incineración como última alternativa al tratamiento de residuos, ni cumplir con las características mínimas en el sistema de incineración. Artículo 48 RLGRS. Hasta 1000 UIT PA/RA GRAVE 7.2.20 No aplicar estrategias de minimización o aprovechamiento conforme a su plan de manejo de residuos, antes, durante y después del proceso productivo. Artículos 54 y 60 RLGRS. Hasta 1000 UIT - GRAVE 7.2.21 No realizar el tratamiento de residuos en instalaciones centralizadas siendo ello mandatorio por razones legales, técnicas, económicas o ambientales. Artículo 78 RLGRS. Hasta 3000 UIT PA/RA GRAVE 7.2.22 No cumplir con la disposición fi nal de residuos bajo los métodos de relleno sanitario o relleno de seguridad según la naturaleza del residuo. Artículo 82 RLGRS. Hasta 10000 UIT PA/RA/SPLC MUY GRAVE 7.2.23 No cumplir con las instalaciones mínimas para un relleno sanitario ubicadas dentro de la unidad minera. Artículo 85 RLGRS. Hasta 10000 UIT PA/RA/SPLC MUY GRAVE 7.2.24 No cumplir con las instalaciones mínimas para un relleno de seguridad ubicadas dentro de la unidad minera. Artículo 86 RLGRS. Hasta 10000 UIT PA/RA/SPLC MUY GRAVE 7.2.25 No cumplir con las operaciones básicas que deben realizarse en un relleno sanitario ubicado dentro de la unidad minera. Artículo 87 RLGRS. Hasta 3000 UIT PA/RA GRAVE 7.2.26 No aplicar las normas técnicas ni los requisitos para la implementación de métodos de disposición fi nal de residuos peligrosos. Artículo 88 RLGRS. Hasta 3000 UIT PA/RA GRAVE 7.3 OBLIGACIONES REFERIDAS A INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL EN MATERIA DE RESIDUOS SOLIDOS+B201 7.3.1 No presentar ante el OEFA la Declaración Anual del Manejo de Residuos Sólidos. Artículo 25 numeral 1 y Artículo 115 del RLGRS. Artículo 37 LGRS. Hasta 6 UIT - LEVE 7.3.2 No presentar ante el OEFA el Manifi esto de Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos. Artículo 25 numeral 4 y Artículo 116 del RLGRS. Artículo 37 LGRS. Hasta 6 UIT - LEVE 7.3.3 No presentar ante el OEFA el Plan de Manejo de Residuos Sólidos Artículo 37 LGRS. Artículo 115 RLGRS. Hasta 6 UIT - LEVE 7.3.4 No realizar el transporte de residuos fuera de las instalaciones mediante una EPS-RS. Artículo 42 numeral 1 RLGRS. Hasta 3000 UIT PA/RA/SPLC GRAVE 7.3.5 No registrar en el Manifi esto de Manejo de Residuos Sólidos, el transporte de residuos peligrosos fuera de las instalaciones del generador, con la fi rma y sello del responsable del EPS-RS que interviene hasta su disposición fi nal. Artículos 42 numeral 1 y 116 RLGRS. Hasta 25 UIT - LEVE 7.3.6 No cumplir con las obligaciones de entrega, fi rma y conservación del Manifi esto. Artículos 42 numerales 2 y 3 y 116 RLGRS. Hasta 6 UIT - LEVE 7.3.7 No cumplir con la entrega del original del manifi esto a la autoridad competente de su sector. Artículos 42 numeral 4 y 116 RLGRS. Hasta 6 UIT - LEVE 7.3.8 No cumplir con los plazos de entrega y conservación del manifi esto, respectivamente. Artículos 43 y 116 RLGRS. Artículo 37 LGRS. Hasta 6 UIT - LEVE 7.3.9 No consignar los avances en la aplicación del plan de minimización de residuos en el plan de manejo de residuos que el generador remita a la autoridad competente. Artículo 61 RLGRS. Hasta 1000 UIT PA/RA/SPLC GRAVE 8 OBLIGACIONES REFERIDAS AL PROYECTO “PLANTA DE ACIDO SULFURICO Y MODIFICACION DEL CIRCUITO DE COBRE” DEL PROYECTO DEL COMPLEJO METALÚRGICO DE LA OROYA 8.1 No presentar a la DGM y al OEFA el Plan de Reinicio de Operaciones dentro del plazo de treinta (30) días calendario o hacerlo de manera defi ciente, inexacta o incompleta a criterio de la DGM Literal a) del numeral 6.1 del artículo 6° del RPPASCC 500 UIT PA/RA/SPLC/CTPT/CTPD GRAVE