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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (11/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de octubre de 2012 476011 eventos bolivarianos: “I Juegos Deportivos Bolivarianos de Playa 2012”, con sede en la ciudad de Lima; “XVII Juegos Bolivarianos 2013”, con sede en la ciudad de Trujillo y subsedes en las ciudades de Lima y Chiclayo y los “I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud 2015”, a realizarse en la ciudad de Lima. Asimismo esta norma reconoció al Comité Organizador de los Juegos Bolivarianos antes señalados (COBOL PERU), como la instancia encargada de llevar a cabo su organización; Que, la Trigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, estableció una Comisión constituida por representantes del Instituto Peruano del Deporte, del Ministerio de Educación, de la Municipalidad Provincial de Trujillo, del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, del Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, y de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, que tenía por objeto la determinación de la infraestructura deportiva necesaria en las ciudades de Trujillo y Chiclayo para la realización de los XVII Juegos Bolivarianos 2013; Que, en cumplimiento de la norma señalada en forma precedente, mediante Acta de Acuerdo de fecha 16 de febrero de 2012, el Comité Ejecutivo del Comité Organizador de los Juegos Bolivarianos (COBOL) presentó al Ministerio de Educación la relación de proyectos de mejoramiento de infraestructuras necesarias, para la adecuada realización de los “XVII Juegos Bolivarianos 2013”, los mismos que fueron objeto de habilitación presupuestaria autorizada mediante los Decretos Supremos N° 160-2012-EF y N° 168-2012-EF, por encontrarse viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el artículo 2° de la Ley Nº 29914, Ley que establece medidas en materia de Gasto Público, autorizó al Pliego Ministerio de Educación a efectuar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional, a fi n de transferir recursos a favor del Instituto Peruano del Deporte (IPD), hasta la suma de S/. 48 800 000,00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), para fi nanciar los gastos de gestión, gerencia y supervisión de los proyectos de infraestructura deportiva declarados viables y aprobados en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812; así como, los gastos vinculados a la preparación de atletas que representarán al país en los XVII Juegos Bolivarianos 2013 y los gastos de organización del mismo. La transferencia se realiza mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación, a propuesta de esta última; Que, mediante Ofi cio N° 1176-2012-P/IPD e Informe N° 203-2012.OPP/IPD, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) solicita y sustenta la necesidad de efectuar una transferencia de partidas por un monto total de S/. 46 434 300,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), para fi nanciar los gastos de gestión, gerencia y supervisión de los proyectos de infraestructura deportiva declarados viables y aprobados en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812; así como, los gastos vinculados a la preparación de atletas que representarán al país en los XVII Juegos Bolivarianos 2013 y los gastos de organización del mismo; Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 261-2012-ME/SPE- UP, informa que se cuenta con los recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010 Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por un monto de S/. 46 434 300,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados al fi nanciamiento de los gastos señalados en el artículo 2° de la Ley Nº 29914, Ley que establece medidas en materia de Gasto Público; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29914, Ley que establece medidas en materia de Gasto Público. DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 a favor del Instituto Peruano del Deporte, hasta por la suma de S/. 46 434 300,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), para fi nanciar los gastos dispuestos en el artículo 2° de la Ley Nº 29914, Ley que establece medidas en materia de Gasto Público, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa CATEGORIA PRESUPUESTAL 0043 : Logros de aprendizaje de los estudiantes de II Ciclo de Educación Básica Regular PROYECTO 2145808 : Construcción y equipamiento de Instituciones Educativas para el II Ciclo de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 46 434 300,00 TOTAL EGRESOS 46 434 300,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Nacional PLIEGO 342 : Instituto Peruano del Deporte UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Peruano del Deporte CATEGORIA PRESUPUESTAL 9001 : Acciones Centrales PRODUCTO 3 999999 : Sin Producto ACTIVIDAD 5 000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 217 000,00 CATEGORIA PRESUPUESTAL 0063 : Actividad Física y Deportiva de la Po- blación Peruana PRODUCTO 3 000148 : Posicionamiento del deporte nacional entre los primeros lugares de los eventos deportivos multidisciplinarios (Bolivarianos y Odesur) ACTIVIDAD 5 001516 : Subvenciones Directas e Indirectas a deportistas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos 46 217 300,00 SUBTOTAL 46 434 300,00 =========== TOTAL EGRESOS 46 434 300,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego habilitado, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas