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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de octubre de 2012 476015 HORARIO DE ATENCION: Lunes a Domingo de 08:00 a.m. a 09:00 p.m. PROGRAMA DE ESTUDIOS: Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos. Cursos específi cos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestación del servicio de transporte de personas. d) Enseñanza de las normas sobre clasifi cación vehicular, características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. g) Uso de la tecnología aplicable al transporte de personas. Cursos específi cos para realizar el transporte de mercancías: a) Urbanidad y trato con el público. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas que regulan la prestación de los servicios de transporte de mercancías. d) Enseñanza de las normas básicas sobre clasifi cación vehicular; así como características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del transporte de mercancías. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de mercancías, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. h) Enseñanza de normas tributarias sobre el uso de la guía de remisión del transportista. i) Uso de tecnología aplicable al transporte de mercancías. Artículo Segundo.- La Escuela de Conductores Integrales denominada ESCUELA DE CONDUCTORES LIMA – PERU S.R.L. está obligada a actualizar permanentemente la información propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, y los dispositivos legales que se encuentren vigentes. Artículo Tercero.- La Escuela de Conductores Integrales denominada ESCUELA DE CONDUCTORES LIMA – PERU S.R.L. impartirá los cursos con la siguiente plana docente: Cargo de Instrucción Docente a cargo Director • Pedro Antonio Aparcana Legua Instructores Teóricos de Tránsito • Froilan Bonilla Vera • Cesar Augusto Fonseca Alarcón Instructores Prácticos de Manejo • Willian Ruben De La Cruz López • Ivan Antonio Navarro Silva Instructores Teóricos - Prácticos de Mecánica • Percy Antonio Nuñez Carrión • Jorge Inoñan López Instructora Teórico-Práctico en Primeros Auxilios • Raquel Garay Juipa Psicóloga • Enma Jesús Quispe Saavedra Artículo Cuarto.- La Escuela autorizada deberá colocar en un lugar visible dentro de su local una copia de la presente Resolución Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- La Escuela autorizada deberá presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, su reglamento interno. FLOTA VEHICULAR: Nº Marca Modelo Clase Año Fab. Nº Motor Nº Serie Placa 1 TOYOTA COROLLA DX STATION WAGON M1 1999 3C3775396 CE1023000832 B4U-621 2 JAC REFINE CAMIONETA RURAL M2 2011 B3034704 LJ16AA331C7091337 B9Q-057 3 HYUNDAI COUNTY OMNIBUS M3 2010 D4DBA450351 KMJHD17BPBC049794 A8A-967 4 HYUNDAI COUNTY OMNIBUS M3 2011 D4DBB465198 KMJHG17BPBC051359 A0H-961 5 JAC HFC1061K CAMION N2 2010 10196186 LJ11KBBC6A1039040 B8Q-936 6 YUEJIN NJ 1028 DB CAMION N2 2008 01091403 LNJBFD8188K400584 WGK-385 7 VOLVO N-1242 CAMION N3 1986 TD121G1214OO218 9BVN2A1D0GG608541 A9D-854 8 BAJAJ RE – AUTORIKSHA TORITO 2T VEH.AUT.MENOR L5 2010 24MBTG93437 MD22407A8BWG00743 B2-9904