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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (18/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de octubre de 2012 476551 Artículo 30º.- Unidades Orgánicas Para el cumplimiento de sus funciones la Dirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica está conformada por las siguientes unidades orgánicas: a) Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Sectorial. b) Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Regional. c) Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Local. Artículo 31º.- Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Sectorial La Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Sectorial es la unidad orgánica, que depende jerárquicamente de la Dirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica, responsable del fortalecimiento y desarrollo de capacidades, asistencia técnica, asesoramiento y articulación en los temas de Gestión Prospectiva y Correctiva en las entidades públicas y privadas del nivel nacional. Son funciones de la Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Sectorial: a) Coordinar permanentemente y brindar asistencia técnica a los sectores público y privado sobre las medidas necesarias para la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastres en la sociedad; b) Sensibilizar a las autoridades y funcionarios de los sectores sobre sus responsabilidades establecidas en la Ley del SINAGERD; c) Promover el desarrollo de capacidades para la estimación, prevención y reducción del riesgo y reconstrucción en las entidades públicas y privadas del nivel sectorial; d) Proponer y desarrollar estrategias en las entidades públicas y privadas del nivel sectorial, orientadas al fortalecimiento y desarrollo de capacidades, asistencia técnica, asesoramiento y articulación de los procesos de estimación, prevención, reducción del riesgo de desastres y reconstrucción; e) Promover la generación de una cultura de prevención en coordinación con la Asamblea Nacional de Rectores, Ministerio de Educación, Universidades y otros; f) Diseñar y proponer la política para el desarrollo de capacidades a ser implementada en la administración pública en lo que corresponde a la Gestión Prospectiva y Correctiva; g) Coordinar y brindar asistencia técnica a las entidades públicas y privadas del nivel sectorial, para que adopten las medidas necesarias para la estimación, prevención y reducción del riesgo de desastres y reconstrucción en el marco de los lineamientos aprobados por el ente rector; h) Promover la implementación del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en lo que corresponde a los procesos de estimación, prevención, reducción del riesgo de desastres y reconstrucción; así como los planes específicos correspondientes a los sectores; i) Brindar la asistencia técnica para la incorporación transversal de la Gestión Prospectiva y Correctiva en los procesos de formulación de los instrumentos de planeación y gestión propios de los sectores; j) Otras funciones que le encargue la Dirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica. Artículo 32º.- Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Regional La Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Sectorial es la unidad orgánica, que depende jerárquicamente de la Dirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica, responsable del fortalecimiento y desarrollo de capacidades, asistencia técnica, asesoramiento y articulación en los temas de Gestión Prospectiva y Correctiva en las entidades públicas y privadas del nivel regional. Son funciones de la Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Regional: a) Coordinar permanentemente y brindar asistencia técnica a los gobiernos regionales y entidades privadas sobre las medidas necesarias para la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastres en la sociedad; b) Sensibilizar a las autoridades y funcionarios de los Gobiernos Regionales sobre sus responsabilidades establecidas en la Ley del SINAGERD; c) Promover el desarrollo de capacidades para la estimación, prevención y reducción del riesgo y reconstrucción en las entidades públicas y privadas del ámbito regional; d) Proponer y desarrollar estrategias en las entidades públicas y privadas del nivel regional, orientadas al fortalecimiento y desarrollo de capacidades, asistencia técnica, asesoramiento y articulación de los procesos de estimación, prevención, reducción del riesgo de desastres y reconstrucción; e) Promover la generación de una cultura de prevención en armonía con la política educativa respetando la interculturalidad en coordinación con las Direcciones Regionales de Educación, Universidades y otros; f) Coordinar y brindar asistencia técnica a las entidades públicas y privadas del ámbito regional, para que adopten las medidas necesarias para la estimación, prevención y reducción del riesgo de desastres y reconstrucción en el marco de los lineamientos aprobados por el ente rector; g) Promover la implementación del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en lo que corresponde a los procesos de estimación, prevención, reducción del riesgo de desastres y reconstrucción; así como los planes específi cos correspondientes a los Gobiernos Regionales; h) Brindar la asistencia técnica para la incorporación transversal de la Gestión Prospectiva y Correctiva en los procesos de formulación de los instrumentos de planeación y gestión propios de los Gobiernos Regionales; i) Otras funciones que le encargue la Dirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica. Artículo 33º.- Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Local La Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Local es la unidad orgánica, que depende jerárquicamente de la Dirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica, responsable del fortalecimiento y desarrollo de capacidades, asistencia técnica, asesoramiento y articulación en los temas de Gestión Prospectiva y Correctiva en las entidades públicas y privadas del nivel local. Son funciones de la Subdirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica Local: a) Coordinar permanentemente y brindar asistencia técnica a los Gobiernos Locales y entidades privadas sobre las medidas necesarias para la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastres en la sociedad; b) Sensibilizar a las autoridades y funcionarios de los Gobiernos Locales sobre sus responsabilidades establecidas en la Ley del SINAGERD; c) Promover el desarrollo de capacidades para la estimación, prevención y reducción del riesgo y reconstrucción en las entidades públicas y privadas del ámbito local; d) Proponer y desarrollar estrategias en las entidades públicas y privadas del ámbito local, orientadas al fortalecimiento y desarrollo de capacidades, asistencia técnica, asesoramiento y articulación de los procesos de estimación, prevención, reducción del riesgo de desastres y reconstrucción; e) Coordinar y brindar asistencia técnica a las entidades públicas y privadas del ámbito local, para que adopten las medidas necesarias para la estimación, prevención y