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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (18/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de octubre de 2012 476537 Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el Numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27181 - Ley General Transporte y Tránsito Terrestre, la Ordenanza Nº 1338-MML y el Informe Nº 508-2012-MML/GTU-SETT de fecha 21 de setiembre de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º: Autorizar la implementación de paraderos de transporte regular en la Av. Del Parque Sur (Tramo Calle Tres Sur – Av. Guardia Civil) y la Av. Guardia Civil (Tramo Av. Del Parque Sur – Av. Canadá), tal y como se detalla a continuación: EJE UBICACIÓN SENTIDO E-O O-E AC DC AC DC AV. PARQUE SUR(Calle Tres Sur – Av. Guardia Civil) CALLE 3 SUR 1 CALLE RICARDO ANGULO 1 LEYENDA Antes del cruce AC Después del cruce DC EJE UBICACIÓN SENTIDO N-S S-N AC DC AC DC AV. GUARDIA CIVIL (AV. DEL PARQUE SUR – AV. CANADA) Calle Paz y Perfecta Unión 1 Calle 50 1 Calle Orden y Libertad 1 Calle 41 1 Calle Paul Dubois 1 Calle 9 1 Av. Del Parque Norte 1 Av. San Borja Norte 1 Calle Sisley 1 Calle 44 1 Av. Javier Prado Este 1 1 Calle Boulevard de la Literatura 1 Calle de la Prosa 1 Av. Canadá 1 1 LEYENDA Antes del cruce AC Después del cruce DC Artículo 2º.- Los Paraderos Autorizados serán de tipo universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte público en esas vías. Artículo 3º.- Los Paraderos Autorizados podrán ser identifi cados mediante la señalización horizontal y/o vertical respectiva, en cada una de las vías señaladas en la presente resolución. Artículo 4º.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variación que la autoridad administrativa considere técnicamente necesaria, para la implementación del nuevo Sistema Metropolitano de Transporte. Artículo 5º.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros, deberán informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizará en los respectivos paraderos autorizados. Artículo 6º.- Encargar a la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito los trabajos de mantenimiento y señalización de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Artículo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalización del Transporte, la supervisión, fi scalización y cumplimiento de la presente Resolución; de ser el caso, deberá coordinar con la Policía Nacional del Perú encargada del control del tránsito, para que de acuerdo a su competencia y facultades, garantice el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que éstos sean debidamente señalizados. Artículo 8º.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se contraponga a la presente Resolución. Artículo 9º.- Disponer la publicación de la presente resolución en la página Web de la Gerencia de Transporte Urbano y en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 10º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAVEL G. CORILLOCLLA TERBULLINO Subgerente Subgerencia de Regulación del Transporte Gerencia de Transporte Urbano 854216-2 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Designan Auxiliar Coactivo de la Municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 351-2012-MDI Independencia, 7 de setiembre de 2012. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: El Acta de la Comisión de la Especial de Concurso Público de Méritos para la Selección de un Auxiliar Coactivo para la Municipalidad Distrital de Independencia, de fecha 05 de Setiembre del 2012, Informe Nº 002-2012-CCPM/MDI, sobre resultado fi nal del Concurso Público de Méritos para la contratación de un auxiliar coactivo; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º reconoce a las Municipalidades Distritales su calidad de Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo señalado en el Artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. Que, de conformidad con el inciso 7.1 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS Texto único Ordenado de la Ley Nº 26979- Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, la designación del Ejecutor coactivo como la del Auxiliar coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos, Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 228- 2012-MDI, se resuelve conformar la Comisión Especial de Concurso Público de Méritos para la Selección de un Auxiliar Coactivo para la Municipalidad Distrital de Independencia y por Resolución de Gerencia Municipal Nº 339-2012-GM/MDI, se resuelve aprobar las bases para la convocatoria del precitado concurso público;