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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de octubre de 2012 476544 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED DECRETO SUPREMO Nº 104-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo; con la fi nalidad de identifi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; así como evitar la generación de nuevos riesgos, y la preparación y atención ante situaciones de desastre, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el artículo 12° de la Ley N° 29664 defi ne que el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED es un organismo público ejecutor con calidad de Pliego Presupuestal, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29664 establece un plazo de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la publicación del Reglamento de la Ley, para la aprobación de su estructura orgánica; Que, de acuerdo al artículo 28°, numeral 2) de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Organismos Públicos cuentan con un Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, siendo el CENEPRED una nueva Entidad, requiere de sus respectivos documentos de gestión, entre ellos, el que desarrolle su organización y funciones con el fi n de contribuir con el logro de los objetivos estratégicos fi jados por la Alta Dirección; Que, el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la administración pública; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual consta de cuatro (4) títulos, ocho (8) capítulos, cuarenta (40) artículos y una (1) Disposición Complementaria Final. Artículo 2°.- Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del CENEPRED (www.cenepred.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial. Artículo 3°.- Financiamiento La aplicación de la presente norma se fi nancia con cargo al Presupuesto Institucional del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, en el marco de las Leyes Anuales de Presupuesto. Artículo 4°.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación conforme al artículo 2°. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Plazo para la elaboración y presentación del Cuadro de Asignación del Personal Otórguese un plazo de hasta treinta (30) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo para la elaboración y presentación para su aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES CENTRO NACIONAL DE ESTIMACIÓN, PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES (CENEPRED) CONTENIDO TÍTULO I : DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II : ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES CAPÍTULO I : DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA CAPÍTULO II : ÓRGANOS DE LA ALTA DIRECCIÓN CAPÍTULO III : ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL CAPÍTULO IV : ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO CAPÍTULO V : ÓRGANOS DE APOYO CAPÍTULO VI : ÓRGANOS DE LÍNEA TÍTULO III : DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES TÍTULO IV : DEL RÉGIMEN ECONÓMICO, FINANCIERO Y LABORAL CAPÍTULO I : Del Régimen Económico CAPÍTULO II : Del Régimen Laboral DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL