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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (23/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de octubre de 2012 476994 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Aprueban moción a fin de solicitar a la Municipalidad Metropolitana de Lima la ejecución y cumplimiento de diversas obras y/o proyectos de competencia metropolitana y la constitución de una Asamblea Metropolitana de Alcaldes distritales ACUERDO DE CONCEJO Nº 081-2012-SEGE-06-MDEA El Agustino, 18 de octubre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha, la MOCIÓN DE PEDIDO de los Regidores del Concejo Municipal de El Agustino con fecha 18 de Octubre del 2012; CONSIDERANDO: Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que “El gobierno en sus distintos niveles se ejerce dentro de su jurisdicción, evitando la duplicidad y superposición de funciones, con criterio de concurrencia y preeminencia del interés público. Las relaciones entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad”; Que, el numeral 2.1 del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 establece como funciones específi cas compartidas de las municipalidades provinciales: “Ejecutar directamente o concesionar la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural de carácter multidistrital que sean indispensables para la producción, el comercio, el transporte y la comunicación de la provincia, tales como corredores viales, vías troncales, puentes, parques, parques industriales, embarcaderos, terminales terrestres, y otras similares, en coordinación con las municipalidades distritales o provinciales continuas, según sea el caso de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Desarrollo Regional.” ; Que, la Ordenanza Nº 341-MML, en su artículo 7º establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vías del Cercado de Lima; Que, mediante Ordenanza Nº 1621-MML se modifi ca el Artículo Sétimo de la Ordenanza Nº 341- MML, quedando de la siguiente manera: Articulo 7º “Intervención en el Sistema Vial Metropolitano, numeral 7.1.- La Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la formulación, ejecución y mantenimiento de los Proyectos de Inversión Publica para la creación, ampliación, mejoramiento, recuperación, rehabilitación, semaforización, señalización, señalización vertical y horizontal, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las Vías Expresas, Arteriales y Colectoras del Sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vías Locales del Cercado de Lima. Estas labores serán efectuadas en coordinación con las Municipalidades Distritales de la jurisdicción donde se localicen dichas vías”; Que, mediante Estudio Vial Nº 01-2010-DEPIAT- UIAT-PNP de la Unidad de Investigación de Accidentes de Tránsito de la Policía Nacional del Perú, ha señalado técnicamente los problemas causales que afectan las condiciones operacionales de la parte alta y baja de las vías que confl uyen en el Puente Nuevo, a fi n de proponer alternativas de soluciones concretas para revertir la situación problemática recomendando acciones que tienen que cumplir las municipalidades de Lima y de El Agustino. La Municipalidad de El Agustino cumplió con la instalación de cámaras de video vigilancia, reubicación del comercio ambulatorio y ordenamiento de mototaxis. La Municipalidad de Lima no ejecutó ninguna de las recomendaciones. Que, la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Sra. Susana María del Carmen Villarán de la Puente, a la fecha ha hecho poco o casi nada por solucionar la problemàtica que son de su competencia, haciendo caso omiso a las diversas gestiones realizadas por los vecinos y la municipalidad de El Agustino, las cuales son: 1. Mediante Documento Nº 36294-2012 de fecha 23/02/2012, el Alcalde de El Agustino invita a la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad de Lima a una reunión de trabajo para desarrollar acciones conjuntas a fin de mejorar las condiciones de seguridad ciudadana, accidentes de tránsito, problemas de congestión en la zona determinada como Puente El Agustino (ex puente Nuevo); mediante Ofi cio Nº 052-2012-GEMU-MDEA del 11/06/2012 el Gerente Municipal de El Agustino solicita al Gerente de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima acondicionar un espacio de paradero en la vía de Evitamiento evitando la existencia de paraderos en la Av. 1ro de Mayo. Con fecha 12/10/12 se publicó en “El Peruano” la Resolución Nº 9808-2012- MML/GTU-SRT de la Sub Gerencia de Regulación del Transporte de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que es contraria a las recomendaciones del estudio vial de la Policía Nacional del Perú antes señalado y no ha tomado en cuenta las propuestas de la municipalidad de El Agustino para el reordenamiento Integral ante la problemática de inseguridad vial en el Puente “El Agustino” (ex Puente Nuevo) que se hicieron llegar a la Municipalidad Metropolitana de Lima y a Emape mediante ofi cios Nº 268- 2012-ALC-MDEA y Nº 269-2012-ALC-MDEA de fecha 12/10/2012. La Municipalidad Metropolitana de Lima a la fecha no ha solucionado el problema. 2. Mediante Ofi cio Nº 028-2012-GEMU-MDEA de fecha 06/02/2012 el Gerente Municipal, después de diversas reuniones sostenidas con EMAPE, solicita la solución de la problemática del paradero mal ubicado en la vía de Evitamiento Urb. Seremsa; mediante Ofi cio Nº 094-2012-GEMU-MDEA de fecha 27/09/2012 el Gerente Municipal remite al Gerente General de EMAPE el estudio de preinversión “Creación de paradero peatonal La Atarjea en la vía de Evitamiento” para su revisión y aprobación respectiva por la OPI-EMAPE; mediante Ofi cio Nº 274- 2012-ALC-MDEA de fecha 16/10/2012, el Alcalde de El Agustino reitera el pedido de ejecución de la obra en mención. Hasta la fecha no se ha ejecutado la obra. 3. Mediante Ofi cio Nº 065-2012-SEGE-MDEA de fecha 30/03/2012, la Municipalidad de El Agustino remite el convenio aprobado de cooperación interinstitucional entre la Municipalidad de El Agustino y la Municipalidad Metropolitana de Lima para el fi nanciamiento y ejecución del proyecto de inversión pública “Pavimentación de la Av. Plácido Jiménez y la Av. Las Magnolias”, para la fi rma respectiva; mediante Ofi cio Nº 123-2012-ALC-MDEA de fecha 30/05/2012, el Alcalde de El Agustino reitera la suscripción de la fi rma del convenio de cooperación interinstitucional entre la Municipalidad de El Agustino y la Municipalidad Metropolitana de Lima para el fi nanciamiento y ejecución del proyecto de inversión pública de dicha obra; mediante ofi cio Nº 267-2012-ALC-MDEA de fecha 12/10/202, el Alcalde de El Agustino reitera el pedido de pavimentación de dichas vías y solicita reunión de trabajo a fi n de resolver los problemas de congestión de tráfi co así como la alta polución y contaminación del polvo que se produce debido al mal estado de la vía y que afecta la salud de los habitantes de la zona. Hasta la fecha no se ha ejecutado obra alguna. 4. Mediante documento de fecha 21/09/2012 la empresa Viva GyM S.A. remite la documentación solicitada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en relación al pedido de la empresa Viva GyM S.A. para que se le