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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de octubre de 2012 476985 Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 856769-3 Promueven a funcionarios diplomáticos a las categorías de Embajadores y de Ministros en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 217-2012-RE Lima, 22 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 0425- 2012-RE y Nº 0984-2012-RE, se designó a la Comisión de Personal responsable de elaborar la propuesta del Cuadro Anual de Promociones de los funcionarios del Servicio Diplomático de la República correspondiente al año 2013; Que, de conformidad con el artículo 129º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, la propuesta del Cuadro Anual de Promociones y el acto fi nal de la Comisión de Personal sobre el proceso serán entregadas por la Comisión de Personal para su consideración y decisiones correspondientes, al Ministro de Relaciones Exteriores, a más tardar el 15 de diciembre de cada año; Que, de acuerdo al artículo 1º del Decreto Supremo Nº 065-2009-RE, que modifi ca el citado Reglamento, las promociones en el Servicio Diplomático de la República, serán aprobadas mediante Resolución Suprema para las categorías de Embajador y Ministro, y serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano antes del 31 de diciembre de cada año, haciéndose efectivas a partir del 1 de enero del año siguiente; Teniendo en cuenta la propuesta de Cuadro Anual de Promociones presentada por la Comisión de Personal y contenida en el Acta de su Décimo Quinta Reunión; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria; así como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Promover, a partir del 1 de enero de 2013, a los siguientes funcionarios diplomáticos: A la categoría de Embajadores en el Servicio Diplomático de la República, a los siguientes Ministros: 1. Quirós Campos, Fernando Julio Antonio 2. Sánchez Vargas de Ríos, Ana María Liliana 3. Merino de Hart, María Teresa 4. Roca-Rey Deladrier, Thierry 5. Rozas Ponce de León, María Cecilia 6. Deza Ferreccio, Franca Lorella 7. Velásquez Rivas-Plata, María Elvira 8. Arzubiaga Scheuch, Augusto David Teodoro A la categoría de Ministros en el Servicio Diplomático de la República, a los siguientes Ministros Consejeros: 1. Gervasi Díaz, Ana Cecilia 2. Caballero de Clulow, Luz Betty 3. Gómez Cárdenas de Weston, Rosa Liliana 4. Bernales Meza, Eduardo Rafael 5. Pacheco Crespo, Gabriel Alejandro 6. Echeverría Herrera vda. de de Pury, María Eugenia 7. Pérez Ramírez, Aelín Suzanne María 8. Salamanca Castro, Augusto Ernesto 9. Acha Puertas, Italo Augusto 10. Rivoldi Nicolini, Eduardo Vicente 11. Corbacho Carrillo, Susana 12. Lizárraga Picciotti, Martha 13. Gallardo Valencia, Vitaliano Gaspar 14. Bustinza Soto, José Emilio 15. Silva Santisteban Benza, Ricardo Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 856769-4 Autorizan viajes de funcionarios a Brasil, EE.UU. e Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1042/RE-2012 Lima, 18 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el 11 de diciembre del año 2009 se suscribió el Acuerdo de Cooperación en Materia de Desarrollo del Transporte Fluvial en los Ríos Amazónicos entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil, cuyos objetivos principales son el mejoramiento de la navegabilidad y el incentivo del comercio fl uvial en los ríos amazónicos; Que, el artículo V del referido acuerdo prevé la creación del Grupo de Trabajo para coordinar acciones de cooperación, incluida la realización de una misión para conocer la experiencia de ambos países en materia de transportes fl uviales; Que, en ese contexto, en el marco de la Comisión Viceministerial de Integración Fronteriza, se creó el Subgrupo de Trabajo sobre Cooperación en Materia de Transportes Fluviales en los Ríos Amazónicos, el que se reunió el 11 de mayo de 2010 en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil; Que, en ese marco se programaron dos misiones técnicas en ríos peruanos y brasileños para evaluar la navegabilidad fl uvial del Eje Multimodal del Amazonas de IIRSA, los cuales fueron realizadas en los meses de agosto y octubre del 2010; Que, entre las recomendaciones emitidas se encuentran el “control y formalización del tráfi co de pasajeros y carga en la región fronteriza” y la evaluación de “la posibilidad que las autoridades competentes actuaran conjuntamente, en un solo lugar, que podría ser en la ciudad Tabatinga”; Que, en la III Reunión de la Comisión Viceministerial de Integración Fronteriza Perú – Brasil, realizada el 24 de octubre de 2011, se acordó que las Partes se comprometen a la realización del I Ejercicio de Control Integrado en la isla Santa Rosa, Departamento de Loreto – Tabatinga, Estado de Amazonas, República Federativa del Brasil; Que, en el marco de las prioridades antes referidas y por consideraciones de interés estratégico del Perú en el Eje de Integración y Desarrollo del Amazonas – IIRSA, resulta pertinente y oportuno realizar un viaje de aproximación y recolección de información que permita iniciar el estudio a nivel de perfi l para ese paso de frontera teniendo como base, según la recomendación de las misiones técnicas anteriormente nombradas, la ciudad de Tabatinga, Estado de Amazonas, República Federativa del Brasil; Que, asimismo, será ocasión para visitar a las autoridades peruanas y brasileñas encargadas del control fronterizo (en la isla Santa Rosa, Departamento de Loreto y en la ciudad de Tabatinga, Estado de Amazonas, República Federativa del Brasil), a efectos de identifi car objetivos, metas y acciones que podrían ser abordados de manera conjunta en la tarea de lograr los compromisos de la IV Reunión de la Comisión Viceministerial de Integración Fronteriza Perú - Brasil, a realizarse en el mes de noviembre de 2012; Que, se hace necesario que el viaje de los funcionarios que laboran en la ciudad de Lima debe ser realizado utilizando el transporte aéreo vía Lima - Bogotá - Leticia, debido al difícil acceso a la ciudad de Tabatinga, Estado de Amazonas, República Federativa del Brasil desde Lima; Teniendo en cuenta los Memoranda (DDF) N° DDF0693/ 2012, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de 28 de setiembre de 2012; y (OPR) N° OPR0676/2012, de