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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (23/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de octubre de 2012 476995 otorgue autorización de ejecución de obra en área de uso público de la obra “Obras exteriores del Centro Comercial Parque Agustino” ubicado en el Jr. Ancash tramo Av. Plácido Jiménez y Calle Tres – El Agustino. Hasta la fecha no existe autorización. 5. Con documento simple 38506-2011 (Memorial) de fecha 14/03/2011 los representantes de la Cooperativa de Viv. San José, Coop. de Viv. Huancayo, Coop. de Viv. Primavera, Coop. de Viv. Angela Gasco Hurtado, Asoc. de Viv. Ancieta, A. H. San Juan Bautista, A. H. Vicentelo bajo, A.H. Los Socialistas, A.H. Las Palmeras, A.H. Maria Herrera de Acosta, solicitan a la Sra. Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima la Construcción de un puente peatonal “San José” a la altura del Km. 4.5 de la vía de Evitamiento. Hasta la fecha no hay respuesta. 6. En febrero del año 2011 la Municipalidad de El Agustino se comprometió a elaborar el proyecto de inversión pública “Creación del Puente Peatonal Bethania sobre el Río Rímac” y EMAPE se comprometió a ejecutarlo; mediante Ofi cio Nº 156-2012-ALC-MDEA de fecha 03/07/2012 el Alcalde de El Agustino cumplió con remitir a la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima el citado proyecto, solicitando su ejecución. Hasta la fecha no se ha iniciado la obra. 7. Que, con Documento Nº 44617-2011 presentado por los dirigentes del A. H. Las Cataratas – El Agustino, solicitan a la Municipalidad Metropolitana de Lima la construcción de dos puentes peatonales: uno ubicado en el Km. 2.5 de la Carretera Central (altura Urb. Santa Cecilia) y otro a la altura de la Clínica San Juan de Dios - Carretera Central. Hasta la fecha no se han ejecutado las obras. 8. Que, mediante Ofi cio Nº 098-2011-GDU-MDEA de fecha 25/06/ 2011, la Municipalidad de El Agustino solicita corregir la señalización existente y la construcción de una baranda de protección en la zona del paradero “Nocheto” (vía de Evitamiento). Hasta la fecha no se ha realizado. 9. Que, mediante acuerdo de concejo N.- 472 del 13/12/2010 la Munipalidad Metropolitana de Lima aprueba la cesiòn de uso de infraestructura deportiva del módulo deportivo recreativo Siglo XXI “Pedro Huilca” a favor de la Municipalidad de El Agustino; mediante Ofi cio Nº 058- 2012-GDU-GEMU-MDEA con fecha 09/04/2012 ante el retraso de la rehabilitación del Complejo Deportivo “Pedro Huillca” – altura puente “El Agustino” (Ex puente Nuevo) el Gerente de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de El Agustino solicita su inmediato funcionamiento, toda vez que la Municipalidad Metropolitana de Lima se comprometió a reconstruirla tras haberla declarado inhabitable. Han pasado un año y medio y aún no se soluciona el problema. 10. Que, mediante Ofi cio Nº 158-2012-PP/MINAM de fecha 29 de marzo de 2012 el Procurador Público del Ministerio del Ambiente solicita a la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima se sirva dar respuesta a la problemática ambiental generado por las actividad de la empresa MEPSA; el Alcalde de El Agustino y los vecinos agustinianos, afectados en sus derechos fundamentales y salud física, exígen la revocatoria de la licencia de funcionamiento y la reubicación de MEPSA. Hasta la fecha no hay respuesta. 11. Incumplimiento de ejecución de semaforización de Av. Las Lomas (altura Puente Las Lomas en el límite de los distritos de San Juan de Lurigancho con El Agustino) y altura del Jr. Chiquián con Av. Plácido Jiménez. 12. Apoyar la gestión de la municipalidad de El Agustino y de los vecinos para la reubicación de cables de alta tensión aéreo a subterráneo, (Tramos Bosque Huanca y Ribera del Rìo). Hasta ahora no soluciona la problemática de los cables de alta tensión que impiden el desarrollo distrital. Que, existe insufi ciente coordinación de la Municipalidad de Lima con las municipalidades distritales para el mejoramiento, rehabilitación, semaforización, señalización de vías expresas, arteriales y colectoras e intercambios viales, así como para el transporte público de pasajeros; se hace necesario establecer una instancia metropolitana presidida por el Alcalde de la Municipalidad de Lima e integrado por los alcaldes distritales de Lima Metropolitana, como un órgano de cooperación, concertación y de coordinación de las acciones de competencia de cada municipalidad, con el respeto mutuo y atención a las solicitudes que se formulen recíprocamente, que se reuniría ordinariamente cuatro (4) veces al año y en forma extraordinaria cuando lo convoque el Alcalde Metropolitano, sin excluir la Asamblea Metropolitana establecido en el artículo 162º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Que, en el artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, se consigna las atribuciones y obligaciones de los regidores, siendo una de estas la de formular pedidos y mociones de orden del día; Que, ante la inacción e indiferencia a nuestra problemática por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima, los regidores del concejo municipal de El Agustino exigen a la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima Sra. Susana María del Carmen Villarán de la Puente, mediante una MOCIÓN DE PEDIDO para que se ejecuten con carácter de urgente las obras y/o proyectos señalados que son de competencia y función metropolitana; así como la constitución de una asamblea Metropolitana de Alcaldes. Por tanto, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; el Concejo Municipal, con la dispensa de trámite de comisiones, lectura y aprobación del Acta y con el voto UNANIME de los Regidores; ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR la MOCIÓN DE PEDIDO de los Regidores del Concejo Municipal de El Agustino en los términos siguientes: A) Solicitar a la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Sra. Susana María del Carmen Villarán de la Puente, la ejecución y cumplimiento, con carácter de urgente de las obras y/o proyectos de competencia metropolitana siguientes: 1. Ejecución del reordenamiento vehicular y peatonal en Puente “El Agustino” - ex Puente Nuevo (vía Evitamiento). 2. Implementación de paradero de transporte público de pasajeros - Urb. Seremsa (vía Evitamiento) – El Agustino. 3. Pavimentación de la Av. Plácido Jiménez y Av. Las Magnolias – El Agustino. 4. Autorización para la ejecución de obra de impacto vial del Centro Comercial “Parque Agustino” – Jr. Ancash - El Agustino. 5. Construcción de puente peatonal “San José” - altura Av. San José (vía Evitamiento). 6. Construcción de puente “Bethania” sobre el río Rímac – El Agustino. 7. Construcción de puentes peatonales ubicados en la Carretera Central: Uno en el Km 2.5 (altura Urb. Santa Cecilia) y otro a la altura de la Clinica San Juan de Dios. 8. Señalización y construcción de baranda de protección en paradero “Nocheto” (vía de Evitamiento)–El Agustino. 9. Culminación de Rehabilitación integral del Complejo Deportivo “Pedro Huillca” – El Agustino . 10. Revocatoria de la licenca de funcionamiento y reubicaciòn de la fábrica contaminante MEPSA (Cercado de Lima). 11. Cumplimiento de ejecución de semaforización Av. Las Lomas (altura Puente Las Lomas en el límite de los distritos de San Juan de Lurigancho con El Agustino) y altura del Jr. Chiquián con Av. Plácido Jiménez. 12. Apoyar la gestiòn de la municipalidad de El Agustino y los vecinos para la reubicación de cables de alta tensión de aéreo a subterráneo. (Tramos Bosque Huanca y Ribera del Rìo). B) Solicitar a la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Sra. Susana María del Carmen Villarán de la Puente, la constitución de una Asamblea Metropolitana de Alcaldes distritales (AMA) presidida por el Alcalde de la Municipalidad de Lima e integrado por los alcaldes distritales de Lima Metropolitana, como un órgano de cooperación, concertación y de coordinación de las acciones de competencia de cada municipalidad, con el respeto mutuo y atención a las solicitudes que se formulen recíprocamente. La AMA se reunirá ordinariamente cuatro (4) veces al año y en forma extraordinaria cuando lo convoque el Alcalde Metropolitano.