Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2012 (26/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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a la MORDAZA de MORDAZA - Confederacion Suiza, sede del evento, debe efectuarse previa escala de MORDAZA en la MORDAZA de MORDAZA - Republica Francesa; es necesario autorizar la salida del MORDAZA con dos (2) dias de anticipacion, asi como el retorno un (1) dia despues del evento, sin que lo ultimo demande mayor gasto al Tesoro Publico; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29605, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo 0012011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castelo, DNI 09647186, Secretario General del Ministerio de Defensa, y del senor MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DNI 43660803, Director del Centro de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos del Ministerio de Defensa, como parte de la delegacion peruana que viajara a la MORDAZA de MORDAZA ­ Confederacion Suiza, para que participen en la Sustentacion del Informe Periodico relativo a la Convencion contra la Tortura y del Informe Nacional relativo al 2do. ciclo del Examen Periodico Universal, que se realizara del 28 de octubre al 2 de noviembre de 2012; autorizandose la realizacion del viaje en el periodo comprendido entre el 26 de octubre al 3 de noviembre de 2012. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 026: Ministerio de Defensa, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aereos: US$ 3,015.04 (Incluye TUUA) x 2 personas = US$ 6,030.08 Viaticos: US$ 260.00 x 7 dias x 2 personas TOTAL

Constituyen Comision de Dialogo Social y Gobernabilidad del Ministerio de Defensa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1198-2012-DE/SG MORDAZA, 23 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 056-2009PCM, de fecha 03 de setiembre de 2009, se modifica la Resolucion Ministerial Nº 380-2006-PCM, disponiendo en el articulo 1º la modificacion de la conformacion de la Comision Multisectorial de Prevencion de Conflictos Sociales; integrada -entre otros- por un representante del Ministerio de Defensa; Que, el Decreto Supremo Nº 060-2011-PCM, establece que los sectores del Poder Ejecutivo que no cuenten en su organizacion con oficinas de gestion de conflictos sociales estructuradas, implementaran instancias de atencion y coordinacion para la gestion de conflictos sociales, dependientes del Despacho Ministerial; Que, en tal sentido se emitio la Resolucion Ministerial Nº 621-2012-DE/SG, conformando el "Grupo de Trabajo de Gestion de Conflictos Sociales del Ministerio de Defensa", encargado de coordinar las acciones necesarias para la prevencion y atencion de los conflictos sociales vinculados al Sector Defensa; Que, no obstante, existen constantes procesos de mejora de enfoques y estrategias para el tratamiento, gestion y resolucion de conflictos sociales en el pais; en dicho MORDAZA, la Presidencia del Consejo de Ministros ha determinado la conformacion de la Oficina Nacional de dialogo y sostenibilidad, con el fin de replantear los mecanismos de solucion de conflictividad en el MORDAZA e incrementar los niveles de confianza de la poblacion en sus autoridades y en el propio aparato estatal; Que, por consiguiente resulta necesario reestructurar la gestion de solucion de conflictos en el Sector Defensa, a traves de la conformacion de la Comision de Dialogo Social y Gobernabilidad, encargado de coordinar y promover los mecanismos democraticos, acciones de dialogo y consenso conducentes al tratamiento y solucion de las demandas y conflictos sociales vinculados a las funciones y/o competencias del Ministerio de Defensa; De conformidad, con la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constitucion de la Comision de Dialogo Social y Gobernabilidad Constituir la Comision de Dialogo Social y Gobernabilidad del Ministerio de Defensa, encargado de coordinar y promover los mecanismos democraticos y acciones de dialogo y consenso conducentes al tratamiento y solucion de las demandas y conflictos sociales vinculados a las funciones y/o competencias del Ministerio de Defensa. Articulo 2º.- Conformacion de la Comision La Comision de Dialogo Social y Gobernabilidad, estara integrado de la siguiente manera: · Un representante del Despacho Ministerial, quien lo presidira. · El Director (a) de la Direccion General de Politica y Estrategia; quien asumira la vicepresidencia. · El Director (a) de la Direccion General de Recursos Humanos. · El Director (a) de la Direccion General de Planificacion y Presupuesto. · Un representante del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. · Un representante del Comandante General del Ejercito del Peru.

= US$ 3,640.00 = US$ 9,670.08

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario efectuado el viaje el personal autorizado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 858889-6

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