Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2012 (26/10/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

477247

CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 038-2008-RE se aprobo el "Plan de Accion para la Provincia de Purus", y se dispuso la creacion de una Comision Multisectorial que tuviese a su cargo la coordinacion y supervision de su ejecucion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 314-2008-RE, se constituyo la Comision Multisectorial de Coordinacion y Supervision del "Plan de Accion para la Provincia de Purus", la que en su articulo 2 establece que dicha Comision esta integrada, entre otros, por un representante de Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (actualmente Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables); Que, por Oficio RE (DDF) Nº 22-6-BB/98, el Titular del Sector Relaciones Exteriores solicita a la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables actualizar la designacion de la representacion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la Comision Multisectorial a que se contrae el considerando precedente; Que, en atencion a lo expuesto resulta pertinente emitir el acto por el que se designe al representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la Comision Multisectorial de Coordinacion y Supervision del "Plan de Accion para la Provincia de Purus" creada mediante Resolucion Suprema Nº 314-2008-RE; Con las visaciones de la Secretaria General y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; el Decreto Supremo Nº 0382008-RE que aprobo el Plan de Accion para la Provincia de Purus; la Resolucion Suprema Nº 314-2008-RE que constituyo la Comision Multisectorial de Coordinacion y Supervision del "Plan de Accion para la Provincia de Purus"; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar al funcionario a cargo de la Oficina General de Monitoreo, Evaluacion de Politicas y Gestion Descentralizada, como representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, ante la Comision Multisectorial de Coordinacion y Supervision del "Plan de Accion para la Provincia de Purus", constituida mediante Resolucion Suprema Nº 314-2008-RE. Articulo 2.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan al cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Comision Multisectorial de Coordinacion y Supervision del "Plan de Accion para la Provincia de Purus". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 858815-3

PRODUCE
Crean el Programa Nacional "A Comer Pescado"
DECRETO SUPREMO Nº 007-2012-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 38.1 del articulo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que los Programas y Proyectos Especiales, son creados

en un Ministerio o en un Organismo Publico, mediante decreto supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y que, asimismo, el articulo 38.2 define que los Programas son estructuras funcionales creadas, entre otros, para atender un problema o para implementar una politica publica en el ambito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, establece que el Ministerio es competente, de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, segun corresponda, en materia de pesqueria artesanal, acuicultura de menor escala, entre otros; Que, de acuerdo con el literal d), numeral 2, del articulo 3º de la citada MORDAZA, es funcion del Ministerio promover programas y/o acciones para el desarrollo sostenible de la pesca artesanal y la acuicultura de menor escala, asi como la promocion de las MYPEs; Que, el Plan Estrategico Sectorial Multianual 2012-2016 del Sector Produccion, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 107-2012-PRODUCE, dispone como Politica 1, dentro del Objetivo Estrategico 1: "Promover el consumo interno de recursos pesqueros abundantes con estandares de sanidad adecuados a fin de contribuir a reducir los indices de desnutricion" y como Politica 2, dentro del mismo Objetivo, "Promover el desarrollo de MORDAZA de valor de productos hidrobiologicos de acuerdo a las tendencias del mercado"; Que, las cualidades nutritivas y alimenticias de los recursos pesqueros en general, como el caso de la propia anchoveta (Engraulis ringens) y otras especies emblematicas como el jurel (Trachurus murphi), caballa (Scomber japonicus peruanus), pota (Dosidicus gigas), son de muy alto nivel proteico, en razon de que su contenido de proteina es de alta calidad (aminoacidos esenciales), asi como de grasa poli insaturada (omega 3 y MORDAZA 6) y determinadas vitaminas (B1, C), y minerales como hierro y fosforo; lo que los tipifica como alimentos que contribuyen a preservar la salud y el bienestar del ser humano, recomendandose su consumo desde la infancia; Que, la actividad de pesca artesanal, segun el I Censo Nacional de la Pesca Artesanal del Ambito Maritimo 2012, es la principal actividad economica de mas de 44,000 pescadores y 12,400 armadores, siendo ademas la actividad extractiva mas vinculada al consumo humano directo en el ambito nacional, y que, segun el mismo Censo, los pescadores en su gran mayoria obtienen ingresos mensuales inferiores a la remuneracion minima vital; Que, por lo tanto, es necesario promover el habito de consumir productos hidrobiologicos en la poblacion en general, y en especial el de productos derivados de los recursos mas abundantes, con la finalidad de propender a la mayor articulacion entre la actividad pesquera en general, y la pesca artesanal en particular, y los mercados de consumo interno, teniendo ademas como consecuencia conexa la mejora en la seguridad y calidad alimentaria de la poblacion; Que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO) 2011, del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, se infiere que son las zonas de la MORDAZA del MORDAZA cuya poblacion consume la menor cantidad de productos hidrobiologicos en sus diferentes presentaciones, siendo las zonas de la costa peruana de un nivel medio de consumo y, en general, las zonas de la MORDAZA de un nivel de consumo mas elevado; Que, de acuerdo con esta realidad, una implicancia directa es que la misma se deriva, entre otros, de la dificultad de la poblacion de disponer de una oferta continuada y MORDAZA de productos hidrobiologicos, y la falta de habitos de consumo, elementos que transforman el problema en uno de MORDAZA estructural; Que, en el caso particular de las zonas de la MORDAZA del MORDAZA, un complemento a la diversificacion de la oferta de productos hidrobiologicos corresponde a la articulacion de los mercados de consumo con la actividad de acuicultura continental de menor escala, proveedora de productos frescos, en razon de la cercania a una importante fraccion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.