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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2012 477250 como representante del Ministerio de Salud para que integre la delegación peruana que viajará a Ginebra, Confederación Suiza, para sustentar el 6° Informe periódico relativo a la Convención contra la Tortura y el Informe Nacional relativo al Examen Periódico Universal ante Naciones Unidas; Que, mediante Memorándum N° 2685-2012-OGA/ MINSA, de fecha 15 de octubre de 2012, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, informa que el viaje de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, en calidad de representante del Ministerio de Salud que integrará la delegación peruana que sustentará el 6º Informe periódico relativo a la Convención contra la Tortura y el Informe Nacional relativo al Examen Periódico Universal ante Naciones Unidas, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora N° 001 del Pliego 11 - Ministerio de Salud; Que, considerando que la sustentación del 6° Informe periódico relativo a la Convención contra la Tortura y el Informe Nacional relativo al Examen Periódico Universal ante Naciones Unidas, se realizará del 28 de octubre al 2 de noviembre de 2012, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud ha otorgado disponibilidad presupuestal para la adquisición de los pasajes en tarifa económica, viáticos para seis días y un día para gastos de instalación; Que, mediante Informe N° 151-2012-ECN-ODRH- OGGRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, ha emitido opinión favorable respecto de la autorización de viaje de la abogada Dalia Miroslava Suárez Salazar, Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos que el requerimiento de excepciones adicionales, a las señaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en tal sentido, considerando la importancia para el Ministerio de Salud de formar parte de la delegación peruana que sustentará el 6° Informe periódico relativo a la Convención contra la Tortura y el Informe Nacional relativo al Examen Periódico Universal ante Naciones Unidas, resulta necesario autorizar el viaje de la representante del Ministerio de Salud a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, en la Ley N° 27619, Ley que Regula los Viajes al Exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos, y su modifi catoria, y en el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la abogada Dalia Miroslava SUÁREZ SALAZAR, Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 27 de octubre al 3 de noviembre de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora N° 001, del Pliego 011 del Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes tarifa económica: (incluido TUUA) : $ 2,744.76 - Viáticos x 7 días : $ 1,820.00 ----------------- TOTAL : $ 4,564.76 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, la profesional citada en el artículo 1° de la presente Resolución Suprema deberá presentar un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la actividad a la que acudirá y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 858889-10 Conformar Comisión de Trabajo que se encargará de elaborar una propuesta integral de remuneraciones de los profesionales en enfermería del sector salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 849-2012/MINSA Lima, 24 de octubre del 2012 CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona humana; Que, una de las prioridades del Ministerio de Salud, es crear mejores condiciones de trabajo, revalorar los recursos humanos con lo que cuenta el Sector Salud y propiciar un clima laboral saludable, a fi n de que estos eleven su productividad en benefi cio de los usuarios de los servicios de salud; Que, el literal c) del numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala como una de las funciones de los ministerios, el planifi car, fi nanciar y garantizar la provisión y prestación de los servicios públicos, según las normas de la materia; Que, el Ministerio de Salud viene impulsando la Reforma de la Carrera Sanitaria en el Perú, para lo cual suscribió un Acta de Acuerdos con representantes de la Federación de Enfermeros del Ministerio de Salud del Perú, en la cual se ha considerado entre otros puntos, elaborar una propuesta que sirva de insumo para la formulación de la nueva política integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del sector salud, componente que está comprendido en la Carrera Sanitaria del Perú;