Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2012 (26/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, con el MORDAZA del Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores y el Centro de Educacion a Distancia para el Desarrollo Economico y Tecnologico (Fundacion CEDDET) se desarrollo el curso on line "Las Normas Internacionales de Informacion Financiera (NIIF/ NIC)" 5ta. Edicion; Que, del 30 de octubre al 01 de noviembre de 2012, tendra lugar en la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, la actividad presencial del Curso, on line sobre "Las Normas Internacionales de Informacion Financiera ­ NIIF/NIC"; Que, los objetivos de la fase presencial son reforzar los conocimientos y habilidades adquiridas en el curso online y favorecer el contacto personal e Institucional entre los profesionales latinoamericanos y sus homologos espanoles con el fin de promover la creacion de Redes de Expertos; Que, en dicho contexto, al haber superado satisfactoriamente el curso y por las calificaciones obtenidas, el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores ha seleccionado a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), para que participe en la Actividad Presencial del curso on line sobre "Las Normas Internacionales de Informacion Financiera NIIF/NIC", senalando que el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores en convenio con el Banco Central de Uruguay financiaran los gastos por concepto de alojamiento y manutencion; Que, de acuerdo a lo previsto en el literal c) del articulo 5 del Texto Unico Concordante de la Ley Organica de la SMV, aprobado con Decreto Ley N° 26126 y modificado por Ley N° 29782, son funciones del Directorio de dicha Institucion, dictar las normas para la elaboracion y MORDAZA de estados financieros individuales y consolidados y cualquier otra informacion complementaria, cuidando que reflejen razonablemente la situacion financiera, los resultados de las operaciones y los flujos de efectivo de las empresas y entidades comprendidas dentro del ambito de su supervision, de acuerdo con las normas internacionales de informacion financiera (NIIF), asi como controlar su cumplimiento; Que, en consecuencia, y a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, respecto de la supervision del cumplimiento de la normativa y la aplicacion de los requisitos de conformacion financiera por parte de los supervisados, resulta pertinente autorizar dicho viaje, cuyos gastos por concepto de alojamiento y manutencion seran sufragados por la entidad convocante y los que corresponden al transporte, seran asumidos con cargo al presupuesto de la SMV; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado, con cargo a recursos publicos, que el requerimiento de excepciones adicionales, a las senaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar, por excepcion, el viaje en comision de servicios de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista de la Superintendencia

Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, del 29 de octubre al 2 de noviembre de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion seran con cargo al Presupuesto de la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US $ 1 219,72

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la profesional autorizada en el articulo 1 de la presente resolucion, debera presentar ante el Titular de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Articulo 4.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la profesional cuyo viaje se autoriza. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 858886-9

INTERIOR
Autorizan viaje de personal del Ministerio a Suiza, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 168-2012-IN MORDAZA, 25 de octubre de 2012 VISTO, el Oficio Nº 845-2012-JUS/DGDH, de fecha 6 de setiembre de 2012, suscrito por Secretario Tecnico del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Secretario Tecnico del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicito, segun acuerdo de este organo multisectorial, la participacion de representantes del Ministerio del Interior en la delegacion del Peru que viajara a MORDAZA, Suiza, del 27 de octubre al 02 de noviembre de 2012, para la sustentacion del 6º Informe Periodico relativo a la Convencion contra la Tortura asi como del Informe Nacional relativo al Examen Periodico Universal ante las Naciones Unidas; Que, siendo el Peru Estado Parte de la Convencion contra la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes, desde MORDAZA de 1988, tiene la obligacion internacional de remitir periodicamente informes que den cuenta sobre las medidas que MORDAZA adoptado para hacer efectivas las disposiciones contenidas en la referida Convencion; Que, el 6º Informe Periodico del Estado peruano, elaborado conforme al articulo 19º de la Convencion contra

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