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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2012 477236 • Un representante del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú; y, • Un representante del Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 3º.- Funciones de la Comisión La Comisión tendrá las siguientes funciones: a) Formular lineamientos y estrategias para realizar acciones de prevención, gestión y resolución de confl ictos sociales vinculados a las funciones y/o competencias del Ministerio de Defensa. b) Implementar mecanismos para la prevención y resolución de confl ictos sociales; c) Plantear mecanismos de gestión de la información para la prevención y gestión de confl ictos sociales. d) Proponer espacios de diálogo con la participación de actores involucrados en los confl ictos sociales. e) Las demás que le sean encomendadas por el Ministro de Defensa. Artículo 4º.- De la Secretaría Técnica La Comisión contará con el apoyo técnico y administrativo de una Secretaría Técnica, adscrita a la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa. Artículo 5º.- Designación de representantes e instalación del Grupo de Trabajo Los integrantes de la Comisión serán designados mediante comunicación ofi cial dirigida al Ministro de Defensa en el plazo de cinco (05) días hábiles, a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. La Comisión deberá instalarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de publicada esta Resolución. Artículo 6º.- De la colaboración, asesoramiento y apoyo de profesionales La Comisión podrá convocar a profesionales especializados en la materia, así como a representantes de entidades públicas y privadas, cuya participación se estime conveniente para la consecución de sus fi nes. Todos los órganos del Ministerio de Defensa tienen la obligación de brindar la información que sea necesaria, además de prestar el apoyo que se les requiera. Artículo 7º.- Plazo presentación del Plan Dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días calendarios, desde su fecha de instalación, la Comisión que se constituye por esta Resolución, deberá presentar al Despacho Ministerial, para su aprobación, el Plan de Acción. Artículo 8º.- Del fi nanciamiento La implementación y funcionamiento de la Comisión que se crea mediante la presente Resolución, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa. Artículo 9º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 621-2012-DE/SG. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 858464-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL