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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2012 477245 Supranacional, para que participe, en representación del Estado Peruano, en las correspondientes Audiencias y Reuniones de Trabajo; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619, Ley que regula ia autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley N° 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor abogado Luis Alberto Huerta Guerrero, Procurador Público Especializado Supranacionai, del 29 de octubre al 04 de noviembre de 2012, a la ciudad de Washington, D.C, Estados Unidos de América, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,823.20 Viáticos x 7 días USS 1,540.00 ------------------- TOTAL: US$ 3,363.20 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la culminación del viaje, el funcionario citado en el articulo 1° de la presente Resolución deberá presentar ante la Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMENEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 858889-9 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban Plan Sectorial de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno de los Gobiernos Regionales y Locales 2012- 2015 del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL ʋ 293-2012-MIMP Lima, 24 octubre de 2012 Vista, la Nota Nº 014-2012-MIMP/OGMEPGD de la Ofi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada del MIMP; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, dispone que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado de carácter obligatorio, que tiene como objetivo lograr el desarrollo integral del país y, que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece en su artículo 5, literal c), que el proceso de modernización de la gestión del Estado se sustenta en la descentralización, a través del fortalecimiento de los Gobiernos Locales y Regionales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se defi nieron y establecieron las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional: dentro de las cuales se encuentra la Política Nacional Nº 1 “En materia de Descentralización”, cuyo numeral 1.3 establece capacitar sectorialmente a los Gobiernos Regionales y Locales, a fi n de generar y consolidar una conveniente capacidad de gestión; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2009- PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009” y otras disposiciones para el desarrollo del proceso de descentralización, el mismo que establece un nuevo enfoque del proceso de descentralización, orientado al desarrollo de la Gestión Descentralizada, como una estrategia para el fortalecimiento del ejercicio de las funciones transferidas y un paso progresivo de un enfoque sectorial a un enfoque territorial de servicio al ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-PCM, se aprobó el “Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno de los Gobiernos Regionales y Locales”; Que, el artículo 3 del precitado Decreto Supremo establece que las actividades orientadas al fortalecimiento de capacidades en los gobiernos regionales y locales, en el marco de la gestión pública descentralizada, deberán desarrollarse en el marco del citado Plan y sujetarse a los lineamientos que emita la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, sin perjuicio de la aplicación de los lineamientos generales emitidos por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y los entes rectores de los sistemas administrativos y funcionales, en cuanto corresponda; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 115- 2010-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2010”, el mismo que establece en el numeral 7.1 de su artículo 7, que los Ministerios que cuenten con Planes Sectoriales de Desarrollo de Capacidades para el ejercicio de las competencias y funciones transferidas pendientes de aprobación, se formalizarán mediante Resolución Ministerial, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM y conforme al procedimiento y plazos aprobados por la Secretaría de Descentralización; Que, en ese sentido, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 154-2011-PCM/ SD, se aprobó la Directiva Nº 001-2011-PCM/SD, “Directiva General para la Formulación, Aprobación, Implementación, Monitoreo y Evaluación de los Planes de Desarrollo de Capacidades”, la misma que tiene por objetivo establecer los lineamientos y procedimientos para la formulación, aprobación, implementación, monitoreo y evaluación de los planes de desarrollo de capacidades, regionales y locales previstos en la normativa legal vigente;