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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (28/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de octubre de 2012 477523 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Declaran de necesidad y utilidad pública la implementación de la Estrategia Sanitaria Regional de Atención Primaria en Salud “Médico de la Familia” ORDENANZA REGIONAL Nº 143-2012-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Extraordinaria celebrada a los 02 días del mes de octubre de 2012, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modifi catorias y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º de la Constitución Política del Perú, establece que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; y, en su artículo 11º dispone que el Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud (…); Que, el artículo VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, la Resolución Ministerial Nº 464-2011-MINSA, aprueba el Documento Técnico “Modelo de Atención Integral de Salud Basado en Familia y Comunidad” que tiene como finalidad mejorar el nivel de salud de la población del país y equidad en el acceso a la atención integral de salud; y establece que los Gobiernos Regionales ejercen la Autoridad Sanitaria Regional a través de su órgano especializado, formulan y conducen las políticas regionales de salud con enfoque territorial, financian el mantenimiento de los servicios públicos de salud y organizan la oferta de servicios de salud de su ámbito en coordinación con los Gobiernos Locales; Que, los literales f), g), l) y n) del artículo 49º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescriben que son funciones del Gobierno Regional: Organizar los niveles de atención y administración de las entidades de salud del Estado que brindan servicios en la región, en coordinación con los Gobiernos Locales; organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinación con los Gobiernos Locales; planifi car, fi nanciar y ejecutar los proyectos de infraestructura sanitaria y equipamiento, promoviendo el desarrollo tecnológico en salud en el ámbito regional; y, promover la formación, capacitación y el desarrollo de los recursos humanos y articular los servicios de salud en la docencia e investigación y proyección a la comunidad; Que, la Estrategia Sanitaria Regional de Atención Primaria en Salud “Médico de la Familia” tiene como fi nalidad contribuir a la mejora del estado situacional actual de la salud y mejorar la calidad de vida de la población de la Región Junín, orientando el desarrollo de intervenciones efectivas y articuladas en los diferentes niveles de gobierno, en salud, para que estos diseñen, implementen, evalúen las intervenciones efectivas articulando los recursos y responsabilidades de los diferentes sectores públicos y la sociedad civil. Contribuyendo de esta manera, a lograr la satisfacción de las necesidades en salud de la población; Que, con Informe Nº 3733-2012/GRDS/SGDSIO, la Gerente Regional de Desarrollo Social manifi esta que la Medicina Familiar es la especialidad clínica que se ocupa del mantenimiento y la resolución de los problemas de salud frecuentes en los individuos, familias o comunidades, independientemente de la edad, el sexo o el órgano o sistema afectado; la atención primaria en salud es competencia regional, recomendando elevar la propuesta de Declarar de Necesidad y Utilidad Púbica la implementación de la Estrategia Sanitaria Regional de Atención Primaria en Salud “Médico de la Familia” a la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica para la emisión de la Opinión Legal; con Informe Legal Nº 757-2012-GRJ/ORAJ, la Directora de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal facultativa recomendando que es procedente que se eleve al Consejo Regional para su aprobación por encontrarse dentro de la competencia del Gobierno Regional; y, a través del Ofi cio Nº 1018- 2012-GRJ/GGR, el Gerente General Regional eleva la propuesta de Ordenanza Regional, indicando que esta se encuentra de acorde con las disposiciones legales que regulan las competencias en relación al rol del Estado en materia de salud humana en los diversos sectores; Que, contando con el Dictamen Nº 002-2012-GRJ- CR/CPPPyAT favorable, de la Comisión Permanente de Salud y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA, LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA SANITARIA REGIONAL DE ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD “MÉDICO DE LA FAMILIA” Artículo Primero.- DECLÁRESE de Necesidad y Utilidad Pública la implementación de la Estrategia Sanitaria Regional de Atención Primaria en Salud “Médico de la Familia”, que se anexa y forma parte de la presente Norma Regional en ciento veinte y un (121) folios. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con el Ministerio de Salud, Dirección Regional de Salud y los Gobiernos Locales la implementación de la presente estrategia, en salvaguarda de la salud de la población de la Región Junín. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional Junín, a los 2 días del mes de octubre de 2012. SAÚL ARCOS GALVÁN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Presidencia del Gobierno Regional Junín a los 5 días del mes de octubre de 2012. VLADIMIR ROY CERRÓN ROJAS Presidente 859007-1