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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de octubre de 2012 477522 4.3. Límites internos, alertas y otras herramientas establecidas para controlar los riesgos identifi cados. 5. Aspectos operativos 5.1. Descripción de las responsabilidades de los funcionarios que participarán directamente en la negociación, registro, medición a valor razonable y control de riesgos y auditoría de los productos solicitados, precisando su ubicación dentro de la organización de la empresa y línea de reporte. 5.2. Capacitación relevante recibida por los funcionarios que participarán directamente en la contratación, registro, medición a valor razonable, control de riesgos y auditoría de los productos solicitados. 5.3. Circuito contable de los productos solicitados, especifi cando las cuentas analíticas involucradas conforme al Manual de Contabilidad, para su reconocimiento, medición periódica y liquidación. 5.4. Contratos marco y específi co, afi nes con los aprobados por la International Swaps and Derivatives Association y otras organizaciones internacionalmente reconocidas, en tanto no se opongan a normas locales.” Artículo Segundo.- Modifíquese el procedimiento N° 38 y su denominación por la siguiente “Autorización para operar con productos fi nancieros derivados con fi nes de negociación aplicable a empresas del sistema fi nanciero”, e incorpórese el procedimiento N° 156 “Autorización para operar con productos fi nancieros derivados con fi nes de cobertura aplicable a empresas del sistema fi nanciero” en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-2011, cuyos textos se anexan a la presente Resolución y se publica conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004- 2008-PCM, reglamento de la Ley N° 29091. (Portal institucional: www.sbs.gob.pe). Artículo Tercero.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 859095-1 Autorizan viaje de funcionario a Costa Rica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS Nº 8185-2012 Lima, 25 de octubre de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) y la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el Taller Gestión de Bancos en Problemas, el mismo que se llevará a cabo del 29 de octubre al 02 de noviembre de 2012, en la ciudad de San José, República de Costa Rica; CONSIDERANDO: Que, el citado taller está dirigido a supervisores bancarios, cuyo objetivo principal es conocer el marco normativo, institucional y de supervisión necesario para la resolución bancaria efi ciente, así como exponer las mejores prácticas referentes a este tema; Que, asimismo, en dicho evento se desarrollarán y revisarán temas relacionados sobre detección temprana de bancos en problemas, medidas correctivas, acciones de cumplimiento, opciones para la resolución bancaria, cierre de un banco, entre otros; Que, los temas a tratar en el mencionado taller serán de utilidad y aplicación para el desarrollo de actividades de supervisión y regulación, por lo que se ha considerado conveniente designar al señor Humberto Gelasio Romero Vásquez, Jefe de supervisión de Microfinanzas del Departamento de Supervisión Microfinanciera A, de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, para que participe en el indicado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-15, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, N° SBS-DIR-ADM-085-15, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Humberto Gelasio Romero Vásquez, Jefe de supervisión de Microfinanzas del Departamento de Supervisión Microfinanciera A, de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas de la SBS, del 28 de octubre al 03 de noviembre de 2012, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,318.91 Viáticos US$ 1,200.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 859096-1