Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2012 (28/10/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

477525

CHAVIMOCHIC, recomendo: Se autorice la ampliacion del plazo contractual de la primera etapa por un periodo de 30 meses computados desde la fecha en que habria culminado la primera etapa (30.4.2010); la empresa reportara trimestralmente el avance de ejecucion de la obra; para la formalizacion de la autorizacion, se suscribira la adenda respectiva con intervencion del Gobierno Regional; previa aprobacion del Consejo Regional. Que, a traves del oficio Nº 327-2011-GRLL-PRE/ GGR, de fecha 24 de marzo del 2011, se remitio a la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Informe Legal Nº 0022011-GRLL-GGR/GRAJ-KJVV, suscrito por la Gerente de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de La MORDAZA, referente a la ampliacion del plazo para ejecucion del Megaproyecto de Vivienda MORDAZA Chao II, opinando que corresponde al Consejo Regional la aprobacion de la ampliacion de plazo para la Ejecucion del Mega Proyecto de Viviendas MORDAZA chao II, conforme a lo recomendado por el Proyecto Especial Chavimochic, debido a que por causas atribuidas a la Municipalidad Distrital de Chao, se habria configurado la excepcion prevista en el literal c) de la Clausula 4.1.4. Del Contrato de Cesion de Posicion Contractual suscrito con la empresa PROMOTORA CHAO". Que, mediante Acuerdo Regional Nº 026-2011-GRLL/CR, de fecha 3 de MORDAZA del 2011. Se aprueba el INFORME Nº 001-2011-GR-LL/CR-CPPAT, y autoriza al Gerente del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con intervencion del senor Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, ingeniero MORDAZA MORDAZA Murgia Zannier, para la suscripcion del contrato de adenda de ampliacion de plazo para la ejecucion del Megaproyecto de Viviendas MORDAZA Chao II. Que, con Oficio Nº 1150-2012-GRLL-PRE/PECH01, de fecha 6 de MORDAZA del 2012, el Gerente General del PECH, informa que a la fecha no se ha suscrito la adenda aprobada mediante Acuerdo Regional Nº 0262011-GR-LL/CR, por oposicion expresa de Promotora Chao S.A., lo cual fue informado oportunamente a la Presidencia Regional mediante Oficios Nºs. 1581 y 1729-2011-GRLL-PRE/PECH-01, de fechas 26 de agosto y 23 de setiembre del ano 2011, respectivamente. Que, teniendo en consideracion que a la fecha no se ha suscrito la adenda aprobada mediante Acuerdo Regional Nº 026-2011-GR-LL/CR, de fecha 3 de MORDAZA del 2011, por oposicion expresa de Promotora Chao S.A., los Consejeros Regionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Hebert MORDAZA MORDAZA Urquiaga, solicitan ante el Pleno del Consejo Regional se apruebe a traves de Acuerdo Regional: 1.ORDENAR al Proyecto Especial CHAVIMOCHIC inicie las acciones legales para la reversion del terreno MORDAZA Chao II, a traves de la Procuraduria Publica Regional; 2.Lograda la reversion del terreno de MORDAZA Chao II a favor del Gobierno Regional de La MORDAZA ­ CHAVIMOCHIC, ceder el terreno a nombre de COFOPRI para de acuerdo a Ley Nº 27046, formalice los terrenos en posesion de manera gratuita. El Consejo Regional del Gobierno de La MORDAZA, en uso de sus atribuciones conferidas por los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y los Articulos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GR-LL/CR; demas normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional acordo: Articulo Primero: ORDENAR al Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, para que a traves de la Procuraduria Publica Regional inicie las acciones legales para la reversion del terreno de 88.34 Has. Que fue destinado para la ejecucion del Mega Proyecto MORDAZA Chao II, en cumplimiento de lo establecido en el clausula septima numeral 7.2. del contrato de compra venta de activos y compromiso de inversion suscrito entre el Gobierno Regional de La MORDAZA y la empresa Inmobilari S.A en el MORDAZA de la iniciativa privada del proyecto de inversion denominado Megaproyecto MORDAZA Chao II, aprobado

mediante Acuerdo Regional Nº 033-2007-GRLL/CR, de fecha 28 de setiembre del 2007. Articulo Segundo: PUBLICAR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, difundir a traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Publiquese, registrese, notifiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Consejo Regional La MORDAZA 859052-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Plan Maestro del Area de Conservacion Regional Ampiyacu Apayacu 2012-2016
(Se publica la presente Resolucion Directoral a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA mediante Oficio Nº 036-2012-GRL-ORA-OEL recibido el dia 26 de octubre de 2012) RESOLUCION DIRECTORAL Nº 015-2011-GGR/PROCREL-DE MORDAZA, 30 de diciembre de 2011 VISTO: El Acta de la Cuarta Sesion Extraordinaria del Consejo Directivo del Programa de Conservacion, Gestion y Uso Sostenible de la Diversidad Biologica de MORDAZA ­ PROCREL, de fecha 28 de diciembre de 2011, mediante el cual se expresa la conformidad al Plan Maestro del Area de Conservacion Regional Ampiyacu ­ Apayacu, documento de planificacion de mas alto nivel, el mismo que cuenta con la opinion tecnica favorable por parte del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, mediante Oficio Nº 511-2011SERNANP-DDE, de fecha 28 de diciembre de 2011, por lo que el Consejo Directivo del PROCREL, solicita a la Directora Ejecutiva, Blga. MORDAZA MORDAZA Wong, su aprobacion mediante Resolucion Directoral, de acuerdo a lo suscrito en el Acta; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia" en este sentido el articulo 66º senala: "Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nacion. El Estado es soberano en su aprovechamiento", concordante con el articulo 68º de la misma Carta Magna el cual prescribe: "El Estado esta obligado a promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas"; Que, el articulo primero de la Ley de Areas Naturales Protegidas ­ Ley Nº 26834, determina que las areas naturales protegidas, constituyen patrimonio de la Nacion. Su condicion natural debe ser mantenida a perpetuidad pudiendo permitirse el uso regulado del area y el aprovechamiento de recursos, o determinarse la restriccion de los usos directos; Que, las areas naturales protegidas, juegan un rol trascendental en toda estrategia que articule el desarrollo para la conservacion de la naturaleza, sin ellas el ansiado desarrollo sostenible no podria ser viable; y constituyen en su conjunto nuestro patrimonio natural que nos identifica

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.