Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2012 (06/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo 18º.- Denuncias por Infracciones Sin perjuicio de las acciones que de oficio pueda llevar a cabo el Gobierno Regional respectivo cualquier persona natural o juridica, podra denunciar presuntas infracciones ambientales ante la misma autoridad. Dicha denuncia debera estar debidamente sustentada. Una vez recibida la denuncia, el Gobierno Regional correspondiente procedera a resolverla de acuerdo a sus funciones y atribuciones. Articulo 19º.- Fiscalizacion posterior Los Gobiernos Regionales deberan implementar mecanismos de fiscalizacion posterior respecto al procedimiento de aprobacion del Instrumento de Gestion Ambiental Correctivo, con la finalidad de verificar de oficio, la autenticidad de las declaraciones, documentos e informacion proporcionada por el administrado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. En caso de comprobarse fraude o falsedad procede la declaracion de nulidad del acto administrativo y la imposicion de las multas correspondientes; sin perjuicio de la responsabilidad penal que se determine. Esta situacion determina que el sujeto adquiere la condicion de ilegal y, a su vez, es pasible de la aplicacion de las medidas de interdiccion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Registro de Consultores Los Gobiernos Regionales que no cuenten con el registro de consultores, deberan implementarlo en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario, contados a partir de la vigencia de la presente MORDAZA y de acuerdo al Formato del Anexo Nº 08 para lo cual debe usar los Formatos de los Anexos Nº 04, Nº 05, Nº 06 y Nº 07. En tanto se implemente el citado Registro podra utilizarse el registro de consultoras a cargo del Ministerio de Energia y Minas o del Ministerio del Ambiente. Segunda.- Normas complementarias El Ministerio del Ambiente aprobara con Resolucion Ministerial y en el MORDAZA de sus competencias, las normas complementarias necesarias para la mejor aplicacion del presente dispositivo. Tercera.- Programas de Adecuacion y Manejo Ambiental ­ PAMA en tramite Los PAMA en tramite a la fecha de entrada en vigencia del presente dispositivo continuan con su debido procedimiento en al MORDAZA legal vigente, salvo desistimiento del sujeto de formalizacion para acogerse a los alcances del presente dispositivo, para lo cual la autoridad competente no podra exigir pago de nuevas tasas administrativas. Cuarta.- Expedientes en tramite Los procedimientos de aprobacion de DIA o EIA-sd, en tramite a la fecha de entrada en vigencia del presente dispositivo, en los que se constate que alguna o todas las actividades planteadas como parte del proyecto se encuentran en MORDAZA de ejecucion o ya ejecutadas deben ser declarados improcedentes por el Gobierno Regional correspondiente, bajo responsabilidad. En estos casos los sujetos de formalizacion podran acogerse al presente dispositivo dentro del plazo de Ley, pudiendo usar en la elaboracion del IGAC la informacion generada en el MORDAZA de elaboracion de los DIA o EIA-sd, MORDAZA citadas. Quinta.- Capacitacion a los Gobierno Regionales El Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Energia y Minas desarrollaran un programa de asistencia tecnica regional para el fortalecimiento de capacidades en materia de instrumentos de gestion ambiental, con enfasis en el IGAC. ANEXO Nº 01 TERMINOS DE REFERENCIAS COMUNES DEL INSTRUMENTO DE GESTION AMBIENTAL CORRECTIVO - IGAC El IGAC elaborado asi como toda la documentacion e informacion adicional remitida por el sujeto de formalizacion o sujetos de formalizacion, tienen caracter de Declaracion Jurada y deben ser suscritos por los mismos y cuando aplique por el apoderado comun, como expresion de veracidad de la informacion contenida y de la autenticidad

de los documentos presentados; sin perjuicio de las acciones legales correspondientes, en caso se determine la falsedad de dichos documentos. I. Resumen Ejecutivo El Resumen Ejecutivo del IGAC es una sintesis del contenido de dicho instrumento. Su objetivo es permitir que el Gobierno Regional tenga una vision general del documento, en la cual se describa las condiciones ambientales actuales, las actividades realizadas, el MORDAZA de procesamiento utilizado, prestandole particular atencion a las medidas sugeridas para controlar y remediar los impactos ambientales negativos generados por la actividad en curso. II. Objetivo El IGAC tiene como objetivo eliminar, controlar y remediar progresivamente, en plazos definidos claramente, los impactos ambientales negativos que viene causando la actividad de pequena mineria y minera artesanal, aplicando prioritariamente actividades de prevencion, control, remediacion y compensacion ambiental. III. MORDAZA Legal Este capitulo debe incluir las normas legales actualizadas que deben ser consideradas y sustentan el IGAC. IV. Analisis de la actividad El sujeto de formalizacion debe proporcionar informacion respecto de la infraestructura, equipos y procesos con los que viene ejecutando sus actividades: Tales como: UBICACION - Ubicacion. - Mapa general de distribucion de las instalaciones y areas de trabajo. (Escala 1:5000). DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD - Descripcion de los procesos productivos, equipos, maquinarias y sus formas de uso. - Materias primas e insumos (tipos y cantidades incluyendo combustibles). - Requerimientos de energia. - Requerimientos de agua. - Productos generados (tipos y cantidades). - Emisiones de gases, olores y otros. - Vertido de aguas residuales. - Gestion de los Residuos generados. (incluyendo relaves, desmontes y tipos de residuos). - Derrames accidentales. - Otros que se consideren pertinentes. V. Descripcion del area de influencia de la actividad en curso Facilitar datos e informacion suficiente sobre el ambiente y la calidad ambiental, que permita el Gobierno Regional disponga de una vision MORDAZA sobre los componentes del entorno, de acuerdo al esquema siguiente: a) Descripcion del Medio Fisico · MORDAZA de suelo · Cobertura vegetal existente · Calidad de Agua y sedimentos, asi como su disponibilidad. · Presencia de sustancias contaminantes. · MORDAZA impactada Se debe adjuntar material fotografico del area impactada b) Descripcion del Medio Biologico c) Descripcion del Medio Socio ­ Economico y Cultural VI. Identificacion y Evaluacion de impactos en materia ambiental Descripcion de los impactos ambientales ocasionados por la actividad en el agua, suelo, MORDAZA y fauna, asi como

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